Regulación de los Servicios Públicos

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    Arbitraje de las decisiones del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) en el marco de la ejecución de los contratos de concesión que supervisa
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-01-22) Mego Silva, Julio César; Elías Naranjo, Silvana Patricia
    En el presente trabajo de investigación se busca analizar cuándo corresponde someter una controversia derivada de alguna decisión o actuación del OSITRAN durante la ejecución de los Contratos de Concesión que supervisa, a la vía arbitral o, en su defecto, a la vía judicial, mediante un proceso contencioso administrativo. Se busca identificar aquellos criterios que permitan realizar una adecuada determinación de las materias o controversias relacionadas con el quehacer del OSITRAN, actuales o potenciales, susceptibles de ser resueltas a través del arbitraje. Se plantea la hipótesis de que los conflictos o controversias que derivan de actuaciones o decisiones del OSITRAN durante la etapa de ejecución de los Contratos de Concesión únicamente pueden ser dilucidados en la vía arbitral si tales actuaciones o decisiones del organismo regulador tienen naturaleza contractual, no pudiendo ser sometidos a la competencia arbitral aquellos conflictos o controversias vinculados a decisiones adoptadas en el marco del ejercicio de facultades administrativas. Asimismo, en cuanto al supuesto referido a la autorización derivada de la ley, de los tratados o convenios internacionales para someter a la vía arbitral determinado conflicto o controversia, se sustentará que en estos casos será posible someter a arbitraje las decisiones del OSITRAN, independientemente de que la materia califique como de libre disponibilidad o no. Este tema es relevante por cuanto en la doctrina y jurisprudencia no se cuenta con un criterio uniforme sobre qué tipo de materias y controversias pueden resolverse en la vía arbitral, situación que tiene repercusiones prácticas en la realidad que ocasionan un grado de incertidumbre y desconfianza entre los inversionistas privados que se encuentran vinculados o que pretenden vincularse contractualmente con el Estado, por lo que el presente trabajo pretende brindar un aporte en ese sentido. Se aborda el estudio del tema propuesto desde varios ámbitos: el doctrinario, normativo, el contenido de las cláusulas arbitrales y la jurisprudencia arbitral. En ese sentido, se realiza una clasificación de dichas cláusulas arbitrales atendiendo a su contenido y un análisis crítico de criterios arbitrales adoptados por tribunales nacionales e internacionales (CIADI) sobre la materia. Se concluye que las controversias referidas a la aplicación de penalidades por parte del regulador pueden ser planteadas en la vía arbitral y que las controversias relacionadas con la interpretación de los Contratos de Concesión, la caducidad de la Concesión y aplicación de tarifas no pueden ser resueltas en dicha vía, sino que deben ser dilucidadas en la vía judicial.
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    Análisis de impacto regulatorio de la ley que garantiza la velocidad mínima de conexión a internet y monitoreo de la prestación del servicio de internet a favor de los usuarios, Ley N° 31207
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-01-19) Ávila Huamán, Jacqueline Mariela; Cisneros Zúñiga, César Alfredo; Pacheco Zevallos, Luis Alejandro
    En marzo 2021, se emitió la Ley Nº 31207 “Ley que garantiza la velocidad mínima de conexión a internet y monitoreo de la prestación del servicio de internet a favor de los usuarios”, mediante la cual se incrementó del 40% al 70% la velocidad mínima de internet a ser garantizada por las empresas proveedoras del servicio, a pesar de que durante el trámite de elaboración y emisión de la misma, el Congreso de la República obtuvo opiniones vertidas por distintas instituciones públicas y privadas que revelan que dicha medida regulatoria no resulta la más idónea, sobre todo, porque su Exposición de Motivos no revela las razones técnicas que lo respalden. En ese sentido, el presente trabajo de investigación se circunscribió a la realización de un Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante a la Ley n.o 31207, de acuerdo a la metodología vigente que fuera aprobada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a fin de identificar, sobre la base de los seis componentes definidos en la referida metodología, el problema público presentado en el contexto 2020-2021 en cuanto a la velocidad de navegación del servicio de acceso a internet (fijo y móvil), las posibles causas que lo originan, y la elección de la alternativa regulatoria que de manera idónea atienda al problema público identificado, la cual sea resultante del análisis de un abanico de alternativas. Del análisis realizado se evidenció que en el referido contexto se presentó un mayor uso de las TIC en distintos ámbitos, propiciado por los cambios en los hábitos de la ciudadanía a raíz del aislamiento social obligatorio dispuesto por el Estado, en el marco del estado de emergencia nacional. A su vez, las Encuestas de Satisfacción realizadas por el Osiptel en dicho periodo, revelan la insatisfacción de la ciudadanía en cuanto a la velocidad de navegación durante el uso de plataformas y videos streaming cuya demanda se va incrementando a través de los años. Entre las causas identificadas, se tienen: (i) brecha de infraestructura de telecomunicaciones, (ii) reducida penetración de la fibra óptica para el desarrollo de la banda ancha, (iii) barreras burocráticas por los Gobiernos Locales, (iv) necesidad de fortalecimiento de la capacidad fiscalizadora del Regulador, y (v) ausencia de evaluación ex post de las normas sectoriales. Del análisis de alternativas, se concluyó que los usuarios del servicio de acceso a internet podrán evidenciar una mejora en la prestación de servicio, manteniendo el porcentaje de velocidad mínima garantizada en un 40% tal como lo establecía el Reglamento de Calidad de los servicios públicos de telecomunicaciones aprobado por el Osiptel y que se encontraba vigente con anterioridad a la citada ley. No obstante, se recomienda que dicha medida regulatoria se encuentre acompañado de mecanismos adicionales, como es la publicación del indicador “Cumplimiento de Velocidad Mínima” obtenido el Regulador por cada empresa operadora que brinda el servicio, en aras de fomentar una competencia por calidad. Del mismo modo, se recomienda como otra medida la aplicación de compromisos de mejora en aras de incentivar la mejora de la calidad del servicio, y teniendo en cuenta los buenos resultados obtenidos de su aplicación sobre los indicadores aplicables al servicio de telefonía móvil Calidad de Voz (CV), Tiempo de Entrega de Mensajes de Texto (TEMT) y Calidad de Cobertura de Servicio (CCS) Adicionalmente a ello, se realizó un benchmarking internacional a fin de conocer las medidas adoptadas por veintidós (22) países que abarcan América Norte, América Central, América del Sur y Europa, de cuyo análisis se identificó que los países que registran velocidades de subida y de bajada significativamente superiores a la muestra de países analizados, han desarrollado políticas tendientes al despliegue de infraestructura de banda ancha, habiendo cubierto un porcentaje significativo de su territorio nacional, lo que consecuentemente, confirma que dichas políticas contribuyen y en gran medida a la mejora de la velocidad de internet. En ese sentido, se recomienda que la alternativa regulatoria, que se encuentra dentro se las funciones y competencias del Regulador, sea complementada con otras medidas interinstitucionales y multisectoriales debidamente articuladas que propicien entre otros aspectos, las inversiones en infraestructura de telecomunicaciones.