Derecho Penal

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    ¿Es correcto en el estelionato por venta de bienes ajenos y litigiosos, considerar al propietario del bien y a la contraparte en litigio como agraviados? Precisiones sobre la regulación del delito de estelionato en el Código Penal Peruano
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-02-01) Galván Rivera, Ander Yósip; Bramont-Arias Torres, Luis Alberto
    La presente tesis tiene como objetivo la investigación, el análisis y la búsqueda de una fórmula de solución a la problemática que se genera en nuestros tribunales al no existir una interpretación correcta del delito de estelionato, específicamente en lo que se refiere a la venta como propios de bienes ajenos y en su caso de libres los litigiosos, considerándose en muchas ocasiones como el único agraviado al propietario del bien o a la contraparte en litigio; procesando tanto al vendedor como al comprador del bien, tergiversando el tipo penal al ignorar el medio relevante para la defraudación, lo que en consecuencia implica sancionar por un delito con sujeto pasivo del delito más sin sujeto pasivo de la acción; desdoblamiento normativo que sí está presente en los delitos contra el patrimonio, que no tiene relevancia mayor cuando quien recibe la acción es el titular del patrimonio, pero que sí resulta relevante cuando el engañado resulta una persona distinta al titular. Entiendo que la doctrina nacional ha mantenido su vista en otros puntos de los delitos patrimoniales que ha considerado más relevantes, sin embargo, he encontrado algunos trabajos y posturas interesantes tanto a nivel nacional como extranjero con relación al tema que pretendo abordar, con las diferencias legislativas a tomar en cuenta en el último caso, lo que a mi criterio hace necesaria mi investigación con la humilde intención que pueda servir de partida hacia una discusión necesaria, y que pueda en su caso corregir, ser corregida., Siendo a mi criterio el aporte más importante de este trabajo, coadyuvar a una correcta interpretación y aplicación de un delito como el estelionato, así como a una correcta tutela de los bienes jurídicos.
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    El sicariato y los menores de edad
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-01-31) Yong Mendoza, Eduardo Alonso; Meini Méndez, Iván Fabio
    En los últimos años, el Perú y la mayoría de países de América Latina vienen siendo testigo de un incremento considerable de la delincuencia en la sociedad, la corrupción, el tráfico ilícito de drogas, el lavado de activos y los cupos en el ámbito de la construcción son los grandes factores que impulsan a las organizaciones criminales a la comisión de diversos ilícitos penales con la finalidad de no perder y seguir aumentando su presencia delictiva dentro del país. Uno de los mecanismos más utilizados por las organizaciones criminales para poder lograr sus objetivos es a través del Sicariato y la Extorsión, actos que muchas veces son perpetrados por menores de edad. Ante esta situación, el Congreso en varias oportunidades ha demostrado su interés por modificar el artículo 20° inciso 2 del Código Penal, en el extremo que se considera como inimputable a los menores de edad que hayan cometido un ilícito penal. La finalidad principal de la modificación, es lograr que los menores de edad sean procesados en el fuero común y se les imponga una pena más drástica por el daño generado. Esta situación nos obliga a tener que responder los siguientes cuestionamientos, ¿Es viable la propuesta realizada por el Congreso para modificar el rango de inimputabilidad señalada en el artículo 20° inciso 2° del Código Penal? ¿Es posible que los sicarios menores de edad (entre los 14 y 18 años) puedan ser procesados en el fuero común de los mayores de edad?
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    La legitimidad de la reincidencia como agravante genérica de la pena
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-08-10) Sánchez Torres, Alexander Germán; Alcócer Povis, Eduardo
    El presente trabajo busca discutir la naturaleza jurídica de la reincidencia, para demostrar que dicha agravante genérica no se aleja de un modelo acorde con los principios del Derecho Penal material y respeto de los derechos fundamentales propios de un Estado Social y Democrático de Derecho, como declara ser el Perú. Asimismo, resulta legítima la mayor sanción impuesta al sujeto reincidente, pero dentro de la pena abstracta, pues se desvalora la mayor culpabilidad, sin desconocer los principios de ne bis in ídem, culpabilidad y proporcionalidad.