Facultad de Derecho
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Item Informe jurídico sobre la Resolución N°9 del Expediente Judicial Electrónico N° 00410-2021- 0-1817-SP-CO-01(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-07) Rojas Rosales, Gerardo Jaime; Martínez Villacorta, Diego RenatoEl presente informe jurídico aborda un caso judicial donde se declaró fundado un recurso de anulación de laudo arbitral por supuestamente adolecer de vicios de motivación al no presentar una valoración del informe de un perito cuyo objeto era afirmar las deficiencias técnicas de un expediente técnico. Por lo cual, mediante el análisis de la doctrina, legislación y jurisprudencia se cuestiona la decisión judicial porque los jueces emitieron opinión sobre los criterios presentados por los árbitros para resolver el arbitraje, aún cuando ello está prohibido bajo la Ley que norma el arbitraje. Del mismo modo, el informe apoya la posición de que los supuestos de vicios de motivación aplicables a los laudos arbitrales serán la inexistencia de motivación y la falta de justificación interna. Por último, se presenta una opinión respecto a una cuestión de fondo del arbitraje: la invalidez de la resolución contractual de una parte y una supuesta vulneración a la cosa juzgada por el laudo arbitral.Item Informe Jurídico sobre la Sentencia 310/2023 del Tribunal Constitucional - Expediente N.º 03326-2017-PA/TC Apurímac - Comunidad Campesina De Asacasi(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-01) Sánchez Sánchez, Felicita Alita; Delgado Silva, Janinne BetzabethEn la sentencia 310/2023, el Tribunal Constitucional (en adelante “Tribunal”) había admitido la demanda por agravio constitucional, para lo cual fue presentada por medio de un recurso de amparo por parte la comunidad campesina de Asacasi bajo la representación de Hipólito Tarapaqui Cuñas contra el Instituto Geológico o, Minero y Metalúrgico; el Ministerio de Energía y Minas; y la Dirección Regional de Energía y Minas de Apurímac. Esto en razón a que el demandante indica que se habrían aprobado concesiones mineras sin haberse realizado, previamente la consulta previa. No obstante, el demandante alega que había agotado las vías judiciales previas ante el Juzgado Mixto de Cotabambas de la Corte Superior de Justicia de Apurímac (en adelante “Juzgado”) que declaró improcedente su demanda por extemporaneidad de plazo; y en la segunda instancia, frente a la Corte Superior de Justicia de Apurímac (en adelante “CSJ”) que terminó por declarar infundada la demanda. Aunque, para el Tribunal indicó que no se habría valorado el reconocimiento de la demandante como una comunidad campesina y nativa, a fin de que esta pudiera hacer valer una serie de derechos especiales que le constaban, en cumplimiento del artículo 89 de la Constitución Política del Perú de 1993 (en adelante “Constitución”); en particular del derecho de la consulta previa para este caso. De modo que la omisión del reconocimiento legal, le privó el derecho de voto, el cual a pesar de no ser vinculante si era un requisito indispensable, que tenía que cumplirse para la autorización de la concesión minera.Item La cosa juzgada y su inmutabilidad: problemas conceptuales y una aproximación al estudio de un sistema de estabilidades procesales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-09-23) Pareja Mujica, Christian Bayardo; Cavani Brain, Renzo IvoLa institución de la cosa juzgada desde sus estudios iniciales demuestra ser una institución muy compleja y amplia. Sin perjuicio de ello, partiendo de una mirada teórico-procesal sobre la cosa juzgada y su regulación y aplicación en el sistema peruano, este trabajo se orienta a cuestionar la característica de “inmutabilidad” de la cosa juzgada. Para ello, mostrando diversos mecanismos procesales que llevan a concluir la posibilidad de revisar una resolución con autoridad de cosa juzgada en el proceso judicial, se optará por defender que la “inmutabilidad” no es una propiedad el concepto de cosa juzgada, y sí más bien el de “alto grado de estabilidad”. Acto seguido, identificaremos la dimensiones estática y dinámica de la seguridad jurídica, buscando mostrar que la teoría de la cosa juzgada como inmutabilidad se muestra más coherente con la primera de ellas, pero ya no con la segunda. Así, a partir de la comprensión de la seguridad jurídica desde la dimensión dinámica, se concluye que la estabilidad proporcionada por la cosa juzgada quedaría relativizada y, en ese sentido, se analiza críticamente la teoría de Antonio do Passo Cabral, quien propone una renuncia a la inmutabilidad de la cosa juzgada y opta por postular un sistema de estabilidades que, obedeciendo a determinadas circunstancias y necesidades establecidas en la ley, demostraría la posibilidad de cuestionar una decisión con cosa juzgada en virtud de una continuidad jurídica dinámica y flexible.Item Informe jurídico sobre la resolución N°19 – EXP. 1768-2017(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-02) Cabana Aguilar, Paul Steven; Campos García, Héctor AugustoEl presente trabajo tiene por finalidad realizar el estudio de la “Resolución 19 – Exp. 1768-2017”, expedido por la Sala Civil de Cusco, respecto a una pretensión de reivindicación. El presente informe está divido en dos capítulos: el primero de ellos, referido al estudio de la motivación empleada en la sentencia materia de estudio; el segundo capítulo, referido al estudio de la prueba de oficio y su tratamiento en el ordenamiento nacional. Finalmente, habiendo culminado el estudio de ambos capítulos, se concluye que, en la sentencia sometida a estudio, no existió una adecuada motivación incurriendo en una motivación aparente y una falta de motivación interna. Asimismo, se estudiará la figura de la prueba de oficio y como dicha institución procesal debió aplicarse en la precitada sentencia.