Regulación de los Servicios Públicos

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    Las subastas de contratos como mecanismo para la garantía de suministro: el caso peruano
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-06-07) Olivares Ramos, Josias Luis; García Carpio, Raúl Lizardo
    En este trabajo de tesis se realiza una evaluación del desempeño del mecanismo de Licitaciones de Largo Plazo realizadas en el marco de la Ley 28832 “Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica” que permite identificar aspectos que podrían estar afectando la competencia por los contratos de largo plazo. Estos contratos se encuentran próximos a su vencimiento por lo que es necesario revaluar el diseño de las licitaciones de largo plazo en un contexto en el que el 60% de la energía producida en el Perú proviene de centrales hidroeléctricas y en el que las tecnologías que utilizan Energías Renovables No Convencionales (ERNC), como la solar fotovoltaica y eólica, deberían estar en condiciones de competir con las centrales convencionales sin barreras que limiten su ingreso al parque generador. Se han revisado las experiencias internacionales de Brasil y Chile, países en los cuales ha habido un fuerte ingreso de tecnologías ERNC con precios competitivos. En Chile a diferencia de Brasil estas tecnologías compiten sin ningún tipo de ayudas o subsidios. En mercados con un parque generador compuesto predominantemente por centrales hidroeléctricas, solar fotovoltaicas y eólicas, el pago por capacidad debería estar orientados a asegurar el suministro de energía firme en periodos de baja afluencia de agua y poca disponibilidad de irradiación solar fotovoltaica y viento mientras que la remuneración de potencia firme solo correspondería a aquellas centrales que contribuyen a cubrir la máxima demanda del sistema eléctrico, tales como las centrales térmicas que utilizan gas natural. En ese contexto y estando próximo el vencimiento de los Contratos de Suministro de las Licitaciones de Largo Plazo, se recomienda hacer ajustes en el mecanismo de licitaciones de modo que: • Los desajustes de la demanda sean cubiertos con las Licitaciones de Corto Plazo contempladas en la Ley 28832 en lugar de la suscripción de contratos bilaterales con tope en el Precio en Barra, esto permitirá incorporar las señales de escasez o abundancia del Mercado de Corto Plazo en las tarifas que pagan los usuarios regulados. • Se realicen ajustes en las licitaciones de largo plazo que promuevan el ingreso de centrales de generación que utilizan ERNC, como la solar fotovoltaica y eólica. Esta recomendación se realiza sobre la base de la experiencia registrada en Brasil y Chile en cuyas últimas licitaciones se ha tenido una participación importante de estas tecnologías con precios competitivos aun cuando su ingreso debe complementarse con una mayor cantidad de reservas operativas y servicios auxiliares y complementarios adicionales. Estos ajustes incluyen la responsabilidad del Regulador en la conducción e implementación de las licitaciones, la migración a un mecanismo de contratación de energía con potencia asociada por bloques horarios, la incorporación de las restricciones de las líneas de transmisión y la evaluación de la incidencia de la aplicación de las fórmulas de indexación en la adjudicación de las ofertas.