Derecho Bancario y Financiero
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Item Promoción del mercado de valores : las ofertas híbridas como alternativa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013-09-03) Meneses Camargo, Carlos Enrique; Miranda Vargas, AlonsoLa presente investigación desarrolla un tema de actualidad muy relevante para la promoción de nuestro mercado de valores especialmente para el mercado primario de instrumentos representativos de deuda, las Ofertas Híbridas o Profesionales. La promoción, desarrollo e implementación de estas Ofertas Híbridas facilitaría el incremento de las emisiones de instrumentos de deuda y el ingreso de nuevos emisores; lo cual podría ampliar las alternativas de inversión actualmente disponibles para los inversionistas. La conceptualización de Ofertas Híbridas es una terminología introducida por el Banco Mundial, a partir del estudio de experiencias exitosas en países con economías emergentes y también en países desarrollados que en sus regulaciones diseñaron ofertas flexibles en cuanto a la carga regulatoria para la inscripción de los valores, el rol del regulador, las obligaciones informativas periódicas, restricciones a la negociación de los valores, los destinatarios de la oferta, entre otros aspectos; a partir de la combinación de características de las ofertas públicas y de las ofertas privadas de valores. La justificación de la presente investigación se centra en que a pesar del crecimiento económico obtenido por nuestro país durante los últimos veinte años, nuestro mercado de valores es aún pequeño en comparación a otros países latinoamericanos como el chileno y el colombiano. Ello debido a una serie de factores como los altos costos de acceso para que una empresa pueda financiarse, por los trámites y plazos muy prolongados en el tiempo para la aprobación de las inscripciones, empresas con tamaños pequeños para los estándares que el mercado de valores requiere y que no cuentan con políticas de buen gobierno corporativo e información financiera elaborada de acuerdo a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), desconocimiento de los beneficios del mercado de valores y poca cultura financiera, entre otros temas que desincentivan el ingreso al mercado de valores. En consideración a ello, el desarrollo y posible implementación en nuestra regulación de esquemas como las Ofertas Híbridas podría constituir una alternativa diferente al régimen general de ofertas públicas primarias y a los regímenes especiales, como el regulado mediante el Reglamento de Oferta Pública Primaria dirigido exclusivamente a Inversionistas Acreditados – ROPPIA, el cual a diferencia de dichos regímenes promoverá el ingreso de nuevas empresas al mercado de valores y de ampliar las opciones de financiamiento a los emisores, constituyéndose en una fuente alternativa al sistema bancario.Item Perfeccionamiento del rol activo del fondo de pensiones mediante la elección de directores independientes en las empresas invertidas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013-11-20) Zevallos Cabanillas, Carmela; Masías Quiroga, LorenaLa contribución de las Administradoras de Fondos Pensiones en el Buen Gobierno Corporativo de las empresas en las cuales invierten es un tema desarrollado de manera diferente por los países latinoamericanos y Europeos. En algunos países no existe regulación previsional que haga referencia a este tema en particular, sin embargo, la tendencia a nivel mundial es a mejorar las Prácticas de Buen Gobierno Corporativo en las empresas invertidas en vista a la importancia y valor agregado que puede generar no solo a los accionistas mayoritarios, administradores y demás grupos de intereses que giran en torno a la empresa invertida sino además a los propios afiliados, quienes por intermedio de las AFPs son los beneficiarios indirectos del éxito de la empresa. Chile, es uno de los países que presenta un completo desarrollo sobre las responsabilidades de las administradoras en las empresas donde se invierte los fondos, en tanto que se ha regulado la concurrencia a Junta de Accionistas de las empresas, estableciéndose el deber de pronunciarse en cada una de las materias tratadas. En Republica Dominicana se ha establecido que las AFPs deben definir políticas para votación en elección de Directores de sociedades, para de esta manera evitar conflicto de interés. Asimismo se ha señalado en su normativa interna que las AFP deben concurrir a las Asambleas de Accionistas y emitir su voto, salvo que presente una inversión inferior al 3% del emisor. En Colombia si bien no se ha establecido en la ley, en la práctica las AFPs tienen la obligación de velar porque los emisores que reciban inversión de los fondos de pensiones obligatorios cuenten con estándares de gobierno corporativo que cumplan con las políticas internas de las AFP.Item Proceso de disolución y liquidación de las empresas del sistema financiero : regulación y problemática(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014-03-31) Marroquín Martensen, Hugo Herbert; Guzmán Galindo, Julio CésarEsta investigación tiene como principal propósito, analizar las características del esquema tradicional de liquidación bancaria (liquidación lisa y llana) adoptada por nuestra normativa legal y aplicada en los procesos liquidatorios de las empresas supervisadas del sistema financiero, teniendo como consecuencia procesos liquidatorios actuales cuyo promedio bordean los 15 años, con evidente perjuicio de los acreedores y en especial de los ex ahorristas. En este sentido, es imprescindible señalar que las crisis bancarias siempre han representado un costo económico, financiero y social bastante alto para los países que la han experimentado, y que el Perú le ha tocado vivir en la década de los 90’s e inicios de los 2000, y que en la actualidad los Estados Unidos y gran parte de los países de Europa sufren sus consecuencias, repercutiendo estas a nivel mundial. Si bien actualmente el Perú goza de una estabilidad económica, con la moneda del Nuevo Sol fortalecida frente a la divisa norteamericana, y con una proyección de crecimiento para los próximos años de alrededor del 6%, no somos un país que vive aislado del contexto económico adverso que atraviesa Europa y los Estados Unidos, y en donde el riesgo de desaceleración en nuestra economía siempre está latente, por tal motivo no debemos dejar de lado nuestra normativa bancaria en lo concerniente a las entidades del sistema financiero que atraviesen problemas financieros, legales y demás, sino también en los procesos liquidatorios de las mismas, y muy por el contrario con la experiencia adquirida, podemos modernizar nuestra normativa, adoptando mecanismos que nuestra propia ley contempla como la cesión de cartera.Item Tarjetas de crédito adicionales para menores de edad incapaces relativos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-05-16) Ricketts Vargas, Derek John; Gutierrez Molina, IsabelLa presente tesis consiste en describir y analizar, desde el punto de vista jurídico, a la tarjeta de crédito adicional para menores de edad incapaces relativos, determinando su naturaleza jurídica, siendo que para ello se la diferenciará de otras instituciones jurídicas del Derecho Civil, para seguidamente determinar si es que tanto desde la perspectiva del Derecho Civil como desde la perspectiva del Derecho Bancario en el Perú es factible su otorgamiento. Asimismo, se analizarán cuáles serían las principales aristas de la implementación operativa de este producto, evaluando el impacto de permitir o no cada uno de los tipos de consumo que podrían efectuar los menores de edad con este tipo de herramienta, así como evaluar la regulación prudencial y la regulación de conducta que sería aplicable a este tipo de producto. Finalmente, se determinará a través de la entrevista a algunos actores del sistema financiero nacional si es que ellos permiten el otorgamiento de este tipo de producto y de no ser el caso, cuáles serían los requerimientos para que puedan implementar el mismo.Item El rol del regulador bancario en materia de protección al consumidor(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-05-16) Machuca Vílchez, Jorge Antonio; Meza Carbajal, Luis AlbertoEl presente trabajo realiza una amplia reflexión con relación al rol del regulador bancario en materia de protección al consumidor. Actualmente la función de regulador bancario es ejercida por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Por su parte, el esquema de protección al consumidor de los usuarios en situación de asimetría informativa al interior del Sistema Financiero es asumido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Sin embargo, conforme se evidencia en el presente trabajo, diversos aspectos de protección al consumidor de productos y servicios financieros se encuentran en la órbita del regulador bancario, siendo que existen oportunidades de mejora para definir adecuadamente un esquema que permita abordar de modo ordenado y coherente las iniciativas que deben existir en materia de productos y servicios financieros. El trabajo normativo desarrollado por el regulador bancario es abundante, y ciertamente innovador a nivel regional, siendo preciso indicar que el presente trabajo repasa algunas de las diversas iniciativas regulatorias adoptadas. Por otro lado, nuestro país también ha desarrollado diversas iniciativas para generar mayores niveles de inclusión financiera: se aspira a que la población pueda acceder a herramientas de crédito y alternativas de ahorro que les permitan tomar decisiones planificadas. Para ello resulta fundamental que la población perciba que existe un control que proteja al consumidor bancario.Item Promoviendo el desarrollo del mercado inmobiliario a través del uso del fideicomiso(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-05-23) Velásquez Palma, Gissella Ruth; Meneses Camargo, Carlos EnriqueNuestra investigación tiene por finalidad demostrar que el uso de los Fideicomisos Inmobiliarios1 promueve el desarrollo de un mercado inmobiliario de viviendas que proporciona mecanismos que aseguran el éxito del desarrollo y culminación de proyectos inmobiliarios2 ofrecidos en el mercado peruano, lo cual redundará en beneficio de las personas que adquieran las viviendas que se construyan como parte de la ejecución de este tipo de proyectos, sus acreedores hipotecarios y los acreedores de la Empresa Inmobiliaria3; para nuestro estudio tomamos como base: (i) los estudios, notas periodísticas y estadísticas sobre el estado actual del mercado inmobiliario de viviendas en el país; (ii) el estudio teórico y práctico de los Fideicomisos Inmobiliarios, estructurados bajo la Ley del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios; (iii) las normas peruanas aplicables; (iv) la doctrina; y, (v) la opinión de los expertos. Señalaremos cuáles son las ventajas económicas y jurídicas del uso del fideicomiso en la estructuración del financiamiento de las Empresas Inmobiliarias y en el otorgamiento de créditos hipotecarios a los adquirentes de las viviendas; para lo cual tendremos en cuenta la experiencia actual en el Perú sobre el uso del fideicomiso en el desarrollo de estos proyectos inmobiliarios y la experiencia del uso del fideicomiso en Colombia. La investigación se justifica en la medida que el mercado inmobiliario de viviendas en el país representa una parte importante de la economía peruana que continúa en crecimiento, lo cual se acreditará con la información estadística y estudios sobre el mercado inmobiliario y sus proyecciones existentes; no obstante, se observa que en nuestro país no se cuenta con un mecanismo definido por la legislación vigente que promueva y proporcione seguridad respecto del adecuado desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios de tal manera que se presentan supuestos de: (i) desvío de recursos que deberían ser destinados al proyecto inmobiliario; (ii) falta de culminación de la construcción; (iii) falta de entrega y/o estafas en perjuicio de los adquirentes de las viviendas; entre otros problemas que se detallarán en el primer capítulo de la presente investigación, lo cual impide un adecuado desarrollo del mercado inmobiliario, conllevando al perjuicio del desarrollo económico del país, del otorgamiento de créditos para la construcción y adquisición de viviendas por parte de la instituciones financieras, y de los adquirentes de las viviendas. Con la finalidad de sustentar nuestra hipótesis, desarrollaremos nuestra investigación en tres capítulos. En el primer capítulo describiremos la situación actual del mercado inmobiliario peruano para lo cual, como hemos señalado en párrafos anteriores, nos basaremos en los estudios y estadísticas que los expertos han elaborado sobre el tema con la finalidad de mostrar la evolución de este mercado y su proyección de crecimiento. Asimismo, en este capítulo se mencionarán los principales problemas que se presentan en el mercado inmobiliario sobre la base de las notas periodísticas y la información obtenida de las denuncias y reclamos presentados ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi.Item El sistema de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) como promotor de la bancarización y la inclusión financiera en el Perú : un estudio retrospectivo de 1980 a 2014(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-02-15) Alonso Álvarez, Miguel; Pineda Galarza, John RichardConforme se detalla en el Examen Diagnóstico de Protección al Consumidor y Alfabetización Financiera en el Perú, elaborado por el Banco Mundial en el año 2013, el 20.5% de los peruanos adultos indicó, en una encuesta realizada para la base de datos “Global Findex”, que tiene una cuenta de ahorro en una institución financiera. Asimismo, un 8.6% de los encuestados ahorró en una institución financiera el año anterior, mientras que un 12.7% de la muestra admitió haber recibido un préstamo otorgado por una empresa del sistema financiero el año anterior. A pesar de lo desolador que, “prima facie” puede parecer este panorama, máxime si comparamos el caso peruano con otros países latinoamericanos, el mismo informe detalla que, en la primera década del siglo XXI, el sector financiero peruano ha experimentado un crecimiento sostenido, ello gracias a la estable situación financiera y macroeconómica que se evidenció en dicha década. También asevera el referido informe que los peruanos recurren frecuentemente al mercado formal de créditos bancarios. No obstante, en lo que se refiere al consumo de productos pasivos, la población peruana sigue manteniéndose rezagada con respecto al promedio latinoamericano de titularidad de cuentas bancarias y ahorro.Item Ni para atrás ni para adelante: cuando la regulación desconoce los derechos de los consumidores en los contratos de capitalización inmobiliaria(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-03-09) Flores Rivera, Mario Paul Alejandro; Pineda Galarza, John RichardEl año 2015 ha sido un periodo lleno de cambios económicos que han motivado una serie de acciones de parte del Poder Ejecutivo para superar esta situación. Acciones realizadas en uso de facultades delegadas por el Poder Legislativo y que se han materializado en una serie de dispositivos legales. Dentro de estos dispositivos, tenemos el D.L. N° 1177 y N° 1196 que establecen mecanismos de acceso a la vivienda bajo las figuras del arrendamiento, el arrendamiento con opción de compra, el arrendamiento financiero y el contrato de capitalización inmobiliaria. Este último objeto de análisis en el presente trabajo vista la novedosa regulación y operatividad que se pretende implementar en el mercado nacional.Item Arrendamiento financiero y la responsabilidad extracontractual de los bancos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-03-09) Chaparro Quispe, Elizabeth Sarita; Guzmán Galindo, Julio CésarDurante las últimas décadas, en nuestro país, la actividad económica se ha ido incrementando haciendo que las empresas busquen y opten por nuevas alternativas de financiamiento para poder operar, esto requiere entre otros muchos aspectos el disponer de bienes muebles, entendiendo que la carencia de estos, paralizaría el desarrollo de muchas empresas, es así que surge la necesidad de contratar mediante una no tan conocida forma de financiamiento denominada Arrendamiento Financiero o Leasing, como una atractiva alternativa frente al crédito tradicional, donde una persona o cliente contrata con una entidad financiera para que le ceda en uso el bien requerido (previamente adquirido según indicaciones del arrendatario), para que la empresa arrendataria pueda hacer uso y beneficiarse del mismo.Item "Exégesis del mercado alternativo de valores peruano desde su creación; frente al modelo creado en Argentina"(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-06-28) Canal Paricahua, Jackelyne; Pineda Galarza, John RichardEl 29 de junio de 2012, mediante Resolución SMV N° 025-2012-SMV/01, se aprobó el Reglamento del Mercado Alternativo de Valores, como opción de financiamiento que ofrecen los mecanismos de negociación centralizada. Este régimen especial denominado “MAV”, se encuentra dirigido a empresas cuyos ingresos anuales promedio por venta de bienes o prestación de servicios en los últimos tres años, no excedan de trescientos cincuenta millones de soles o su equivalente en dólares americanos. El objeto de investigación del presente trabajo es analizar al MAV desde su creación, basado en una metodología exegética. Para lo cual, se revisarán las variables estructurales que componen este segmento; así como, sus factores económicos a efectos de comprobar si responde a la necesidad del mercado actual; es decir, a su objeto de creación. Cabe señalar, que la finalidad del primer análisis será obtener los resultados que serán objeto del estudio comparativo respecto al sistema Argentino, donde existe una figura semejante al MAV, la cual ha tenido éxito y es la razón por la cual denotaremos que elementos o factores necesita el MAV para cumplir su finalidad de creación.Item "La regulación de la libertad de elección en contratos accesorios de mutuo hipotecario entre el consumidor bancario y la notaría generan ineficiencia al mercado"(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-09-20) Acevedo Rojas de Chávez, Elba Sissi; Tabra Ochoa, Edison PaulEl principal objetivo de esta investigación ha sido demostrar que la libertad de Elección notarial para celebrar un contrato accesorio de Constitución de garantía hipotecaria luego de haberse realizado un contrato principal de mutuo hipotecario con una entidad bancaria o financiera en nuestro país, es eficiente y se sustenta teniendo como base el Análisis económico del Derecho. Se demostró que existen limitaciones a la libertad de contratación notarial por parte de las entidades bancarias, dicha restricción se manifiesta al momento que el consumidor bancario quiere elegir una notaría de su preferencia cuando decide celebrar el contrato accesorio. Dicha restricción que la entidad bancaria realiza al consumidor da como resultado la reducción de diversos costos de transacción como: gastos administrativos para el banco, tiempo de búsqueda para el consumidor, menores costos de arancel Notarial, menores costo del crédito, menores costos de traslado del banco a la notaría, reducción del stress y otros. Partiendo de un análisis comparativo con España, se evidencia que la libertad de elección notarial se encuentra regulado por el estado con el fin de que todo consumidor bancario luego de haber realizado un contrato de mutuo hipotecario con la entidad bancaria, no vea restringido su derecho de elección notarial, ya que como afirman los Colegios de Notarios españoles, las entidades bancarias presentan enormes incentivos para que los consumidores no ejerzan sus derecho de libertad de elección notarial. Además, debido a que el arancel notarial se encuentra regulado, es más difícil que las entidades bancarias puedan vulnerar dicho derecho, sin embargo, al consumidor bancario aún le cuesta reconocer la calidad del servicio notarial. Los resultados de nuestra investigación demostraron que pese a que existe limitaciones a la libertad de contratación en la elección de servicios notariales por parte de la entidad bancaria o financiera, existe un mayor beneficio no solo económico sino además, de reducción de costos de transacción para el consumidor bancario y la sociedad en general. Por lo que, si se buscara regular la libertad de elección notarial para realizar contratos accesorios derivados de contratos de mutuo hipotecario con una entidad bancaria en nuestro país, los únicos beneficiados serían las notarías, que eso explicaría por qué buscan regular algo que hasta el momento resulta siendo eficiente.Item Leasing habitacional: una nueva alternativa para adquirir la casa propia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-01-31) Pérez-Albela García, Mavy Romina; Saavedra Velazco, Renzo EstebanEste trabajo nace con la idea de implementar un nuevo producto en el mercado financiero peruano que permita el acceso al financiamiento para la adquisición de vivienda. El producto propuesto es el llamado Leasing habitacional que será la competencia directa para el conocido crédito hipotecario que ofrecen los bancos. Actualmente, las entidades financieras que ofrecen el crédito hipotecario limitan su público objetivo toda vez que las condiciones para el acceso no son accesibles a todos. La cuota inicial alta y las elevadas cuotas mensuales hacen que determinado sector de la población no pueda insertarse al mercado financiero, centrando al crédito hipotecario como la única opción de financiamiento para adquirir una vivienda. El Leasing habitacional va a satisfacer la demanda de un sector de la población que no puede acceder al crédito hipotecario ya que las características de este nuevo producto son de un arrendamiento con requisitos y cuotas accesibles para el sector no atendido. Este producto también será ventajoso para las entidades financieras toda vez que ofrecerán un nuevo producto el cual permitirá que un sector no atendido pueda insertarse al mundo financiero, generando así mayor penetración en el mercado.Item ¿Cómo regular? una aproximación al crowdlending, desde la perspectiva del regulador, como mecanismo adicional de acceso al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-05-22) Gutierrez Vega, Miluska Jazmín; Vodanovic Ronquillo, LjubicaLas micro, pequeñas y medianas empresas son un tipo de organizaciones especiales, con una naturaleza que es capaz de cuestionar cualquier modelo regulatorio que se proponga establecer para ellas. Atendiendo a dicha naturaleza, uno de los mayores inconvenientes que enfrentan de forma permanente en el desarrollo de sus actividades es el acceso a fuentes de financiamiento, dado que (atendiendo a sus características particulares) las alternativas de financiamiento con las que cuentan son limitadas y a las que pueden acceder son, usualmente, más costosas. En ese escenario, la primera pregunta que podría formularse el lector es ¿por qué centrarnos en micro, pequeñas y medianas empresas? Un solo número es capaz de dar respuesta a la pregunta: 99% (de acuerdo a los datos proporcionados por Morisaki (2016)). Es el porcentaje que representan las micro y pequeñas de las empresas formales en el país y evidentemente tienen un impacto relevante en la economía local. El crowdlending es un mecanismo por el que, a través del uso de la tecnología, distintas personas pueden participar en diversas actividades financieras, en este caso, en el otorgamiento o recepción de préstamos. Dados sus beneficios y características, el crowdlending se propone como una alternativa adicional de financiamiento para las micro, pequeñas y medianas, siendo necesaria su regulación para proteger un bien jurídico específico y alcanzar un objetivo específico; controlar determinados riesgos propios de la actividad; así como para que el crowdlending se convierta en una fuente real de acceso al financiamiento para las micro, pequeñas y empresas locales. ¿Cómo regular? ¿Cómo regular sin que ello implique un desincentivo para la creación y participación de estas plataformas electrónicas? ¿Cómo regular pensando en las micro, pequeñas y medianas empresas? ¿Cómo regular considerando un sistema financiero como el nuestro y respetando los principios regulatorios que lo guían? Esos son los grandes cuestionamientos que deben ser atendidos por los reguladores involucrados para proponer un esquema regulatorio que no se convierta en el obstáculo de una actividad económica que se está desarrollando y que, de incentivarla adecuadamente, puede implicar una interesante fuente de financiamiento para las empresas que activan de forma constante la economía del país. Justamente, la importancia de otorgar alternativas adicionales a las micro, pequeñas y medianas radica en el hecho de que representando un flujo importante de dinero para la economía peruana son las que más inconvenientes tienen para acceder a financiamientos que pueden contribuir a su desarrollo.Item ¿En qué medida se han implementado los principios del Comité de Basilea en el directorio de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito? Una propuesta de lineamientos para el fortalecimiento del gobierno corporativo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-05-24) Goshima Zamami, Sergio David; Vega Franco, InésLas Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) presentan una serie de particularidades que las diferencian del resto de empresas que conforman el sistema financiero peruano como, por ejemplo, la composición de su directorio, el cual está conformado, según su Ley especial, por representantes de la Municipalidad (único accionistas en la mayoría de las CMAC) y de la sociedad civil, como el clero, la cámara de comercio, COFIDE y la asociación de pequeños comerciantes y productores. En tal sentido, debido a estas particularidades y naturaleza jurídica, la hipótesis es que la regulación peruana no incorpora de manera adecuada, para el caso de las CMAC, los Principios de gobierno corporativo emitidos por el Comité de Basilea. Así, el objetivo consiste en determinar si el marco regulatorio peruano aplicado a las CMAC incorpora adecuadamente dichos principios, en particular, en lo que respecta a la composición y modo de designación de los miembros de su directorio. Para realizar el análisis, se consideró la metodología establecida por el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial en su Programa de evaluación del Sector Financiero (FSAP, por sus siglas en inglés), empleado para evaluar el grado de adherencia de un país con relación a los Principios de Supervisión Bancaria establecidos por el Comité de Basilea. Como resultado del análisis, se identificó que 71% de los criterios evaluados se consideraron “cumplido”; es decir, que son recogidos por la regulación peruana de forma íntegra, mientras que un 19% fueron considerados como “parcialmente cumplidos” y 2% como “no cumplidos”. En consecuencia, sobre la base de dichos resultados, se establece un conjunto de lineamientos generales para que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) pueda incorporarlos en la normativa aplicable o utilizarlos como directrices en la interpretación del marco legal y regulatorio vigente a las CMAC, con la finalidad de que contribuyan a fortalecer el gobierno corporativo de las CMAC.Item ¿Cómo educar al consumidor financiero y no morir en el intento?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-12-04) Peñaloza Vassallo, Katia Silvana; Debenedetti Luján, Bruno EdoardoEn el Perú, la protección al consumidor financiero ha sido enfocada desde dos ejes: la emisión de normas sectoriales y el establecimiento de mecanismos de solución de conflictos (alternativos o vía formulación de denuncias particulares). Con la aprobación del Plan Nacional de Protección de los Consumidores 2017-2020, se introduce un tercer eje que busca complementar la regulación y consiste en brindar educación a los consumidores. Para que un programa de educación financiera pueda ser exitoso, se requiere delimitar claramente su contenido, así como la metodología de enseñanza. Por ello, el presente trabajo de investigación analiza las denuncias formuladas por consumidores financieros en el periodo de enero a noviembre de 2017 con la finalidad de determinar la información que el consumidor financiero necesita en relación a una tarjeta de crédito, producto financiero que anualmente genera la mayor cantidad de reclamos y denuncias ante el Indecopi. En base a dicho estudio de casos, propone la creación de un programa educativo, cuyo objetivo es que el consumidor financiero pueda identificar los riesgos vinculados a dicho producto derivados de su uso ordinario y cómo mitigarlos. El programa educativo se compone de cinco temas puntuales y utiliza una metodología interactiva que incentiva el uso del programa educativo vinculándolo con el programa de fidelización del cliente establecido por cada entidad financiera.Item Inversión en American Depositary Receipts (ADRs), y la protección a los inversionistas después de Morrison(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-01-21) Delgado Yana, Ruth Milagros; Rocca Carbajal, Lilian Del CarmenEn los últimos años las emisiones de ADRs por parte de compañías localizadas fuera de EE.UU han tenido un incremento importante, a inicios de la década 2000 existían aproximadamente 1500 programas de ADRs negociando en EE.UU., en un informe, de JP Morgan, actualizado a septiembre del 2017 existen 3629 programas de ADRs de 89 diferentes países. Este crecimiento se explica también por el incremento en la demanda por parte de los inversionistas quienes ven a estos instrumentos como una oportunidad para diversificar sus portafolios de inversión. A diferencia de otros trabajos, este trabajo está enfocado desde el punto de vista del inversionista quien debe entender claramente que es un ADR, un instrumento que no es una acción y el impacto importante que ha significado la decisión de la Corte Suprema Americana en el caso de Morrison (2010) con la aplicación del test transaccional y la aplicación extraterritorial de las leyes de EE.UU. a diferencia del test de conducta efecto aplicado tradicionalmente para la toma de decisiones en casos de controversias de posibles fraudes por parte de los emisores del instrumento, y el impacto que Morrison ha tenido en la protección legal que pueden tener los inversionistas en ADRs .Item Calidad de la información en el régimen de revelación de hechos de importancia: un acercamiento al comportamiento de los emisores durante los periodos 2014, 2015 y 2016(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-01-29) Loja Torres, Erika Ivannia; Sarmiento Aguirre, Lorena YolandaEl presente artículo de investigación realiza un acercamiento al comportamiento de los emisores en el régimen de revelación de hechos de importancia durante los períodos 2014, 2015 y 2016. Es así que, se analiza cómo los emisores vienen reportando hechos de importancia al mercado de valores peruano y si estos reportes cumplen con la obligación de dar a conocer al mercado de valores peruano información de calidad, visto desde la oportunidad con la cual se comunican estos hechos de importancia, esto es, la omisión del cumplimiento de la obligación. El planteamiento que se propone es si: “Los principales emisores que cotizan sus valores en la Bolsa de Valores de Lima durante los períodos 2014, 2015 y 2016, presentaron una tendencia a comunicar al mercado de valores peruano, hechos de importancia de mala calidad”. Para ello, a fin de responder a nuestra interrogante realizamos la selección de una muestra compuesta por 12 de las principales empresas que cotizan sus valores en la Bolsa de Valores de Lima, mediante las cuales obtuvimos resultados respecto al nivel de reporte de información al mercado y del mismo modo concluimos que los factores determinantes del incumplimiento en el reporte de información, no se encuentra únicamente asociado a la gravedad de las sanciones pecuniarias impuestas, puesto que la sanción reputacional muchas veces resulta más efectiva, lo cual va de la mano con la probabilidad de imponer una sanción y que la misma se haga efectiva, son estos elementos que debemos considerar, los cuales dependerán de cada regulación.Item Una alternativa a la supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar con recursos del público(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-02-15) Chávez Rodríguez, Sergio; Vilela Espinoza, Farah GiovannaEn el Perú, las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar fondos del público (en adelante, las COOPAC) cumplen, entre otros, un rol social y de inclusión financiera; brindando acceso al crédito a sus asociados, quienes en la mayoría de casos son personas que tienen un limitado acceso al sistema financiero. Ante ese escenario, a la fecha, la regulación que rige a estas cooperativas dispone que su supervisión esté a cargo de la Superintendencia, pero contempla la posibilidad que, en determinados supuestos, dicha supervisión sea delegada en colaboradores técnicos, dentro de los cuales se podrá considerar a la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito (en adelante la FENACREP). Cabe resaltar, que si bien no será materia de estudio en el presente documento, se advierte que dispone que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante la Superintendencia o la SBS), supervise de manera exclusiva a las Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar depósitos del público (asociados y no asociados). A la fecha, no existe ninguna COOPAC que se encuentre en este supuesto de supervisión. Con ello, la situación actual de las COOPAC es incierta: la supervisión delegada en un colaborador técnico presenta aspectos que resultan discutibles desde el punto de vista de la finalidad que se persigue: una supervisión eficiente. Ante este panorama, el 18.07.18 se promulgó la Ley N° 30822, que modifica la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y otras normas concordantes, respecto de la regulación y supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito (en adelante, la Ley); la cual entrará en vigencia el 01 de enero de 2019, con excepción de los artículos 7 y 8 y la Tercera, Cuarta y Sétima Disposiciones Complementarias Finales. Dicha Ley plantea una reestructuración en la supervisión de las COOPAC, dado que, anteriormente, ésta era voluntaria, se llevaba a cabo por la FENACREP y no incluía un registro que permita identificar las COOPAC existentes. Considerando el cambio introducido por la Ley y considerando la participación actual de las COOPAC en el mercado financiero peruano, corresponde evaluar la viabilidad de la supervisión planteada. Finalmente, luego de evaluar el esquema de supervisión a ser implementado, se planteará una propuesta que permita complementar el control efectivo de las COOPAC; para lo cual resulta necesario evaluar la manera más eficiente de supervisarlas, proteger el interés de sus asociados y mantenerlas como entidades competentes dentro del mercado microfinanciero peruano.Item Los fideicomisos de titulización privada como mecanismo para el fraude a los acreedores(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-05-22) Cruces Larco, Claudio César; Gutiérrez Ochoa, Omar DaríoLa titulización de activos es un mecanismo de financiamiento fuera de balance a través de la transformación de activos ilíquidos (o poco líquidos) en activos muy líquidos, el cual constituye una alternativa a las fuentes de financiamiento más tradicionales. Sin embargo, la excesiva protección otorgada por la regulación de mercado de valores vigente, ha permitido que dicha figura sea utilizada a encubrir ciertos negocios y blindar determinados bienes, originando situaciones de fraude en perjuicio de terceros. El presente documento busca: (i) brindar una breve presentación respecto de la aparición y esencia de la figura de la titulización de activos, (ii) exponer las diversas acepciones teóricas de la titulización de activos, así como el concepto recogido por la normativa vigente, (iii) explicar los aspectos distintivos presentes en los proceso de titulización de activos, (iv) explicar el régimen vigente de protección a los inversionistas de los valores emitidos en virtud de los procesos de titulización de activos, así como el razonamiento y justificación detrás de dicha protección, (v) evidenciar cómo el artículo 298° de la Ley de Mercado de Valores otorga una protección excesiva a los inversionistas en titulizaciones privadas, en comparación con la protección al adquirente de buena fe regulada en la normativa civil (vi) demostrar a través de la presentación de determinadas estructuras que, en la práctica, el fideicomiso de titulización privada, al amparo del artículo 298° de la Ley de Mercado de Valores, viene siendo utilizado para dotar de protección a determinados activos, desnaturalizando la figura de la titulización y evitando que terceros adecuadamente legitimados (acreedores del Originador) puedan ejercer sus derechos en contra de tales activos, y (vii) presentar algunas modificaciones normativas esenciales y determinados lineamientos que deberán ser implementados con la finalidad que otorgue una protección suficiente y adecuada a los inversionistas en titulizaciones privadas, sin ocasionar perjuicio a los acreedores de los Originadores.Item La inaplicación del principio de predictibilidad en los procedimientos administrativos por parte del Indecopi ante los riesgos que enfrentan las entidades bancarias(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-08-06) Pantigozo Villafuerte, Liliana; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoEl presente trabajo de investigación surge ante el análisis de resoluciones en materia de protección, en temas bancarios, emitidas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. El problema se origina en las instancias administrativas que no mantienen criterios uniformes, evidenciando una falta de aplicación del principio de predictibilidad que debe regir en todos los procedimientos administrativos sancionadores. La rigurosidad que demanda un adecuado desarrollo del mercado en el sector bancario, requiere de entidades de intermediación financiera con criterios no sujetos a variaciones, debido a que las modificaciones imprevistas por parte de la Autoridad Administrativa inciden directamente sobre la forma de ejercer sus relaciones contractuales con los clientes. El resultado de la revisión de algunos casos resueltos durante el transcurso de años, demuestra que no se viene aplicado el principio de predictibilidad y esto induce a incrementar los riesgos que enfrentan diariamente las entidades bancarias, repercutiendo negativamente en las relaciones de consumo de un sector sensible para la economía como el bancario. De las resoluciones materia de análisis se puede constatar la urgencia de una elaboración de Lineamientos más profundos y específicos en áreas del sistema de protección al consumidor en temas bancarios que vayan de la mano con los productos, actualmente caracterizados por su innovación.
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