Derecho Bancario y Financiero
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Item La recepción del principio del Fresh Start y el discharge para fundamentar un régimen de rehabilitación del consumidor sobreendeudado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-26) Nina Cuentas, José Raymundo; Izu Kanashiro, Jimmy JulioLa presente investigación atiende a una situación actual de los usuarios financieros en nuestro país ante tres fenómenos que hemos venido conociendo como la masificación del crédito, la carencia de un régimen concursal para personas naturales (no comerciantes), y el impacto económico de crisis generales como la pandemia por COVID-19, que en dicho orden temporal han ido agravando la condición de vulnerabilidad o desventaja de la persona que recurre al crédito para consumos, ante situaciones que le impidan cumplir dichas obligaciones; y lo hagan enfrentar acciones de cobranza infructuosas, que producen consecuencias perjudiciales para todos los interesados (acreedores, deudores, y sociedad). Lo que ha sido superado en economías más desarrolladas como la de los EEUU o los países de la Unión Europea, que aún en su diversidad de tradiciones jurídicas han consolidado sus propios sistemas o regímenes para tutelar de manera preventiva, concurrente y resolutiva a la persona sobreendeudada. Siendo ahora el “derecho al alivio de la deuda” (Fresh Start) un derecho novedoso, reconocido, incluso, en países cercanos de América Latina. Por dicho motivo recurrimos al método comparado para conocer el surgimiento del Fresh Start en el capitalismo estadounidense, a través de planes de pago, y de la exoneración del pasivo insoluto (discharge), tras una liquidación en la que se limita la responsabilidad patrimonial del deudor (considerando su situación familiar). Asimismo, para apreciar la aparición histórica de los temores al abuso de este derecho, a la discrecionalidad de las autoridades, y al posible fraude de los deudores, entre otras reacciones, que explican la imposibilidad de su “trasplante jurídico”, y que cada país lo adapte de acuerdo a su idiosincrasia. Ante el problema de la falta de una regulación en nuestro país del derecho a la rehabilitación financiera, concluimos que se debe reconocer progresivamente el mismo en nuestro mercado de crédito.Item Las garantías preferidas en el sistema financiero y su rol como mitigante del riesgo de crédito(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-01-17) Jara Viera, Neils Alexander; Pineda Galarza, John RichardEl presente trabajo analiza la figura regulatoria de la garantía preferida y su rol como mitigante del riesgo de crédito en el sistema financiero peruano; asimismo, se estudia la relación que dicha garantía tiene con la capacidad de pago y los perjuicios que genera su uso en uno de los elementos principales de la intermediación financiera; es decir, en la evaluación crediticia. Al respecto, mediante la evaluación crediticia, el acreedor determina si el potencial deudor tendrá los recursos necesarios para cumplir con sus obligaciones financieras, en función a lo cual, decidirá si concede el préstamo al cliente evaluado. En ese sentido, la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, establece, como principio general, que el criterio básico de la evaluación crediticia es la capacidad de pago; es decir, el análisis de los flujos generados por el deudor y sus antecedentes crediticios, entre otros elementos, motivo por el cual asigna a las garantías un rol subsidiario. Sin embargo, existe una construcción regulatoria denominada garantía preferida que, a partir de sus características y los beneficios que la regulación le otorga al acreedor que las recibe, viene siendo empleada como un sustituto de la capacidad de pago; pues, como veremos más adelante, tiene cualidades que, en teoría, la pueden convertir en un efectivo mitigador del riesgo de crédito (simulando los efectos de una adecuada capacidad de pago), situación que afecta el principio general recogido en la Ley N° 26702, vinculado al rol subsidiario que debe tener la garantía en la evaluación crediticia. De este modo, el propósito de este trabajo consiste en evaluar los potenciales perjuicios generados por la utilización de las garantías preferidas como criterio principal de la evaluación crediticia, derivados de su poco desarrollo normativo y los riesgos intrínsecos de la gestión de garantías; así como identificar y proponer los cambios regulatorios necesarios para que la garantía preferida cumpla su rol como un mitigante efectivo del riesgo de crédito, determinando, a su vez, los efectos, positivos y negativos, que ello puede tener con respecto al uso de la capacidad de pago como elemento principal de la evaluación crediticia.Item Limitaciones a la ejecución del rol de la banca de desarrollo peruana debido a su relación con el marco normativo de la actividad empresarial del Estado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-11-29) Hurtado Arce, Zuley Geraldine; Vega Franco, InésEste trabajo de investigación analiza la experiencia peruana relacionada con las instituciones financieras estatales en Perú, que realizan funciones de banca de desarrollo y que según su naturaleza jurídica de creación se encuentran bajo este ecosistema. Al respecto se argumenta que actualmente sus funciones de banca de desarrollo se encuentran limitadas y como consecuencia de ello han perdido protagonismo como instrumentos de generación de desarrollo, reactivación económica y articulación entre el Estado y los agentes privados con la finalidad de ejecutar de manera armónica las políticas públicas del país en beneficio de su desarrollo. Esto, tiene su origen en las reformas estructurales implementadas en los años noventa, las cuales fueron realizadas de manera desorganizada sin considerar aspectos importantes en los marcos normativos institucionales de estas instituciones referidos a la regulación del sistema financiero y su relación con la AEE generando deficiencias en el diseño normativo que dificultan la ejecución de su rol. En ese sentido, se plantea que, los BPD que conforman el ecosistema peruano de la banca de desarrollo persiguen objetivos que carecen de integración, lo que en algunos casos resulta en una duplicidad de esfuerzos, falta de aprovechamiento de sinergias potenciales, y principalmente en la limitación de la ejecución efectiva de su rol como banco de desarrollo debido a la deficiencia en su diseño normativo por diversos factores como la desorganización de su marco normativo institucional, falta de definición e interrelación del marco legal aplicable a la AEE su regulación en el sistema financiero entre otros.Item Aplicación del Soft Law en la implementación del Sistema de Gestión de Compliance de una entidad bancaria(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-31) Rodríguez Luján, Alejandra Arlet; Rivera Salazar, Carlos AlbertoEn nuestro contexto regulatorio si bien el término compliance es relativamente reciente, algunas normas vigentes lo han incorporado implícitamente; debido a que, las tendencias legislativas del sector financiero internacional se orientan a implementar estándares internacionales de buenas prácticas en el desarrollo de la actividad financiera. No obstante, la implementación de un Sistema de Gestión de Compliance (SGC) efectivo en el sector financiero no solo debe incorporar la normativa vigente; sino que, también deben aplicarse normas de soft law como ISO 31 000 Gestión de Riesgos, ISO 37 001 Sistemas de Gestión Antisoborno e ISO 37301 Sistemas de Gestión del Compliance, debido a que el sistema financiero peruano actualmente trasciende los límites fronterizos. La relevancia de la propuesta radica en que el implementar un SGC en una entidad del sistema financiero peruano contribuye a incrementar su valor, al mismo tiempo que busca mitigar el impacto económico y reputacional que producen los riesgos de incumplimiento, tales como pérdidas financieras derivadas de fraudes internos, incremento de egresos producto de la imposición de sanciones, pérdidas económicas por la disminución del valor de cotización e incluso una salida forzada del mercado. Por lo antes expuesto, el presente trabajo contrastó los componentes que la vigente regulación y las normas de soft law proponen para implementar SGC, y los aplicó a un caso concreto de análisis: la crisis financiera del banco Credit Suisse. Finalmente, se formuló una propuesta de componentes mínimos necesarios para implementar un SGC efectivo en una entidad bancaria del sistema financiero en el Perú.Item El patrimonio fideicometido y la persecutoriedad laboral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-29) Uribe Mendoza, Diego Alberto; Puente Palomino, Silvana LucíaEl presente trabajo de investigación tiene como objeto analizar los problemas que se han venido generando en los últimos años respecto a las medidas ejecutivas de embargo sobre bienes y/o derechos que se encuentran bajo el dominio fiduciario. Por medio del análisis de conceptos y argumentos que han venido utilizando los jueces al momento de resolver estos requerimientos, se espera que sea posible demostrar que no es posible aplicar la persecutoriedad laboral sobre un patrimonio fideicometido cuyo objeto es garantizar una obligación, conforme a lo señalado en el artículo 274° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante, la “Ley de Bancos”)1, siempre y cuando hayan cumplido con todo lo requerido por la mencionada norma.Item La responsabilidad de las entidades financieras ante la comisión de delitos informáticos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-06) Flores Jiménez, Carlos Arturo; Elías Puelles, Ricardo NicanorLa presente investigación referente a la responsabilidad de las entidades financieras ante la comisión de delitos informáticos se justifica en primer lugar, ante el contexto en que nuestro país se ha visto desde hace años recientes, adecuándose al avance de la digitalización en muchos ámbitos, entre ellos en materia financiera. Estos cambios, acelerados por la Pandemia, implicó situaciones y consecuencias jurídicamente imprevistas y no reguladas, en especial las de naturaleza antijuridica, como lo son los delitos informáticos. Dichas falencias son advertidas e identificadas, planteándose respuestas en base al análisis del plano conceptual de la teoría del delito, al derecho nacional y comparado, así como el análisis de las figuras penales pertinentes y conexas, los actuales protocolos y metodologías que las entidades financieras puedan aplicar para la prevención de delitos informáticos. Así como definir el rol de las entidades financieras y su responsabilidad en un contexto de delito informáticos, y el impacto de estos en el ámbito financiero, nos permitirá contar con un marco normativo más consolidado. Estas respuestas por supuesto, sustentadas tanto desde el punto de vista jurídico, así como de otros factores empíricamente constatables sobre esta problemática. Por ello, teniéndose en cuenta los recientes acontecimientos sucedidos en especial en este año, los cuales son mencionados en este trabajo, y la constante evolución de estos delitos y sus modalidades aplicados al ámbito financiero, se pone en evidencia la relevancia y total vigencia sobre este tema.Item Obligatoriedad de los bancos en activar la investigación interna reactiva defensiva(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-09) Falcón Garay, José Antonio; Elías Puelles, Ricardo NicanorEl inglés Thomas Hobbes en el Leviatán (1651), decía que los hombres para vivir entre sí, de manera educada, pacífica, y ordenada, necesitan que exista un poder Estatal que obligue a respetarlas, y John Locke en su obra la Carta sobre la Tolerancia (1689) alegaba que el poder Estatal debería intervenir cuando hay conflictos. El Estado gracias al poder conferido por la sociedad, entregó cuotas de poder a entes jurídicos para que se autorregulen, así como puede dar también tiene la facultad de quitar, cuando exista lo que llamaba John Locke conflicto o situación incierta que no permita que una sociedad pueda regularse de manera debida. En ese sentido, se advierte en el presente trabajo de investigación, que la SBS, habría facultado a los Bancos autorregularse de acuerdo a su riesgo y necesidad para la adopción e implementación de las investigaciones internas en su seno de su organización; sin embargo, se apreciaría que se estaría llevando a cabo de forma ineficaz las investigaciones internas (caso Banco de la Nación), por lo que de acuerdo a la problemática advertida, nos permite concluir que así como el Estado, entregó parte de su cuota de poder a empresas bancarias para que puedan autorregularse en temas de Investigación Interna, es necesario quitar ese facultad autorregulatorias para poner las reglas del juego claras y definidas para el sector bancario, por lo que se requiere la implementación de procedimientos taxativos de cómo debe llevarse a cabo una investigación interna de naturaleza penal.Item Obligatoriedad de la aplicación de principios de buen gobierno corporativo en empresas que cotizan en bolsa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-10-31) Mercado Ortega, Jessica Sofia; Gutiérrez Ochoa, Omar DaríoLa investigación desarrollada en el presente trabajo tiene como finalidad determinar cuál de los principios de buen gobierno corporativo señalados en el “Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas”, aprobado en el 2013, pueden ser considerados de manera obligatoria. Para ello, esta investigación compara la regulación de buen gobierno corporativo de otros países de la región como México, Colombia y Chile. Asimismo, compara la regulación española, al ser España, uno de los principales inversionistas en el Perú y los lineamientos que corresponden a la Bolsa de Valores Nasdaq en Estados Unidos. A raíz de este trabajo, se propone la modificación de la Ley de Mercado de Valores en el Perú, buscando que las empresas que cotizan en bolsa en el Perú, designen de manera obligatoria directores independientes en la sociedad e implementen un comité de auditoría. La designación de directores independientes permitirá a la sociedad atraer a más inversionistas, respetando los derechos de los accionistas minoritarios y consiguiendo mejores condiciones respecto al financiamiento que necesitan. Por su parte, la implementación de un comité de auditoría permitirá velar con el principio de transparencia en el mercado de valores.Item El Título de Crédito Hipotecario Negociable como instrumento de deuda y su incidencia en el Mercado de Valores(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-20) Huerta Flores, Carolina Alexandra; Gutiérrez Ochoa, Omar DaríoEl acceso al crédito es en definitiva uno de los más grandes obstáculos que podrían enfrentar las MIPYMES o emprendedores en general cuando quieren acceder a un financiamiento para crecer o iniciar un negocio. En ese contexto, aparece el Título de Crédito Hipotecario Negociable, también llamado “TCHN”, como una alternativa adicional de financiamiento en el Mercado de Valores. Este instrumento de deuda tiene aproximadamente más de 25 años en el mercado y nace como una innovación peruana; sin embargo, se han identificado algunas trabas y/o fallas, a las cuales se pretende dar solución en el presente trabajo de investigación, pero siempre enfocándose en una metodología de aplicación de Análisis de Impacto Regulatorio, ya que servirá para identificar las trabas o fallas en torno al instrumento, así como para también poder evaluar las posibles consecuencias que se podrían generar por las soluciones planteadas. En ese sentido, se propone que, solucionando las trabas o fallas identificadas, el TCHN podría competir sin ningún problema con otros instrumentos, y así iniciar un mayor dinamismo de financiamiento para las MIPYMES, pero en el Mercado de Valores.Item Eliminando fricciones en inclusión financiera: digitalizando las autorizaciones de pago(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-01) Casimiro Canales, Tania Mirella; Moreno Sánchez, María Del Rosario SoledadExiste consenso acerca de los grandes beneficios que genera la inclusión financiera en un país, como reducción de la pobreza, mejora en la calidad de vida social y económica de los ciudadanos. El Perú no es ajeno a ello y ha incluido esto como un fin perseguido a través de políticas de Estado. Sin embargo, hasta fines del 2020, en el Perú solo 4.9 de cada 10 ciudadanos contaba con una cuenta bancaria (INEI, 2021). A su vez, vivimos una era en la que la tecnología ha revolucionado la forma de vivir del ser humano, puesto que las herramientas digitales han impactado en la provisión de productos y servicios a los ciudadanos. Un caso especial es el de los servicios financieros, donde la tecnología ha permitido que estos puedan ser brindados a través de plataformas digitales, como banca web y apps, permitiendo llegar a lugares que se encontraban excluidos financieramente. Sin embargo, un servicio en el que la tecnología aún no ha sido implementado en nuestro país es la forma en que se autorizan los consumos realizados con tarjetas de crédito de manera presencial, ya que sigue realizándose a través de vouchers con firma manuscrita, a pesar de que existen medios totalmente electrónicos de hacerlo. En el presente trabajo de investigación analizamos a qué se debe tal fenómeno en el Perú, para lo cual analizamos principalmente la regulación vigente emitida por la SBS y la jurisprudencia existente creada por Indecopi a fin de determinar la fuente de tal restricción. Solo luego de conocer tal fuente, será posible realizar propuestas de mejora, a efectos de dejar de usar vouchers físicos firmados y reemplazarlos por autorizaciones de pago realizadas electrónicamente, que permitan aprovechar la tecnología para lograr un mayor nivel de seguridad, eficiencia y simplicidad, contribuyendo a la inclusión financiera.