Derecho Tributario
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Item Análisis del tratamiento tributario - IGV en las empresas no domiciliadas proveedoras de servicios de aplicativos móviles de taxi que son utilizados por consumidores finales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-17) Bustamante Miranda, Lorena; Villanueva Gutiérrez, WalkerEste estudio de investigación tiene como objetivo analizar la viabilidad de gravar con IGV los servicios de intermediación prestados por empresas no domiciliadas mediante plataformas digitales de taxi a consumidores finales en el territorio peruano. La expansión de la globalización y los avances tecnológicos han impulsado el surgimiento de la economía colaborativa. Este fenómeno plantea desafíos significativos en el ámbito tributario, particularmente en lo relacionado con los servicios ofrecidos por plataformas de taxi. Empresas extranjeras prestas servicios digitales en el Perú, compitiendo con proveedores locales, sin pagar IGV. Estas compañías participan en diversas actividades, ya sea como intermediarios o proveedores directos del servicio. La OCDE y el G-20, en la Acción 1 de BEPS, proponen mecanismos para la recaudación del IVA en los servicios digitales, buscando establecer un marco internacionalmente aceptado para la aplicación del IVA en estas transacciones. Siguiendo esta orientación, varios países de la región y del mundo han o vienen implementado impuestos específicos sobre los servicios digitales. La falta de regulación en este sector afecta los principios tributarios fundamentales de igualdad y neutralidad del IGV. Además, la no imposición de gravámenes a estos servicios representa una pérdida importante de ingresos fiscales, recursos que podrían destinarse a financiar servicios públicos esenciales y programas sociales. Frente a esta problemática y basándonos en un análisis teórico y práctico, se propone la modificación de la Ley del IGV para incluir los servicios de intermediación digital dentro de su ámbito de aplicación. Esta medida busca abordar los vacíos regulatorios existentes y asegurar que estas transacciones sean adecuadamente gravadas, contribuyendo así a mantener la equidad y neutralidad del sistema tributario, además de generar ingresos para el Estado.Item Consecuencias de la modificación del Impuesto a la Renta anual que sirvió de base de cálculo de los pagos a cuenta(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-08-02) Arrunátegui Burgos, Angela Gannine; Villanueva Gutiérrez, WalkerEl trabajo de investigación parte de la existencia de dos interpretaciones totalmente opuestas respecto de la aplicación de intereses moratorios y sanciones ante la posterior modificación del Impuesto a la Renta que sirvió como base de cálculo para determinar los pagos a cuenta. A partir de la aplicación del método de interpretación sistemática de las normas que regulan la obligación de abonar los pagos a cuenta y de los intereses moratorios respecto de tales anticipos, así como de las normas referidas a las declaraciones tributarias original y rectificatoria, se concluye que contrariamente a lo establecido por la Corte Suprema, sí procede el cobro de intereses moratorios y de sanciones ante la posterior variación del impuesto anual que fue utilizado para determinar dichos pagos a cuenta. Así, se establece una crítica a la interpretación efectuada por la Corte Suprema, planteándose una interpretación acorde a lo previsto por la normatividad tributaria aplicable, y apoyando la postura adoptada por el Tribunal Fiscal. Asimismo, el trabajo de investigación pone en evidencia la inseguridad jurídica generada en los contribuyentes ante esta doble interpretación, y, además, la posible afectación en la recaudación del Estado como consecuencia de lo que se resuelva de forma definitiva en los procesos judiciales iniciados en los que se invoca la aplicación de la interpretación efectuada por la Corte Suprema.