Derecho Civil
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Item El impacto de la transformación digital en el principio de inmediación de la función notarial en los contratos inmobiliarios en el ordenamiento peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-02) Trauco Llanos, Elizabeth Jackeline; Mendoza Del Maestro, GilbertoLa función de un notario es el eslabón fundamental principalmente en aquellos países en donde se desarrolla el notariado latino ya que su figura representa seguridad jurídica, confianza de los inversionistas y satisfacción de los ciudadanos. En ese sentido, en el presente trabajo de investigación, el objetivo general está enfocado en demostrar que el uso de las tecnologías de la información y comunicación es una acción clave que aporta significativamente a la función notarial, y que permitirá en el ámbito inmobiliario que los contratos se puedan dar con mayor seguridad jurídica y respetando los principios propios de la función. El notario ha sido testigo de hechos históricos, que le han obligado a tener cierta vitalidad a lo largo del tiempo, y actualmente el desarrollo de la tecnología como por ejemplo los contratos electrónicos, la firma digital y las videollamadas son instrumentos de valor jurídico que deben ser tomados en cuenta para el desarrollo de dicha función. Las mencionadas herramientas permiten ejercer a nivel jurídico y notarial de una forma más práctica y con las seguridades correspondientes para centrarse en cuestiones más sustantivas que formales. El estudio examina en detalle el principio de inmediación notarial y su relación directa con las tecnologías de la información y comunicación, revisando las teorías existentes sobre la función notarial, la seguridad jurídica y los avances tecnológicos que se han dado como resultado de la Covid-19. Se detallan los recursos informáticos disponibles y utilizados a nivel mundial en un entorno tecnológico que necesitan integrarse en la práctica notarial, considerando su papel en la generación de seguridad y los importantes beneficios que ofrece la certeza. Las conclusiones del estudio nos demuestran que la utilización de las tecnologías de la información y comunicación en el ejercicio de las funciones notariales no vulnera el principio de inmediación, ni la fe pública, ni la seguridad jurídica que otorga la función notarial, sino por el contrario permite que la relación que se da entre el notario y los usuarios se fortalezca y se genere esa real proximidad que implica y busca el principio de inmediación.Item La restricción de las facultades del derecho de propiedad, por la ejecución de la medida de protección de retiro del hogar contemplado en la Ley N. 30364(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-30) Melgarejo Bejarano, Alejandra; Avendaño Arana, Francisco JavierEl proceso judicial que se desarrolla a partir de la denuncias por violencia familiar y que se encuentra regulado en la Ley 30364 “Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar”, denota en su aplicación la creación de límites y vulneraciones a las facultades del derecho de propiedad al dictar el retiro del hogar del propietario denunciado; debido que al proteger a la presunta agraviada, también se estaría afectando los derechos del denunciado. Es preciso señalar que en la presente investigación se analizó la aplicación inadecuada de la medida de protección de retiro del hogar del propietario denunciado, por parte de los órganos jurisdiccionales; toda vez que, aunque es esencial la protección al derecho de las personas, también es importante el resguardo del derecho de propiedad, debido a que ambos derechos son protegidos por la Carta Magna, no sólo el de la víctima sino también de aquel que ha sido denunciado; es por ello que siendo el derecho de propiedad un derecho fundamental es relevante desarrollar criterios mínimos para ejercer tal medida, así como un parámetro mínimo para su aplicación, además de señalar posibles soluciones alternativas al retiro del hogar del propietario, pues este es titular del derecho de propiedad, un derecho que posee la protección del Estado.Item La unión de hecho impropia, efectos jurídicos aplicables en favor de él o la conviviente de buena fe(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-18) Yupayccana Kcana, Brayan Nick; Cabello Matamala, Carmen JuliaDe la lectura e interpretación del artículo 326 del Código Civil, se tiene que, aquella unión convivencial no alineada a los parámetros señalados en el mismo articulado (unión impropia), no producirá efectos jurídicos. La medida pareciese adecuada si lo que se pretende es omitir de legalidad a aquellas uniones que no mantengan vocación de concreción y realización familiar. No obstante, dicha situación resulta perniciosa si su materialización y configuración escapa del parámetro fáctico bajo la cual fue pensada. Este es el caso de la unión impropia revestida de buena fe, en donde, al menos un integrante desconoce que su relación carece de legalidad; así, aquel mantiene una idea ficta: su unión es reconocida y genera derechos. Ante ello la norma es clara y de manera genérica, le niega el reconocimiento de efectos jurídicos. Teniendo claro ello, el objeto de la presente investigación se enfoca en la posibilidad de otorgar efectos jurídicos en favor del conviviente concurrente de buena fe; para ello, se realizará un análisis exegético, dogmático, comparativo y funcional de la unión de hecho impropia de buena fe, para así, ensayar una nueva fórmula de tutela frente a estos casos. Finalmente, concluimos con la siguiente premisa: a través del método integrativo de la norma, derechos de la personalidad, buena fe y dignidad humana, resulta factible otorgar efectos jurídicos en favor de dicho conviviente, consecuentemente, la buena fe, en todas formas, merece ser tutelada.Item La mitigación del daño en nuestro sistema de responsabilidad civil extracontractual(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-11) Trujillo Hoces, Romely Yajaida; Buendía De Los Santos, Eduardo EmmanuelLa presente investigación ha tenido por finalidad determinar si nuestro sistema de responsabilidad civil extracontractual reconoce un deber de mitigar el daño por parte de la víctima. Más aún cuando, se suele nombrar al Perú como uno de los países que lo ha regulado en su Código Civil. A pesar de ello, se ha llegado a establecer que, más que un deber, en realidad, nuestro sistema reconoce un criterio de evitación, por parte del perjudicado, como limitación de la extensión del daño resarcible, en el marco del análisis de la relación de causalidad. De modo que, aunque no se reconozca el deber antes referido, ello no significa que, el comportamiento de la víctima, vía acción u omisión, respecto del daño y sus consecuencias, no afecten la extensión del mismo. En coherencia con ello, y a diferencia de lo que se postula en el ámbito de la mitigación del daño, para determinar si un agravamiento de daño es consecuencia del comportamiento del propio perjudicado, no cabe recurrir al criterio de razonabilidad, ni a las circunstancias personalísimas del mismo. Corresponderá, en dicho caso, bajo las reglas de la causalidad adecuada, preguntarse si, dicha conducta, bajo criterios de normalidad, regularidad, probabilidad, etc. ha causado dicho agravamiento. Siendo que, en cuanto a sus consecuencias, corresponderá no resarcir lo evitado ni lo evitable. En el ámbito jurisprudencial, especialmente ante la problemática de limitar la extensión del lucro cesante, consideramos que, indirectamente, se ha visto la necesidad de aplicar dicho criterio.Item Soluciones a los problemas de la caducidad hipotecaria en el derecho peruano. Un breve estudio jurisprudencial y doctrinario de la materia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-08) Muñoz Hamasaki, José Yoshío; Gabriel Rivera, José LuisLa caducidad como concepto jurídico ha generado gran debate a nivel doctrinario como jurisprudencial en el Perú. Pese a que la caducidad encuentra su reconocimiento normativo en el Código Civil sigue generando debate por el uso inexacto e impreciso en otras “normas especiales”, tales como el Reglamento General de los Registros Públicos y el Reglamento de Inscripción de Predios de la Sunarp. De acuerdo con la normativa civil vigente, la caducidad extingue tanto el derecho como la acción correspondiente. Por otro lado, el Reglamento General de los Registros Públicos (en adelante, “RGRP”) no establece que la caducidad extinga el derecho, y menos la acción correspondiente, y ello es coherente considerando que el RGRP establece que su finalidad es brindar publicidad respecto de Derechos adquiridos o actos jurídicos celebrados. Por tanto, lo que se extingue, desde la posición del RGRP no es el derecho, ni la acción, sino más bien, la publicidad registral. En línea con lo anterior, esta investigación se centra en determinar sí la caducidad del asiento registral de hipoteca extingue únicamente el asiento registral o si además extingue el acto jurídico de constitución de hipoteca. Entonces, según nuestro Código Civil para que la garantía real de hipoteca se considere válidamente constituida debe constar su inscripción en el Registro Público, mientras que para el nacimiento del acto jurídico de constitución de hipoteca bastaría el solo consenso, esto siguiente la lógica contenida en el art. 949 del C.C. Afín de “aclarar” el panorama anterior, en 1996 se promulgó la Ley N° 26639 que introdujo un “supuesto” de extinción de hipoteca: la caducidad de asiento registral de hipoteca. En atención a lo anterior, la problemática se origina porque a nivel jurisprudencial, el registrador público deniega las inscripciones de levantamiento de asiento registral de hipoteca por caducidad, considerando el art. 120 del RIP de la Sunarp, este dispositivo legal establece un cómputo de plazo y procedimiento distinto al establecido en la Ley N° 26639 para evaluar la posibilidad de extinguir un asiento registral de hipoteca por caducidad. La (indebida) aplicación del art. 120 del Reglamento de Inscripción de Predios de la Sunarp sobre la Ley N° 26639 evidenciaría, en principio una vulneración directa al principio de jerarquía normativa, respecto del cual, una Ley se encuentra por encima de un Reglamento. La problemática descrita en el párrafo anterior se agrava sí consideramos que el art. 120 del RIP sigue vigente, aun cuando el Tribunal Registral, como segunda y definitiva instancia administrativa resuelve que se debe aplicar la Ley N° 26639 sobre art. 120 del RIP de la Sunarp, revocando de esa forma todas y cada una de las denegatorias de inscripción emitidas por los Registradores Publicas, lo que genera un “enfrentamiento” entre la primera y segunda instancia administrativa de la Sunarp. Desde la perspectiva de lo descrito líneas atrás, conviene preguntarnos: ¿La caducidad contemplada en el Código Civil tiene el mismo significado que la caducidad contemplada en el Reglamento General de los Registros Públicos y el Reglamento de Inscripción de Predios?; ¿Qué dispositivo legal debe aplicarse para resolver los casos de levantamiento o extinción de asiento registral de hipoteca por caducidad, la Ley N° 26639 o el art. 120 del RIP de la Sunarp? La presente investigación tiene como objetivo realizar un análisis dogmático y jurisprudencial del levantamiento o extinción de asiento registral hipoteca por caducidad; y posteriormente, proponer una alternativa de solución. En principio se evaluará y analizará si el concepto de caducidad contenido en el Código Civil ha sido aplicado correctamente en diversos pronunciamientos judiciales. Luego, se analizará específicamente sí el concepto de caducidad ha sido correctamente aplicado al supuesto de levantamiento de hipoteca por caducidad, a fin de determinar cómo han resuelto los tribunales peruanos este tipo de casos para así proponer una alternativa de solución a la problemática advertida y planteada.Item Responsabilidad civil derivada de los daños ocasionados por el personal de la Policía Nacional del Perú como consecuencia del ejercicio de sus funciones(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-05) Cordova Caisahuana, Villaruel; Buendía De Los Santos, Eduardo EmmanuelLa presente investigación trata sobre la responsabilidad civil derivada de los daños ocasionados por el personal de la Policía Nacional del Perú. Para ello, se realizará una investigación bibliográfica a efectos de advertir tanto los supuestos de irresponsabilidad que encierran en los daños no resarcibles que se pueden generar como consecuencia de una intervención policial, así como el criterio de imputación por el cual es responsable tanto el efectivo policial como el Ministerio del Interior subsecuentemente el Estado, quien es solidariamente responsable bajo el criterio de la garantía a través de la responsabilidad vicaria cuando se configuren los requisitos de esta. Es así, como se describe el ejercicio de la función policial a efectos de determinar los niveles del empleo de la fuerza ante una situación de intervención policial. Seguidamente, se realizará el método de análisis de la responsabilidad civil en función a los daños ocasionados por los efectivos del orden en estricto cumplimiento de sus funciones, ello, con la finalidad de hallar al verdadero responsable del hecho dañino que estriba tanto en el efectivo policial como en el Ministerio del Interior o el propio Estado cuando corresponde. Finalmente, se desarrollará el daño resarcible y/o exoneración de la misma aplicando los requisitos pertinentes de esta institución jurídica.Item La imprecisa aplicación de la fe pública registral a los casos de transferencia de bienes confiscados: un análisis jurisprudencial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-09-01) Vargas Sequeiros, Luis Diego; Mendoza Del Maestro, GilbertoEl presente trabajo de investigación tiene por objetivo analizar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional vinculada a la confiscación de la propiedad privada. A partir de este análisis, esta tesis busca identificar qué entiende el Tribunal Constitucional por confiscación y si este concepto de los magistrados se condice o no, con la definición de confiscación de la legislación nacional y la dogmática. En esta línea, esta investigación busca analizar la decisión del Tribunal Constitucional de proteger a los adquirentes de bienes confiscados, afectándose el derecho de propiedad de los verdaderos titulares, en aplicación de la fe pública registral. Concretamente, mediante esta tesis, buscamos corroborar nuestra hipótesis de que la fe pública registral no aplica en la adquisición de bienes confiscados, toda vez que el verdadero titular no expuso su derecho y, por el contrario, es víctima de una actuación unilateral y arbitraria del EstadoItem La Naturaleza Jurídica del Leasing Inmobiliario y su empleo con fines habitacionales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-28) Perez Chavez, Pedro Cesar; Saavedra Velazco, Renzo EstebanDos exigencias resumen los objetivos trazados para el presente trabajo de investigación: la necesidad de delimitar adecuadamente la configuración de la figura contractual del leasing inmobiliario y, determinar la eficiencia de la referida figura negocial como plataforma de financiamiento de proyectos inmobiliarios de acceso a la vivienda para los sectores económicos medios y bajos. En ese sentido, se detallaron los contratos con los cuales el leasing inmobiliario guarda mayor semejanza, así como, aquellos que contienen las prestaciones esenciales que configuran su naturaleza jurídica; posteriormente, nos aproximamos a los orígenes del contrato objeto de estudio, señalando algunas de las definiciones brindadas en los últimos años por diversos autores nacionales y extranjeros al arrendamiento financiero propiamente dicho y al leasing inmobiliario. Asimismo, detallamos los rasgos particulares del arrendador, arrendatario y empresa proveedora como sujetos esenciales para la configuración del leasing, enumerando las principales obligaciones asumidas por las partes contratantes, lo cual nos sirvió para fundamentar los atribuidos particulares y distintivos del contrato de arrendamiento financiero. Del mismo modo, se puso de relevancia que el objeto sobre el cual recae el contrato arrendamiento financiero (bien mueble o inmueble), así como, la finalidad perseguida por los usuarios del contrato (acceso a la vivienda o financiamiento de la adquisición de un bien para actividades comerciales), influyen en la naturaleza jurídica del contrato, lo cual desemboca en el surgimiento de un tipo diverso de leasing cuando este recae sobre un bien inmueble con fines habitacionales. De otro lado, se expusieron algunos datos estadísticos referidos al contexto actual del mercado inmobiliario y las expresiones provenientes de autoridades del sector ejecutivo, mostrándose a favor de continuar la implementación de nuevas modalidades de financiamiento para el acceso a la vivienda (entre ellas, una reformulación de la reglamentación dada al leasing inmobiliario con fines habitacionales). Las cifras exhibidas sobre la situación actual del mercado inmobiliario, nos permitieron elaborar diversas proyecciones analíticas para verificar el grado de eficiencia del leasing inmobiliario ante opciones actualmente presentes en el negocio de transferencia de inmuebles, como son: la compraventa directa y el alquiler de viviendas, asimismo, establecimos el costo del ejercicio del derecho de la opción de compra con relación al total del valor del inmueble. Mientras que, ante las deficiencias advertidas en el marco regulatorio del contrato materia del presente estudio, presentamos algunas propuestas de modificación en el Decreto Legislativo N° 1177, específicamente el capítulo referido a la regulación del arrendamiento financiero con destino de vivienda. En este escenario, ratificamos la hipótesis planteada con referencia a la naturaleza jurídica singular del contrato del leasing inmobiliario y su empleo como una herramienta que se adiciona al grupo de contratos que sirven de plataforma de financiación de acceso a la vivienda.Item La acción subrogatoria. Reconstrucción dogmática y funcional: hacia su utilidad práctica en los procesos de otorgamiento de escritura pública(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-02) Villegas Valenzuela, Jose Manuel; Morales Hervias, Romulo MartinLa presente investigación tiene por objetivo plantear en el Perú, desde la dogmática, una nueva forma de entender a la acción subrogatoria, haciendo de esta una herramienta útil a los abogados, jueces y demás operadores jurídicos en su aplicación; asimismo, replantear la función que cumple la acción subrogatoria, a la cual usualmente se le atribuye una función conservativa; así también, analizar la forma en que los ordenamientos extranjeros de la familia romano-germánica han regulado esta institución y como ha sido empleada y desarrollada jurisprudencialmente; finalmente, determinar si en el Perú, es posible aplicar la institución de la acción subrogatoria en los procesos de otorgamiento de escritura pública. Esta investigación se justifica pues un adecuado entendimiento sobre la funcionalidad de la acción subrogatoria hace que esta institución jurídica pueda ser aplicada a supuestos más útiles en la práctica jurídica; son ejemplo de ello, precisamente, los procesos de otorgamiento de escritura pública cuando existen dos cadenas de transferencias no formalizadas, en las que el demandante se encuentra a un extremo de la cadena y el propietario registral en el otro extremo de la misma. Urge por ello una nueva forma de entender a la acción subrogatoria, a efectos de dotarle de mayor “vitalidad” y que no se quede como una reliquia jurídica como sucede con otras instituciones jurídicas como la gestión de negocios ajenos e incluso, como la acción de enriquecimiento sin causa. Asimismo, cabe destacar que en doctrina nacional no existe bibliografía alguna que ofrezca un desarrollo profundo y serio sobre la materia, por lo que esta tesis pretende ser el primer trabajo de investigación sobre esta institución jurídica. La conclusión a la que se ha llegado, estamos convencidos, tendrá un impacto tanto en el formante doctrinario, como en el legislativo y jurisprudencial.Item La aplicación supletoria del artículo 1346 del Código Civil a las penalidades en la Ley de Contrataciones del Estado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-20) Bancayán Calderón, Lupe Isabel; Soria Aguilar, Alfredo FernandoLa cláusula penal es una figura contractual, recogida en el Código Civil, que ha sido definida en líneas generales como una pena privada que surge del acuerdo de las partes al suscribir el contrato y cuya ejecución se habilita ante el incumplimiento, o el cumplimiento tardío o irregular e incluso defectuoso de la prestación acordada. El Código Civil recoge en su artículo 1346° la posibilidad de reducir las cláusulas penales, siempre que se cumplan determinados criterios. La Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento han recogido las cláusulas penales, estableciendo la posibilidad de aplicar penalidades en los contratos sujetos a dicha normativa, estableciendo un máximo para aquellas y detallando fórmulas y procedimientos para su aplicación. Sin embargo, la normativa de contrataciones del Estado no ha recogido de manera expresa la posibilidad de reducir las penalidades impuestas. La presente investigación tiene como objetivo realizar un análisis exegético, dogmático y funcional de la cláusula penal, su recogimiento en la Ley de Contrataciones del Estado y la posibilidad de aplicar supletoriamente el artículo 1346° del Código Civil a los contratos regidos por la normativa de contrataciones estatal. Finalmente, al concluir que dicha aplicación sí es viable, se analizará la experiencia comparada y nacional, así como un conjunto de laudos arbitrales nacionales emitidos al respecto, a fin de revisar los criterios adoptados por los Tribunales Arbitrales y brindar lineamientos para la correcta aplicación supletoria del artículo 1346° del Código Civil.
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