La inobservancia del derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva por defensa técnica ineficaz en el nuevo proceso penal peruano

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2019-10-18

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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En nuestro medio el Nuevo Código Procesal Penal tiene un carácter acusatorio y en base a los principios de publicidad, inmediación, contradicción e igualdad de armas; hacen que los sujetos procesales (parte acusada y acusadora) deben encontrarse preparados, a fin de conseguir la justicia y equidad en el proceso penal; en consecuencia, bajo el nuevo paradigma del Estado Constitucional de Derecho pasa a ser trascendental el papel desempeñado por la defensa quien está representada por el abogado defensor, quien es el llamado a ejercer una defensa técnica eficaz a fin de garantizar al procesado el cumplimiento y la efectividad del derecho al Debido Proceso y a la Tutela Jurisdiccional Efectiva. En tal sentido, en el desarrollo del presente trabajo nos hemos planteado determinar los estándares de una defensa técnica eficaz; y si la actividad desempeñada por el abogado que no cumple con estos parámetros conlleva a la vulneración de las garantías constitucionales del procesado, situación que podría acarrear nulidad absoluta de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del artículo 150 del Código Procesal Penal. Sin embargo, consideramos que para alegar nulidad por defensa técnica ineficaz no es suficiente que se configure esta; toda vez que, además, debe concurrir simultáneamente lo siguiente: a) Que el justiciable se encuentre en estado de indefensión; b) Que como consecuencia de la indefensión se le haya obstaculizado el acceso efectivo a la justicia; y, c) Se le haya vulnerado otros derechos constitucionales.

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Derecho procesal penal--Perú, Debido proceso--Perú, Tutela jurisdiccional--Perú

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