Derecho Procesal

Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/4663

Browse

Search Results

Now showing 1 - 10 of 41
  • Thumbnail Image
    Item
    ¿90 días para morir?: La extinción de la medida cautelar concedida judicialmente antes del inicio del arbitraje por falta de constitución del tribunal arbitral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-03) Rojas Ventura de Dominguez, Medaly Claudia; Priori Posada, Giovanni Francezco
    El otorgamiento de medidas cautelares antes del inicio de un arbitraje resulta fundamental para lograr la eficacia del futuro laudo arbitral. La legislación arbitral actual permite la colaboración judicial en este asunto regulando la oportunidad para su dictado, así como las causales para su extinción. La extinción de las medidas cautelares está relacionada estrechamente con la desaparición de los requisitos para su concesión tales como la verosimilitud en el derecho, el peligro en la demora y la adecuación. Sin embargo, nuestro ordenamiento en materia de arbitraje permite que una medida cautelar pueda extinguirse en caso el tribunal arbitral no se encuentre constituido en un plazo máximo de 90 días hábiles desde su ejecución. En ese sentido, el objetivo de esta tesis es analizar la razonabilidad de este supuesto de extinción con miras a proteger el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva. Para ello, se estudiarán las diversas situaciones que pueden ocurrir antes de la constitución del tribunal arbitral a efectos de demostrar que la demora en la constitución del tribunal arbitral puede deberse a situaciones que escapan del control del beneficiado con la medida. Tras ello, se propondrá una distribución adecuada del riesgo por la demora en el avance de las actuaciones arbitrales que impiden la constitución del tribunal arbitral, así como una propuesta de modificación del artículo 47 de la Ley de Arbitraje que contenga una solución intermedia que busque proteger la tutela cautelar, pero a su vez impedir un ejercicio abusivo de la misma.
  • Item
    Repensando la imparcialidad judicial. Una aproximación desde los sesgos cognitivos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-07) Lopez Blanco, Adan Alonso Rodrigo; Alfaro Valverde, Luis Genaro
    La presente investigación se encuentra orientada en analizar la imparcialidad en el marco del proceso judicial bajo una perspectiva de la psicología cognitiva bajo la presencia de sesgos al momento de la toma de decisiones por parte del juez. De igual modo, tiene por propósito examinar si parte del contenido de este valor que se exige del funcionario judicial tiene que ver con la ausencia de sesgos cognitivos que influyen en su decisión, el mismo que puede presentarse en virtud del diseño normativo del proceso. En concordancia con lo previamente expuesto, el propósito es contribuir al ámbito judicial con aportes de la psicología desde la perspectiva de los sesgos cognitivos para comprender la manera en que los jueces forman internamente sus decisiones, las cuales en algunos casos preceden a su justificación jurídica a través de las resoluciones que emiten. La línea de investigación del presente estudio es la de “organización de justicia” y el criterio para seleccionar la información y elaborar el trabajo corresponde al método dogmático, presentando un análisis de las instituciones que vinculan a la imparcialidad, tales como la recusación y abstención judicial, las presunciones judiciales ante la conducta de las partes, las medidas cautelares y la prueba de oficio. Luego de finalizada la investigación, se consigue demostrar que parte del contenido de la imparcialidad implica que las decisiones judiciales no posean sesgos, acreditándose cómo en determinados supuestos tales situaciones pueden darse en la ámbito práctico, proponiendo mejoras para contrarrestar la posibilidad de su ocurrencia.
  • Item
    La imputabilidad restringida en los procesos de terminación anticipada ¿Es posible su aplicación al amparo de la Ley Nro. 30838?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-07) Conga Palomino, Maria Luisa Genoveva; Padilla Alegre, Vladimir Katherniak
    La presente investigación tuvo como objetivo general analizar si era posible admitir los fundamentos de la inaplicación del segundo párrafo del artículo 22º del Código Penal en el artículo 5° de la Ley N.º 30838 sobre la prohibición de la aplicación de la Terminación Anticipada, de allí que, la pregunta general de investigación fue: ¿Es posible admitir los fundamentos de la inaplicación del segundo párrafo del artículo 22 del Código Penal en el artículo 5° de la Ley N.º 30838 sobre la prohibición de la aplicación en el proceso de Terminación Anticipada?, Por esa razón, nuestra investigación sigue un enfoque cualitativo, adoptando la perspectiva epistemológica del iuspositivismo y un paradigma teórico propositivo. Dada su naturaleza, emplearemos la técnica de análisis documental, procesando la información a través de la argumentación jurídica y utilizando herramientas de recolección de datos, como fichas textuales y resúmenes, para extraer la información pertinente de cada texto. El resultado fue que: dentro de un ordenamiento jurídico se debe buscar garantizar la coherencia y constitucionalidad al aplicarse una Ley, como es el caso del artículo 5 de la Ley Nº 30838 y/o el segundo párrafo del artículo 22 del Código Penal, asimismo, evitar tratos desiguales que puedan vulnerar los derechos fundamentales y la prevalencia de los principios constitucionales, por consecuente, no se puede admitir un trato desigual dentro de un Estado Social y Democrático de Derecho. La conclusión más relevante fue que: el análisis exhaustivo de la normativad legal y la jurisprudencia relacionada con la exclusión de beneficios procesales para los delitos contra la libertad sexual, tanto en el artículo 22 del Código Penal peruano como en el artículo 5 de la Ley N.° 30838, revela la existencia de tratos desiguales e inconstitucionales. Finalmente, la recomendación que corresponde es: derogar el artículo 5 de la Ley N.°30838 y modificar el artículo 471 del Código Procesal Penal.
  • Item
    El principio del contradictorio en la prueba de oficio en el proceso civil. A propósito del Décimo Pleno Casatorio Civil
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-06) García Chilet, Manuel Eulalio; Alfaro Valverde, Luis Genaro
    La presente investigación tiene como objetivo principal demostrar cuál ha sido el tratamiento que se le ha dado al principio del contradictorio en la prueba de oficio en el proceso civil. Para ello, se ha tomado como base de análisis el X Pleno Casatorio Civil, examinando solo aquellas reglas vinculantes que guarden relación con los dos temas sustanciales de la presente tesis, los cuales son la prueba de oficio y el principio de contradicción. Para lograr este objetivo, se ha priorizado empezar con el marco conceptual que tienen nuestros dos temas trascendentales, repasando cómo ha sido su interpretación a lo largo del tiempo, la aplicación que en la actualidad le brinda el Código Procesal Civil y la posible reforma que se ha planteado en el proyecto del nuevo código adjetivo. Luego, se estudiará a fondo el pleno, para entender cuáles fueron las circunstancias que motivaron su convocatoria y precisar si las reglas que se emitieron son adecuadas o no conforme al marco normativo antes señalado. Por último, se hará un breve análisis del principio del contradictorio en los plenos casatorios anteriores y se verificará cuál fue la interpretación que en ese momento le dio el tribunal vértice. Además, de realizar una propuesta concreta de mejora a la tan cuestionada cuarta regla vinculante de este pleno, la cual señala que el contradictorio en la prueba de oficio puede ser previo o diferido. El propósito de esta investigación es precisar cuál debe de ser el tratamiento adecuado que le debe de dar la judicatura cuando pretenda aplicar el artículo 194° del Código Procesal Civil y la trascendencia que pueda llevar al juez a entender de una manera adecuada la participación previa del contradictorio desde su valor epistémico, lo cual favorecerá su decisión final.
  • Item
    La motivación judicial por remisión (per relationem) en el Derecho procesal peruano
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-06) Leon Bustamante, Shirli Marisol; Alfaro Valverde, Luis Genaro
    La presente investigación se centra en el análisis de uno de los supuestos controvertidos del deber de motivar la denominada “motivación por remisión (per relationem)”, insertada en el Derecho procesal peruano a partir del artículo 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1991, permitía que en segunda instancia los jueces puedan motivar sus fallos reproduciéndose en todo o parte de los fundamentos de primera instancia. El referido artículo fue modificado, pero este supuesto también ha sido reconocido por el Tribunal Constitucional peruano y la Corte Suprema de Justicia de la República, algunas referencias señalan que es a partir de la práctica jurídica de antaño derivada de la terminología “por sus fundamentos confirmaron” que se refleja la sintética y económica motivación por remisión. Sin embargo, la motivación per relationem proviene del derecho comparado, en Europa continental, se dieron los primeros argumentos de la misma, destacando autores como Taruffo y Aliste, quienes han realizado un estudio amplio de dicho supuesto de motivación, destacando de ello, que por remisión los jueces se remiten a una decisión a efectos de fundamentar su decisión como es para resolver un recuso impugnatorio. Es así que se pretende ofrecer una respuesta a diversas problemáticas surgidas con ocasión de este tema, principalmente ¿Permite la motivación per relationem que una decisión esté debidamente motivada? y de ser así ¿En qué condiciones o circunstancias es justificable este tipo de motivación? Cuestionamientos que se responderán a partir de la aplicación de criterios y límites a la referida motivación La línea de investigación a la que corresponde esta investigación es “Principios constitucionales del proceso” y la metodología que se aplicará es histórica y propiamente jurídica dogmática, por medio de un análisis de los sucesos de la motivación por remisión y un estudio de determinadas resoluciones judiciales. Por tanto, se busca comprobar que es posible motivar por remisión siempre que se respete el deber de motivar y se apliquen ciertos límites de la misma.
  • Item
    La “verosimilitud del derecho invocado”: falta de uniformidad de criterios para su análisis advertida en la jurisprudencia y doctrina nacional, y una propuesta inicial para uniformizarla
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-06) Quispe Quesada, Jhonatan Jose Paolo; Priori Posada, Giovanni Francezco
    El presente trabajo busca mostrar la existencia de un problema en el análisis que realizan los órganos jurisdiccionales para el otorgamiento de tutela cautelar, específicamente, al momento de evaluar el presupuesto de concesión denominado “verosimilitud del derecho invocado” en cada caso concreto. La evidencia de este problema se extrae a partir de diversas decisiones judiciales dictadas sobre la materia. Si bien el ordenamiento jurídico peruano, la doctrina local y los órganos jurisdiccionales según su jurisprudencia, comparten una concepción sobre el fumus boni iuris y su importancia como presupuesto para el otorgamiento de medidas cautelares; en la práctica no existe una metodología de análisis uniforme sobre aquél. Esta falta de uniformidad produce los efectos negativos sobre diversos derechos fundamentales que se desarrollan en este trabajo. Reconociendo la existencia de ese problema, se propone un esquema de análisis de la “verosimilitud del derecho invocado” que pueda contribuir al establecimiento de una metodología general de evaluación de dicho presupuesto, para aquellas solicitudes de otorgamiento de medidas cautelares que se formulen antes de iniciado el proceso o antes de que se dicte una sentencia no firme en él. La aplicación de esta propuesta podrá observarse a través de diversos ejemplos que se desarrollan en este trabajo. La propuesta planteada se justificará contrastándola con otras metodologías ofrecidas por la doctrina local, así como explicando su coherencia con la concepción dogmática del fumus boni iuris, su integración armónica con el funcionamiento actual de la tutela cautelar en el ordenamiento jurídico peruano, y los beneficios que puede reportar.
  • Item
    ¿Se respeta el derecho constitucional de igualdad ante la ley en la regulación sobre medidas cautelares en el arbitraje en contrataciones con el Estado?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-06) Eto Bardales, Gerardo; Soria Aguilar, Alfredo Fernando
    El arbitraje es un medio alternativo de resolución de conflictos que en nuestro país goza de especial relevancia dada su obligatoriedad en las disputas que surgen de los contratos suscritos con el Estado. En este contexto, el presente trabajo tiene como objetivo analizar la modificación normativa regulada con el famoso Decreto de Urgencia N° 20-2020, mediante la cual se exige la presentación de una contracautela con una cuantificación prefijada solamente para privados cuando solicitan medidas cautelares contra el Estado. En ese orden de ideas, se analizará el principio de igualdad como principio rector del arbitraje y si el mismo ha sido vulnerado con la norma materia de análisis. Luego del estudio efectuado, se concluye que existe una percepción equivocada del Estado como parte débil en los arbitrajes y que el artículo 8.2. de la Ley de Arbitraje que exige la contracautela por un monto no menor a la garantía de fiel cumplimiento únicamente a los privados para solicitar medidas cautelares contra el Estado en arbitrajes sobre contratación pública, entra en colisión con el derecho de igualdad ante la ley. Finalmente, se propone una modificación normativa en atención al principio de razonabilidad en el monto exigido; así como la posibilidad de que los tribunales arbitrales ejerzan control difuso cuando en cada caso en concreto adviertan que se está vulnerando el principio de igualdad en acceso a la justicia, la tutela jurisdiccional efectiva y el principio de razonabilidad al imponer un monto irrazonable en la carta fianza exigida como contracautela.
  • Item
    La carga de la prueba en el proceso penal contra las personas jurídicas
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-06) Reyna Alfaro, Luis Miguel; San Martín Castro, César Eugenio
    Mediante el presente trabajo de investigación se ha abordado la cuestión de la carga de la prueba en el proceso penal previsto para las personas jurídicas por la Ley Nº 30424. En ese propósito, se postula -como planteamiento general- que las dificultades propias de la criminalidad en el contexto de organizaciones empresariales no pueden ser justificación para debilitar los cimientos de la presunción de inocencia como regla de prueba. En efecto, aunque la declaración de certeza a realizar en el plano del proceso penal de las personas jurídica podría implicar dificultades operativas al asentarse sobre la verificación judicial del deber empresarial de implementar medidas de diligencia debida orientadas al control del delito en el interior de la organización empresarial, los planteos que vienen formulándose actualmente en torno a la cuestión de la distribución de la prueba no parecen ser idóneos para revertir la concepción de la carga de la prueba que impera en el Derecho Procesal Penal. La presente investigación jurídica ha recurrido al método dogmático incorporando adicionalmente elementos del método histórico y comparativo.
  • Item
    Incidencia de plenos jurisdiccionales y los principios jurídicos frente a la posibilidad de modificar el petitorio de una demanda laboral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-03) Carrasco Cabezas, Francisco Arturo; Portugal Pizarro, Luis Andrés
    El objetivo de este trabajo es estudiar la posibilidad de modificar la demanda laboral una vez notificada a la parte demandada, cuestionando los argumentos y la fuerza vinculante de los plenos jurisdiccionales que avalan esta práctica. A través de un enfoque analítico, se examinan los principios generales del derecho aplicables y se evalúan críticamente los plenos jurisdiccionales de 2013 y 2017. La investigación concluye que existen principios y situaciones excepcionales que permitirían la modificación de la demanda en escenarios específicos, pero el principio de oralidad no desempeña un rol importante en esta discusión. Se enfatiza la importancia de que jueces, abogados y legisladores adopten una visión equilibrada que conjugue el acceso a la justicia con la seguridad jurídica procesal.
  • Item
    Prueba, "racionalidad" y proceso. La prueba entre lo epistemológico y filosófico-político
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-01-23) Caxi Maquera, Argelia; Bustamante Alarcón, Reynaldo
    La doctrina tradicional, tanto publicista y dispositivista- “garantista”, ha prestado mayor atención a la discusión respecto a la finalidad del proceso, basándose en las ideologías que defienden; soslayando el análisis de los hechos y la importancia de los mismos en el marco de las decisiones en el proceso. No obstante, en la actualidad, en el ámbito teórico, a diferencia de la doctrina procesal tradicional (“garantismo” y publicismo - en sentido fuerte y moderado), puede advertirse que se viene prestando atención al juicio de hecho en el proceso, que va más allá de un análisis eminentemente jurídico; es decir, en la actualidad, en el ámbito teórico, puede advertirse planteamientos que se centran en el estudio de juicio de hecho y razonamiento judicial; sin embargo, en el marco de estos planteamientos, es de advertirse la existencia de una tendencia doctrinal que, sosteniendo la tesis de que el objetivo del proceso es la averiguación de la verdad, se (auto)denomina como una concepción racional: la así denominada “concepción racionalista de la prueba”. Ante ese contexto, y a partir de tener presente de la amplitud y profundidad que converge el estudio de la prueba en el proceso, así como la multidiciplinariedad desde cual puede ser analizada la misma, y, a partir de tener en cuenta que, no obstante, la posibilidad y necesariedad de su análisis desde otras disciplinas de estudio (sea para el planteamiento de teorías de la prueba en el proceso o para el establecimiento de conceptos jurídico-positivos en determinado ordenamiento jurídico) no implica que el análisis de la prueba en el proceso ha de tener que estar desvinculada del mismo: el proceso (por la naturaleza misma de éste); nos preguntamos respecto a si pueden ser aplicables cuestiones que comprenden análisis epistemológico y filosófico-político en el análisis de la prueba en el proceso, y si deben o no ser tomados en cuenta cuestiones que comprenden análisis epistemológico y filosóficopolítico en el análisis de la prueba en el proceso. Así, la presente investigación tiene como objetivos (i) demostrar si cuestiones que comprenden análisis epistemológico y filosófico-político pueden ser aplicables en el análisis de la prueba en el proceso y (ii) determinar si en el análisis de la prueba en el proceso deben ser tomados en cuenta cuestiones que comprenden análisis epistemológico y filosóficopolítico. Ello con la finalidad de establecer bases teóricas fundamentales a tomarse en cuenta para el planteamiento de una teoría de la prueba en el proceso y para la adecuada adopción de conceptos jurídico - positivos en determinado ordenamiento jurídico, respecto a este último, en relación con la adopción de una posición frente a concepto lógico jurídicos, esto es, para la sustentación de relación (coherente) entre sistema procesal y disposiciones normativas procesales. Además, ya dentro de este territorio de análisis, se ha planteado también como objetivos, desde el análisis filosófico-político, (i) identificar si la denominada concepción racionalista de la prueba posee o no fundamentos, con base de análisis filosófico-político a partir del análisis del proceso como garantía del ser humano en la resolución del conflicto y el análisis de la relación de poder en el proceso, que justifiquen su denominación como “concepción racional”; y, desde el ámbito de la teoría epistemológica, (ii) identificar si la denominada concepción racionalista de la prueba explicita y sustenta o no en qué teoría epistemológica se basa para su denominación como “concepción racional”; y, por último, (iii) identificar si plantea o no una teoría (filosófica o epistemológica) que justifique su denominación y exclusividad como “concepción racional de la prueba”. La metodología de la presente investigación es cualitativa. El método que se utiliza es el analítico filosófico. Finalmente, del resultado de la investigación, se ha llegado a la conclusión de que: (i) En el análisis de la prueba en el proceso pueden ser aplicables cuestiones que comprenden análisis epistemológico y filosófico-político; el primero, con relación a la función de la prueba en el proceso en el marco de la determinación de la premisa fáctica de la decisión; el segundo, con relación a la finalidad misma del proceso, y en tal contexto, el análisis de la relación de poder y el análisis respecto de la garantía que comprende el mismo: El Proceso. (ii) En el análisis de la prueba en el proceso deben ser tomados en cuenta cuestiones que comprenden análisis epistemológico y filosófico-político. El primero, debido a que, en una decisión respecto materia de hechos, el enunciado probatorio constituye la determinación de que hay elementos de juicio epistémicamente relevantes (elementos de prueba) - razones epistémicas - para la aceptación o determinación de una de las premisas de la decisión: la premisa fáctica, la misma que forma parte de la decisión para la aplicación de determinada consecuencia jurídica. En tal contexto, es fundamental, desde lo epistemológico, el análisis de la justificación en la determinación de la premisa fáctica, y en ese marco, la evaluación de la validez de argumentos y de la probabilidad de que determinada hipótesis que se plantea haya acaecido en la realidad. El segundo, debido a que, el análisis y determinación de la finalidad del proceso corresponde propiamente al análisis desde cuestiones que comprenden lo filosófico- político; ya que, acarrea la identificación y análisis de la relación de poder, i.e. el análisis y estudio respecto del cómo del poder, ello, en razón a que, el ser humano, como sujeto, en el proceso se encuentra en relaciones de poder; siendo que éstas se manifiestan en diferentes formas de sujeción que el poder estatal ejerce. En tal contexto, debido a que también, comprende el análisis de la relación entre poder, derecho, proceso y verdad, en el marco de análisis respecto del equilibrio entre garantías y eficacia, práctica de libertad y controlabilidad del ejercicio de poder. En tal sentido, cuestiones que comprenden análisis epistemológico y filosófico-político, deben ser tomados en cuenta tanto para identificar la (in)coherencia de teorías individuales de la prueba, como la (in)coherencia entre la forma de Estado y el sistema procesal adoptados. Es así, fundamental, en ese sentido, para: 1) el planteamiento de una teoría de la prueba en el proceso - la misma que implica la postulación de una concepción de la prueba en el proceso; y, 2) la adecuada adopción de conceptos jurídico – positivos en determinado ordenamiento jurídico, ello en relación con la adopción de una posición frente a conceptos lógico jurídicos, esto es, para la sustentación de relación (coherente) entre sistema procesal y disposiciones normativas procesales. (iii) La denominada concepción racionalista de la prueba no posee fundamentos, con base de análisis filosófico-político a partir del análisis del proceso como garantía del ser humano en la resolución del conflicto y el análisis de la relación de poder el proceso, que justifiquen su denominación como “concepción racional”; ni tampoco explicita ni sustenta en qué teoría epistemológica se basa para su denominación como “concepción racional”, ni plantea una teoría (filosófica o epistemológica) en el que justifique su denominación y exclusividad como “concepción racional de la prueba”.