Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica N° 005-2002/CLC, E- 1310, Procedimiento Administrativo Sancionador en contra de Pilot Station S.A. por conductas anticompetitivas en la modalidad de abuso de posición de dominio

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El presente informe analiza la denuncia presentada por la Asociación Peruana de Operadores Portuarios y otros ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, en contra de la empresa Pilot Station S.A. y las personas naturales que integraban sus órganos directivos, por un presunto abuso de posición de dominio en el mercado de servicios de practicaje marítimo en el Terminal Portuario del Callao. El objetivo del trabajo es analizar tres (3) problemas jurídicos identificados en el Expediente No. 005-2002/CLC: (i) la aplicación del Decreto Legislativo No. 701 a una de las conductas denunciadas, así como la aplicación del principio non bis in idem; (ii) la posibilidad de que los contratos celebrados por la empresa investigada vulneren la normativa de libre competencia; y, (iii) la posibilidad de que el conjunto de acciones legales iniciadas por esta misma empresa en sede constitucional, judicial y administrativa sean contrarias al Decreto Legislativo No. 701. Con base en el desarrollo jurisprudencial y doctrinario expuesto en este informe, concluimos que: (i) en este caso, el Decreto Legislativo No. 701 resulta plenamente aplicable, en tanto la normativa sectorial no tiene la finalidad de proteger el proceso competitivo; además, en tanto no concurren las identidades de sujeto, hecho o fundamento, el principio del non bis in idem no resulta aplicable; (ii) dadas las características de los contratos celebrados por Pilot Station S.A. con sus prácticos, estos carecían de justificaciones válidas y tenían efectos negativos sobre la competencia, por lo que eran contrarios al Decreto Legislativo No. 701; y, (iii) las múltiples acciones legales iniciadas por Pilot Station S.A. en contra de cuatro prácticos marítimos que renunciaron a su empresa tenían una naturaleza abusiva y generaban efectos negativos sobre la competencia, por lo que debían ser sancionadas bajo la normativa de competencia.

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Palabras clave

Procedimiento administrativo--Jurisprudencia--Perú, Sanciones administrativas, Derecho administrativo--Legislación--Perú, Responsabilidad administrativa

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