Derecho (Lic.)
Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/710
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Item Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N° 1507-139-2008, E-1940, sobre el arbitraje seguido por Alumrock Overseas S.A. y Locksley Capital Corporation contra Swissfish Corp. ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-21) Uriol Quiroz, Joyce Alexandra; Vásquez Rebaza, Walter HumbertoEl informe analiza un caso arbitral enmarcado en un contrato de compraventa, en el que los compradores se oponen a la exigencia de pago de pago por parte del vendedor, argumentando que el cumplimiento de la condición suspensiva pactada para ello no se había verificado, ya que el hecho invocado por el vendedor había ocurrido antes de la firma del contrato. Ante la negativa de los compradores, el vendedor amenazó con ejecutar las cartas fianza que garantizaban el pago. En respuesta, los compradores presentaron una medida cautelar en sede judicial, que fue luego trasladada al tribunal arbitral, encargado de resolver tanto la medida cautelar como el caso principal. Este informe examina las medidas cautelares en sede arbitral, así como las complejidades contractuales asociadas a la intervención de terceros y las condiciones suspensivas en contratos comerciales complejos. A través de este análisis, se busca esclarecer si el pago exigido por el vendedor, basado en una resolución administrativa emitida antes del acuerdo de las partes, cumple con los términos pactados. El estudio se sustenta en el análisis de la doctrina vinculada a las medidas cautelares en sede arbitral, la tipología contractual y la naturaleza de la condición suspensiva. Finalmente, aunque en gran parte coincidimos con la decisión del Tribunal Arbitral en su resolución del caso, discrepamos en algunos aspectos de su razonamiento y análisis para llegar a sus conclusiones.Item El servicio de transporte público urbano de pasajeros en el Perú: situación jurídica actual y propuestas de mejora desde la regulación(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-21) Loayza Ormachea, Carlos Andrés; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoLa deficiente calidad en la prestación del transporte público urbano de pasajeros es uno de los problemas más graves que se enfrentan en el Perú el día de hoy, y más aún si se toman en consideración las deficiencias del modelo regulatorio vigente actualmente, el cual no contribuye en la búsqueda de soluciones sostenibles y pertinentes que redunden en un mejor servicio para la ciudadanía. En ese sentido, el presente trabajo de investigación presenta las principales razones tanto jurídicas como ajenas a lo jurídico que han conducido a la problemática del transporte público; y, a su vez, presenta una propuesta a partir de la teoría de la regulación que implica la creación de un organismo regulador de competencias nacionales para el servicio de transporte público urbano de pasajeros. Para ello, se ha empleado la revisión de fuentes bibliográficas provenientes de la doctrina jurídica nacional e internacional, a la par que se ha realizado un análisis de la normativa nacional e internacional y de la jurisprudencia relevante. Las principales conclusiones a las que se llegó en esta investigación son: (i) que las municipalidades y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao no han sido capaces de planificar, fiscalizar y sancionar adecuadamente esta actividad; (ii) que el gobierno central no ha brindado el marco regulatorio adecuado para que los subsidios a esta actividad sean efectivos y constantes; (iii) que el transporte se ha convertido en un asunto político antes que técnico; y (iv) que la creación de un organismo regulador de alcances nacionales contribuirá en el objetivo de lograr una solución frente a esta problemática.Item Informe Jurídico sobre la Casación 1500-2007(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-19) Caballero Arana, Enrique Francisco; Aguilar Llanos, Benjamín JulioEn el presente informe trataremos la casación 1500-2007 relativa a un caso de divorcio por causal dentro de la cual se discutió la imposibilidad de hacer vida en común como causal de divorcio, en una primera instancia se le dio la razón a la demandante, sin embargo, esta sentencia se elevó a consulta, donde se desestimó la sentencia de primera instancia, posteriormente se interpuso una primera casación, la cual anulo la sentencia en segunda instancia pero siguió desestimando la sentencia en primera instancias, finalmente se interpuso segunda casación mediante el uso del Novit Curia la sala procedió a resolver el proceso en favor de la demandante otorgándole finalmente el divorcio de su exesposo, analizaremos primero de manera breve lo que concierne a la institución del matrimonio y a modo de mención la responsabilidades, derechos y/o obligaciones que esta conlleva, para que así podamos adéntranos en las doce causales de divorcio comprendidas dentro de nuestra legislación deteniéndonos en cada una para verificar los supuestos de hecho que pueden corroborarse dentro de las mismas, y así poder analizar si es que se eligió la correcta y si los jueces dieron un correcto análisis de los hechos del caso.Item Informe Jurídico sobre la Casación No. 4083 – 2017, Lima Este, Sala Civil Permanente, 21/06/2018, de la Corte Suprema de la República(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Rondan Espinoza, Herbert Rene; León Hilario, Leysser LuggiEl expediente judicial de Casación 4083-2017, resuelto por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia en Lima Este, examina el proceso de usucapión iniciado por Dionicia Palma, quien solicitó el reconocimiento legal de su derecho de propiedad, del cual mantenía posesión desde 1991. La solicitante fundamentó su petición en haber mantenido una posesión ininterrumpida, no violenta y manifiesta por un periodo superior a diez años, satisfaciendo así las condiciones establecidas en el artículo 950 del Código Civil. La parte demandada, constituida por los sucesores del titular registral, objetó la solicitud argumentando la prevalencia de su derecho de propiedad y exigió la restitución del inmueble. No obstante, el máximo tribunal judicial ratificó la pretensión de la demandante, estableciendo el carácter declarativo de la prescripción adquisitiva, que reconoce como propietario al poseedor que cumple con los requerimientos legales establecidos. El tribunal supremo fundamentó su decisión en las disposiciones del Código Civil, particularmente en los artículos 950 y 952, respaldándose además en fuentes jurisprudenciales y doctrinarias que sustentan el carácter declarativo del proceso de usucapión. El marco normativo aplicado incluyó también el artículo 70 de la Constitución Política peruana, así como diversos precedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema que legitiman la adquisición del derecho de propiedad mediante posesión prolongada frente a la pasividad de los titulares registrales. Este fallo subraya que la posesión efectiva prevalece sobre la titularidad formal cuando se cumplen los requisitos de la usucapión, y resalta la importancia de la seguridad jurídica y el reconocimiento de derechos preexistentes basados en la posesión prolongada.Item Informe jurídico sobre la Resolución N° 0027-2023/SDC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Coronado Aguilar, Carla Estefania; Solórzano Solórzano, Raúl RoyEl presente informe examina la presunta infracción a la Ley de Represión de la Competencia Desleal (LRCD) atribuida a Frigoinca S.A.C., una empresa dedicada a la producción y comercialización de alimentos. El análisis aborda las declaraciones vinculadas a la composición de sus productos, el cumplimiento de los estándares técnicos requeridos por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, y la posible omisión de información, como la incorporación de aditivos fosfatos. El estudio se enfoca en dilucidar si las prácticas adoptadas por Frigoinca transgredieron los principios de veracidad y sustanciación previa contemplados en la LRCD, en atención a la insuficiencia y falta de idoneidad de las pruebas presentadas para sustentar sus afirmaciones. Asimismo, se analiza el impacto potencial de dichas conductas en el mercado, particularmente en el marco de los procesos de contratación pública, y las implicancias derivadas de la carencia de mecanismos técnicos adecuados para la verificación de la información presentada en estas relaciones comerciales. Finalmente, se subraya la importancia de fortalecer el control estatal a través de laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Calidad (Inacal). Este enfoque permite identificar los desafíos en la supervisión y sanción en el mercado, destacando la necesidad de garantizar relaciones comerciales transparentes y condiciones de competencia equitativas.Item Informe jurídico sobre la Resolución N° 8 del Expediente N° 00232-2013-0(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Galdos Mariño, Carlos Renato; Guzmán Napurí, ChristianEl presente informe jurídico tiene por objeto analizar la Resolución N° 8 emitida por la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima a través de la cual resuelve el recurso de anulación interpuesto por el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL contra el laudo arbitral que se pronuncia sobre las controversias surgidas con OBRASCON HUARTE LAIN S.A. SUCURSAL DEL PERÚ. En este sentido, nos avocaremos a analizar si corresponde o no declarar fundada la demanda de anulación por supuestos defectos de motivación en la decisión que resuelve la pretensión referida a la Ampliación de Plazo N° 27, concluyendo que aquella sí se encuentra motivada. Asimismo, en el informe se llega a la conclusión de que la causal que debe invocarse para solicitar la anulación de un laudo arbitral por defectos de motivación, es aquella prevista en el literal c) del numeral 1 del artículo 63 de la Ley de Arbitraje, referida a que las actuaciones arbitrales no se ajustaron al acuerdo de las partes Por último, se concluye que el estándar de motivación que debe cumplir un laudo arbitral es distinto al estándar de motivación de las resoluciones judiciales desarrollado por el Tribunal Constitucional.Item Análisis sobre la viabilidad de exigir un capital social mínimo para que las COOPAC puedan ser solventes desde el inicio de sus operaciones: ¿es posible reinterpretar el primer principio cooperativo?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) López Altamirano, Lilibeth Jazmín; Vega Franco, InésEl inicio de la supervisión efectiva de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP representó un desafío considerable, ya que se trataba de un sistema en marcha que, hasta 2019, había operado en un entorno de supervisión voluntaria y había experimentado un crecimiento acelerado en la última década. Los esfuerzos del regulador para estabilizar el sector mediante diversas acciones de supervisión y la emisión de un nuevo marco normativo han permitido fortalecer el sistema COOPAC; sin embargo, aún no existe una norma que garantice su viabilidad desde el inicio, a pesar de la importancia de estas entidades en la actividad de intermediación financiera, especialmente en el sistema microfinanciero. En este contexto, el presente trabajo de investigación tiene como objetivo demostrar que es viable reinterpretar el primer principio cooperativo para requerir un capital social mínimo a las cooperativas de ahorro y crédito cuando solicitan su inscripción en el Registro COOPAC, de modo que puedan operar con viabilidad desde el inicio. De esta manera, se podrá proteger el ahorro de los socios y asegurar el correcto funcionamiento del sistema de intermediación COOPAC.Item Informe sobre la Casación Nro. 2724 – 2016 de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia del Perú en relación con el caso de desalojo por ocupación precaria seguido por Carlos Manuel Reinoso Stucchi contra Julia Adela Reinoso Stucchi: ¿Es suficiente el vínculo familiar como título válido de posesión?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Herencia Chuquihuanga, Amaru Ernesto; Jiménez Murillo, Félix RobertoEl presente informe expone y analiza el razonamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia del Perú en la resolución del caso de Desalojo por Ocupación Precaria entre los hermanos Carlos Manuel Reinoso Stucchi, quien es el demandante y propietario, y Julia Adela Reinoso Stucchi, quien es la demandada y poseedora precaria del bien inmueble en cuestión. El caso es importante ya que se centra en verificar si la demandada es ocupante precaria o no del bien inmueble ubicado en la ciudad de Arequipa. Por el lado del demandante, la prueba principal es su Ficha Registral que demuestra la propiedad que tiene sobre el bien. Por el lado de la demandada, se centra en demostrar su derecho a poseer el bien en: 1) el vínculo familiar que existe entre ambos (alega que el demandante es propietario del bien solo por acuerdo familiar ya que en su momento era el único en tener nacionalidad peruana y encontrarse habilitado para la adquisición del bien inmueble) y 2) la prescripción adquisitiva del bien inmueble al estar viviendo en el lugar por más de diez años (presenta una copia del auto admisorio de la demanda de prescripción adquisitiva que interpuso contra el demandante en otro proceso legal sin decisión al momento de la Casación). Finalmente, la Sala decidió declarar infundada el recurso de casación al no encontrar ninguna vulneración al artículo 911 del Código Civil. No obstante, la Sala perdió la oportunidad de pronunciarse, en sus fundamentos, sobre temas importantes tales como los vínculos familiares y los acuerdos verbales, la prescripción adquisitiva y su valor probatorio en un proceso de ocupación precaria y, por último, la necesidad de establecer una vía más corta para los procesos de desalojo por ocupante precario cuando no existe un acuerdo formal. El informe busca cubrir estos temas.Item Informe jurídico sobre la Sentencia N° 319/2023(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-11) Núñez Huamán, Carla Elvira; Ramírez Parco, Gabriela AsunciónLa sentencia analizada aborda el proceso de amparo iniciado por IDLADS PERÚ contra el OSINERGMIN y la PCM con la finalidad de inaplicar el Reglamento de Hidrocarburos, específicamente, las disposiciones sobre expedición de autorizaciones para el funcionamiento de grifos. Ello, debido a que, bajo el sustento de IDLADS PERÚ la eliminación de las supervisiones previas al procedimiento para otorgar autorizaciones pone en riesgo el derecho a un ambiente sano y equilibrado, así como el derecho a la seguridad pública. De esta manera, el principal problema a evaluar es si OSINERGMIN cumplió con su función de supervisión y fiscalización de las actividades de hidrocarburos al aplicar el procedimiento regulado para la emisión de autorizaciones de funcionamiento de grifos. El análisis busca explicar el alcance de la función de supervisión y fiscalización de este ente regulador, así como la relación que tiene esta entidad con la protección ambiental, evaluando las obligaciones que OSINERGMIN tiene en esta materia. Finalmente, como consecuencia del referido análisis se podrá determinar si la aplicación de controles posteriores que optó impartir OSINERGMIN en el procedimiento de autorización para el funcionamiento de grifos se encontraba debidamente sustentado o, por el contrario, esta entidad debió evaluar de forma previa el cumplimiento de los requisitos para expedir autorizaciones por estar dentro de sus obligaciones.Item Informe jurídico sobre la Resolución N° 1648-2017-TCE-S1, sobre infracción administrativa de los integrantes del Consorcio SG(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-11) Almeyda Atúncar, Ana Lucía Marleni; Moscol Salinas, Alejandro MartínEl expediente se centra en un procedimiento administrativo sancionador iniciado por el Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE) contra el Consorcio SG, integrado por las empresas ACE Ingenieros y Consultores S.A.C. y Contratistas y Maquinarias Campos S.A, por presuntamente presentar documentos falsos o información inexacta en una licitación pública, requerida por el Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) en 2013. La licitación, identificada como "Licitación Pública N° 026-2013/MINAGRI-PSIPrimera Convocatoria", fue para la ejecución de la obra "Construcción y mejoramiento del sistema de riego de los sectores Huallchanca, Pacopata, Carcasunto, Pilpicancha en la microcuenca macro, distrito de Los Morochucos, provincia de Cangallo, Ayacucho". Sobre la cual, el referido consorcio obtuvo la buena pro el 16 de enero de 2014. Sin embargo, el 26 de septiembre de 2016, el TCE abrió un procedimiento sancionador contra el Consorcio por la presunta presentación de documentos falsos. Inicialmente, el TCE sancionó al Consorcio tras emitir la resolución N° 1404-2017- TCE- S1, con fecha 3 de julio de 2017. No obstante, ante un recurso de reconsideración presentado por los consorciados el 10 de julio de 2017, que incluía nueva evidencia, el TCE revocó su decisión inicial y absolvió al Consorcio a través de la emisión de la resolución N° 1648-2017-TCE-S1. La actuación del TCE representa la vulneración de los principios administrativos, entre ellos la verdad material, la presunción de veracidad y el debido procedimiento al no aplicarse de manera idónea el estándar probatorio exigido por la normativa vigente, los cuales representan problemas jurídicos que impiden tener jurisprudencia uniforme respecto del derecho administrativo sancionador peruano.