Informe sobre expediente de relevancia jurídica Nº4705-2020, E-2768, la aplicación del criterio de la Resolución del Tribunal Fiscal Nº07308-2-2019 al caso de Netafim Perú S.A.C.

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El presente informe analiza los principales problemas jurídicos del expediente de Netafim Perú S.A.C. originados a raíz de la negativa de la Administración Tributaria y del Tribunal Fiscal a revisar y pronunciarse sobre los argumentos formulados por la Compañía en su recurso de reclamación. Esta negativa se sustenta en la aplicación del criterio de observancia obligatoria de la Resolución del Tribunal Fiscal No. 07308-2-2019, a partir de la cual se consideró que la Compañía “aceptó” parcialmente la observación tributaria que pretendía ahora cuestionar y que, por ello, no resultaba ser susceptible de controversia. El interés en su análisis radica en la posibilidad de profundizar y comprender de manera integral diversos conceptos jurídicos fundamentales para el derecho tributario, administrativo y procesal tributario. La investigación tiene como objetivo proponer reflexiones que esclarezcan la naturaleza de figuras tales como la declaración jurada, la resolución de determinación, los reparos tributarios, el recurso de reclamación, entre otros conceptos, útiles para la práctica profesional, así como alcanzar una posición que proponga solucionar la situación problemática advertida. La hipótesis plantea que el criterio de observancia obligatoria aplicado incurre en una comprensión errónea de las características de, principalmente, la declaración jurada, el reparo tributario y el recurso de reclamación. La metodología empleada es el análisis dogmático de las normas jurídicas vigentes, priorizando el razonamiento jurídico subyacente a ellas a través de la revisión de la doctrina que existe sobre la materia. Como conclusión principal, se sostiene que no resulta posible interpretar que la Compañía en el caso haya “aceptado”, a través de su declaración jurada rectificatoria, la observación tributaria en cuestión; asimismo, no resulta conforme a derecho negarle su posibilidad de poder cuestionar, con la reclamación, aquel extremo que no constituyó reparo en la resolución de determinación, y obtener así un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

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Palabras clave

Perú. Tribunal Fiscal--Jurisprudencia, Derecho tributario--Perú, Procedimiento contencioso administrativo

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