Los modelos de negocio basados en las diferencias de los consumidores como causa de justificación razonable ante la infracción por discriminación en el consumo
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Pontificia Universidad Católica del Perú
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Resumen
The general objective of the thesis is to carry out an analysis of the reasons that providers have in the market to segregate consumers based on their differences (market reasons), to verify if the legal treatment of discrimination (article 38 of the Consumer Protection and Defense Code) is receptive to such market reasons. The author used criteria developed in law and economics to foreign and national jurisprudence on discrimination to verify whether market reasons have been validly considered or not. The main conclusion is that the criteria of the Peruvian authority to deal with discrimination does not consider that the market reasons used by providers to treat consumers differently are valid justifications, thus affecting the business models of providers and consumers ultimately.
El objetivo general de la tesis consiste en realizar un análisis de las razones que emplean los proveedores en el mercado para segregar consumidores en base a sus diferencias (motivos de mercado), a fin de verificar si es que el tratamiento legal de la discriminación (artículo 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor) es receptivo con tales motivos de mercado. El autor empleó criterios desarrollados en derecho y economía, como también jurisprudencia extranjera y nacional en materia de discriminación para verificar si es que en su desarrollo consideraron a las razones de mercado o no. La conclusión principal refiere que el criterio de la autoridad peruana para tratar la discriminación no considera que las razones de mercado (empleadas por los proveedores para tratar diferente a los consumidores) sean justificaciones válidas, generando así afectaciones potenciales a los modelos de negocio de los proveedores y finalmente a los consumidores.
El objetivo general de la tesis consiste en realizar un análisis de las razones que emplean los proveedores en el mercado para segregar consumidores en base a sus diferencias (motivos de mercado), a fin de verificar si es que el tratamiento legal de la discriminación (artículo 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor) es receptivo con tales motivos de mercado. El autor empleó criterios desarrollados en derecho y economía, como también jurisprudencia extranjera y nacional en materia de discriminación para verificar si es que en su desarrollo consideraron a las razones de mercado o no. La conclusión principal refiere que el criterio de la autoridad peruana para tratar la discriminación no considera que las razones de mercado (empleadas por los proveedores para tratar diferente a los consumidores) sean justificaciones válidas, generando así afectaciones potenciales a los modelos de negocio de los proveedores y finalmente a los consumidores.
Descripción
Palabras clave
Protección del consumidor--Legislación--Perú, Protección del consumidor--Jurisprudencia--Perú, Discriminación en educación--Jurisprudencia--Perú, Discriminación racial--Jurisprudencia--Perú, Discriminación sexual--Jurisprudencia--Perú