Informe jurídico sobre la Sentencia 436/2020: Gestión Ambiental Descentralizada y Competencia Normativa en el caso de la pesca de camarón de río en las cuencas hídricas de la región Arequipa

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El presente informe analiza la Sentencia 436/2020 sobre la disputa competencial interpretada por el Tribunal Constitucional en relación con la Ordenanza Regional Nº 251-AREQUIPA, cuya invalidez fue determinada por cuestiones procedimentales, que refieren a la deficiencia en la coordinación y la fundamentación técnica para la elaboración de la normativa. Si bien tales elementos justifican la protección de la coherencia en el ordenamiento jurídico, se observa una omisión crucial respecto a la ausencia de una reglamentación adecuada para la gestión de la extracción de un recurso hidrobiológico de gran valor para la región de Arequipa: el camarón de río. Para el correspondiente análisis del caso, se hace una revisión de los artículos 66, 67, 68 y 192 de la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, la Ley del de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, la Ley General de Pesca, y las resoluciones ministeriales que desarrollan la base del ordenamiento pesquero aplicable a la especie en mención. La finalidad de este análisis es demostrar que, aunque la anulación de la ordenanza es formalmente defendible y acertada, la sentencia no aborda la omisión del Poder Ejecutivo en garantizar una gestión adecuada de los recursos naturales, lo que motivó al gobierno regional a actuar supletoriamente transgrediendo el ordenamiento. En última instancia, la decisión del Tribunal , aunque resuelve la controversia competencial, no fortalece la gestión coordinada de los recursos naturales y, en la práctica, omite el desarrollo de una gobernanza pesquera verdaderamente descentralizada.
This case focuses on the analysis of the jurisdictional dispute interpreted by the Constitutional Court concerning Regional Ordinance N° 251-AREQUIPA, whose invalidity was decided on procedural grounds, referring to deficiencies in coordination and technical justification during the drafting of the regulation. While these elements justify the protection of consistency in the legal system, there is a crucial omission about the absence of adequate regulations for managing the extraction of a hydrobiological resource of immense value to the Arequipa region: river shrimp. For the corresponding analysis of the case, a review is made of Articles 66, 67, 68, and 192 of the Constitution, the Decentralization Framework Law, the Organic Law on Regional Governments, the Law on the Organization and Functions of the Ministry of Production, the General Fisheries Law, and the ministerial resolutions that develop the basis of the fisheries regulations applicable to the species in question. The purpose of this analysis is to demonstrate that, although the annulment of the ordinance is formally defensible and correct, the ruling does not address the Executive Branch's failure to ensure adequate management of natural resources, which prompted the regional government to act in a supplementary manner, violating the regulations. The Court's decision, although it resolves the administrative authority dispute, does not strengthen the coordinated management of natural resources and, in practice, does not develop truly decentralized fisheries governance.

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Palabras clave

Derecho ambiental--Perú--Arequipa, Pesca--Legislación--Perú--Arequipa, Descentralización administrativa--Legislación--Perú--Arequipa, Derecho constitucional--Perú--Arequipa

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