Informe sobre expediente de relevancia jurídica, Nº 175-2012/CCD-INDECOPI, E-2853, denuncia interpuesta por Gremco Publicidad S.A. contra la Universidad Nacional Mayor de San Marcos por actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas
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Pontificia Universidad Católica del Perú
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Resumen
El informe analiza el expediente Nº 175-2012/CCD-INDECOPI, en el cual la empresa
Gremco Publicidad S.A. (Gremco) denunció a la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos (UNMSM) por actos de competencia desleal en la modalidad de violación de
normas. Gremco considera afectado el principio de subsidiariedad –contenido en el
artículo 60 de la Constitución– puesto que la UNMSM, en su calidad de entidad pública,
compite de manera desleal con los privados al alquilar un estadio de su propiedad.
Aun cuando el contenido de fondo se vincula con el Derecho de la Competencia y la
presunta incompatibilidad con el principio de subsidiariedad estatal, no es posible
soslayar la existencia de un debate previo de carácter formal: el supuesto desacato del
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual (Indecopi) de una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que le habría
impedido a dicha entidad administrativa pronunciarse sobre la materia.
En ese sentido, se presenta una radiografía tanto del presunto obstáculo formal como
de la materia sustancial referida a la posibilidad de que el Estado, a través de sus
entidades, compita contra las empresas privadas. Se incluye una revisión del modelo de
economía social de mercado, de su vínculo con la Ley de Represión de la Competencia
Desleal (LRCD), y de la metodología utilizada para determinar la afectación del rol
subsidiario –originada en un precedente de observancia obligatoria del Indecopi– que
establece un análisis bifásico consistente en determinar si la actividad en cuestión es
empresarial, y luego, en el cumplimiento concurrente de tres hitos: la existencia de una
ley expresa que permita al Estado realizar empresa, la justificación de la subsidiariedad
estatal, y el cumplimiento de alto interés público o manifiesta conveniencia nacional.
El informe respalda una postura ecléctica, empírica y funcional que apoya el sustento
de la Sala del Indecopi referido a la interpretación de la obligatoriedad de las sentencias
del Tribunal Constitucional, adoptando un enfoque casuístico basado en la primacía de
la realidad. Asimismo, se destaca que en el análisis metodológico del principio de
subsidiariedad ambas instancias administrativas cometen desaciertos al evaluar ciertos
elementos como mercado relevante y capacidad de absorción. De esa manera se
concluye que el Indecopi contaba con las herramientas y potestades para producir una
resolución de fondo y que, si bien en dicho análisis se presentan falencias interpretativas
y metodológicas, la decisión final es una de práctico acierto.
Descripción
Palabras clave
Protección del consumidor--Legislación--Perú, Competencia económica desleal--Jurisprudencia--Perú, Pluralismo jurídico
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