Facultad de Derecho

Permanent URI for this communityhttp://98.81.228.127/handle/20.500.12404/709

Browse

Search Results

Now showing 1 - 3 of 3
  • Thumbnail Image
    Item
    Informe Jurídico sobre la Sentencia de Casación N. 526- 2022/CS (Caso Juan Doroteo Monroy Gálvez)
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Pimentel Palomino, Enrique Alberto; Valcárcel Angulo, Mariella Lenkiza
    El presente Informe Jurídico tiene por objeto principal analizar la Sentencia de Casación N. 526-2022/CS. Esta Sentencia es importante a efectos jurídico-penales, debido a que resuelve temas como las conductas neutrales en los Delitos contra la Administración Pública y su tratamiento procesal en la excepción de improcedencia de acción. Así, la pregunta central que surge de su análisis es la siguiente: ¿Se le puede imputar al abogado Juan Doroteo Monroy Gálvez la condición de cómplice primario en el delito de colusión? Para ello, el presente informe jurídico se ha valido de distintos instrumentos para un adecuado análisis como la remisión a normas, jurisprudencia y doctrina. Después de la investigación rigurosa llevada a cabo, se concluyó que el abogado Juan Doroteo Monroy Gálvez no es cómplice primario en el delito de colusión, ya que su conducta se encuentra conforme a derecho.
  • Thumbnail Image
    Item
    ¿Enemigas o hermanas? El rol de las emociones en el derecho y su lugar en el pensar como abogado en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-08-03) Roca Gonzales, Sebastián; Salazar Zimmermann, Alonso; Del Mastro Puccio, Fernando
    Esta investigación encuentra justificación en cuestionar una visión que históricamente ha predominado en el pensamiento jurídico-filosófico occidental: que la razón y las emociones son fuerzas opuestas e irreconciliables. Buscamos determinar qué rol cumplen las emociones en el derecho y si a partir de conocerlo podemos utilizarlas para mejorar no solo la práctica legal, sino también la enseñanza misma del derecho. Por ello, postulamos como hipótesis central de este trabajo no solo que las emociones deben ocupar un espacio dentro del mundo legal, sino que ya lo hacen. Al incorporarlas en la enseñanza legal lograremos enriquecer la práctica del derecho, modificando la metodología de enseñanza conocida como “pensar como abogado”. A través de esta se enseña a los alumnos una serie de herramientas lógicas y racionales que les servirán para resolver problemas jurídicos, pero dejando de lado aspectos igual de relevantes para el desarrollo de la profesión; uno de estos son las emociones. Por eso, esta tesis busca abordar y estudiar el derecho desde su aspecto teórico e ideal, y aunque se buscará concluir con una propuesta que armonice la relación entre las emociones y el derecho, no se trabajará a partir de un marco normativo específico. Las emociones no son negativas, irracionales e impredecibles, sino valoraciones del mundo que nos rodea y de nuestras experiencias en este. Constituyen un componente esencial y de ninguna manera segregable de la racionalidad, como la psicología y las neurociencias han llegado a demostrar. En tanto aspecto esencial de los seres humanos, las emociones permean el derecho, debiendo ser estudiadas y revalorizadas. Proponemos, por tanto, complementar el “pensar como abogado” con un componente adicional como el “sentir como abogado”, a través del cual se promueve el estudio de las emociones a fin de enriquecer las habilidades legales de estudiantes y abogados.
  • Thumbnail Image
    Item
    La incidencia de la derrotabilidad en la interpretación constitucional en el marco de los estados constitucionales
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-02-20) Quiroga Vizcarra, Miguel Angel; Gálvez Montero, José Francisco
    El objetivo principal de la tesis es descubrir hasta qué punto la característica de la derrotabilidad, presente en las normas jurídicas, influye en la labor de interpretación de las normas constitucionales que se hace en el marco de los Estados constitucionales. Para lograr este objetivo, en el primer capítulo se expone el desarrollo del Estado de derecho hasta llegar a los actuales Estados constitucionales, y se muestra cómo en estos se dan las condiciones efectivas para la acción de la moral en la aplicación e interpretación del Derecho (debido a que en ellos las normas constitucionales adquieren una real fuerza jurídica). En el segundo capítulo se explican las diferencias conceptuales y estructurales entre principios y reglas, así como las diversas formas de aplicación de los principios y las reglas, para lo cual se analizan comparativamente, en este punto, el método de la ponderación y el método de la subsunción. En la parte final del capítulo segundo se muestra que los principios se constituyen en la vía mediante la cual se introducen factores axiológicos en el Derecho. En el tercer capítulo se estudia exhaustivamente la característica de la derrotabilidad, tanto en los razonamientos cotidianos, la lógica y en el plano práctico; como en el ámbito jurídico. Seguidamente, el último capítulo está dedicado a explicar la incidencia de la derrotabilidad en la interpretación constitucional en el marco de los Estados constitucionales; para ello se analizan los aspectos generales relativos a la interpretación y se la compara con la argumentación jurídica. Concluye el capítulo indicando que las principales consecuencias que trae la derrotabilidad para la interpretación constitucional son, de un lado, la configuración de la interpretación como una actividad condicionada fuertemente por el factor axiológico o valorativo; y, de otro lado, la aparición de lagunas axiológicas. Se llega a la conclusión general de que la derrotabilidad de las normas jurídicas posibilita la introducción del factor valorativo en la interpretación de las normas constitucionales, lo cual trae como consecuencia que interpretaciones formalmente correctas, pero inadecuadas desde el punto de vista axiológico, sean consideradas como no propiamente respuestas normativas; lo que lleva a considerar que en estos casos existen en el sistema “lagunas axiológicas” (situaciones en las cuales existe una respuesta normativa, pero que se considera inadecuada o deficiente axiológicamente). Esta situación se ve potenciada de especialmente en los Estados constitucionales, ya que en ellos las disposiciones y principios constitucionales adquieren verdadera fuerza jurídica, lo que lleva a que haya un mayor ámbito para la introducción de la moral en la actividad de interpretación y aplicación de las normas.