Facultad de Derecho
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Item Informe jurídico sobre la Sentencia 310/2023 (Exp. Nº 03326-2017-PA/TC) : El otorgamiento de la concesión minera como un supuesto de afectación directa a los derechos de los pueblos indígenas: Análisis de la oportunidad de la consulta previa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Canales Ludeña, Arixa Tatiana; Castro Barnechea, Claudia LucíaEl presente análisis surge a partir de la demanda de amparo interpuesta por la Comunidad Campesina de Asacasi debido al otorgamiento de concesiones mineras dentro de su territorio sin que se haya efectuado previamente una consulta. En última instancia, esta fue declarada infundada por el Tribunal Constitucional, principalmente, porque se estimó que el mero otorgamiento de la concesión minera no conllevaba una afectación directa a los derechos de la referida comunidad. Por ende, no correspondía que el Estado Peruano realice la consulta antes de otorgar la concesión. En ese entender, a lo largo de este informe, se cuestionará dicha decisión, pues, es contraria a normativa y jurisprudencia internacional. Específicamente, se emplea aquello desarrollado en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Asimismo, se aplica lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la materia. Como consecuencia de la evaluación, este informe postula que, en el ordenamiento peruano, la concesión minera implica una afectación a la esfera jurídica de los derechos de los pueblos indígenas. Por ende, antes de su otorgamiento, es necesario que el Estado Peruano realice la consulta a los pueblos interesados.Item Informe jurídico sobre el Expediente N°00675- 2017-0-2701-JM-CI-01, Resolución N° 28(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-31) Levano Via, Ciomar Nicole; Peña Alegria, Pablo GuillermoLa Comunidad Nativa de Tres Islas experimentó alteraciones debido a actividades de tala y minería que se realizaban dentro de su territorio, lo que resultó en la degradación del medio ambiente y un aumento en la criminalidad. El problema principal en el fallo que se está analizando es si la decisión de la Corte Superior de anular los actos administrativos inconsultos infringe los derechos y garantías de los administrados. Los problemas secundarios incluyen la aplicabilidad de la consulta previa en Perú, los derechos colectivos de los pueblos indígenas que podrían haber sido afectados y los derechos de los administrados que podrían haber sido violados. Así como la proporcionalidad de la anulación de los actos administrativos. Se destaca el derecho en discusión es un derecho fundamental. Sin embargo, la decisión de la Corte Superior de anular los actos administrativos, protegiendo los derechos indígenas, también infringió los derechos y garantías de los administrados, sugiriendo la necesidad de equilibrio y consideración de mecanismos menos dañinos para abordar la omisión de la consulta previa.Item Potestad de los pueblos indígenas sobre los recursos naturales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015-09-16) Torres Sánchez, María D'Jalma; Yrigoyen Fajardo, Raquel ZoniaCon ocasión de mi visita al pueblo Kandozi, en Loreto en el 2010, conocí el problema de salud que viene sufriendo dicho pueblo con posterioridad a la llegada de terceros en su territorio, debido a las actividades extractivas de una empresa petrolera. El 90% del pueblo Kandozi viene sufriendo la enfermedad de Hepatitis B. Dicha enfermedad puede llevar a los Kandozi a la extinción. Esta situación me motivó a estudiar sobre los derechos de los pueblos indígenas. Más adelante, tuve la oportunidad de conocer el caso de las comunidades campesinas y rondas campesinas de las provincias de Celendín, HualgayocBambamarca y Cajamarca de la región Cajamarca, quienes se autoidentifican como descendientes de los pueblos indígenas Chachapoyas, Coremarcas, Caxamarcas y otros. Actualmente, el Estado busca imponer por la fuerza el megaproyecto minero Conga a tales pueblos. Dicho megaproyecto supone el secamiento de todo el sistema hídrico que constituye la base de la subsistencia social, económica y cultural de las comunidades y rondas mencionadas. La imposición de este megaproyecto por el Estado ha tenido como resultado, a la fecha, la muerte de cinco personas y un número indeterminado de heridos, teniendo entre sus víctimas mujeres, niños, niñas, ancianos y ancianas.