Facultad de Derecho
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Item Informe sobre Resolución No. 0398-2022/SPC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Reyes Cordova, Sofia Renata; Manzur Filomeno, Karin PaolaEl presente informe jurídico atiende a la necesidad de analizar la correcta aplicación al deber de inocuidad alimentaria según lo establecido en el Código de Protección al Consumidor. Es intención de la presente investigación analizar si la Resolución No. 0398-2022/SPC-INDECOPI hizo una correcta aplicación a los conceptos de inocuidad e idoneidad. De la misma forma, es objetivo del presente informe identificar el bien jurídico protegido en el deber de inocuidad alimentaria, así como establecer el alcance de la responsabilidad de los proveedores en ella. A partir de ello, se ha hecho una investigación jurisprudencias y doctrinaria para abordar los objetivos indicados. Como resultado, el presente trabajo señala que la aplicación del deber de inocuidad en los alimentos debe ser aplicada en virtud del criterio de especialidad a los casos en los que nos encontremos ante un producto alimenticio que pueda ser nocivo para la salud, por lo cual la Sala Especializada en Protección al Consumidor hizo una correcta aplicación de la norma, salvo por la resolución del caso en cuestión, según se indicará en el informe.Item Informe de relevancia jurídica de la Resolución 1492-2023/SPC-INDECOPI: Sue Uribe vs. Estudio Rodríguez Angobaldo S.A.C. y Enrique Varsi, por presuntas infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor durante la prestación de servicios legales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Sánchez Vargas, Karen Marilyn; Manzur Filomeno, Karin PaolaEl presente informe jurídico tiene por finalidad realizar un análisis sobre la Resolución Nº 1492-2023/SPC-INDECOPI, cuya controversia fue generada por supuestas infracciones al Código de Protección y Defensa del consumidor, durante la prestación de servicios legales prestados por el Estudio Rodríguez Angobaldo a la sra. Sue Uribe en los años 2017 al 2019. Desde una dimensión material, analizaremos la relación de consumo que se habría configurado entre el Estudio y la Sra. Uribe. Posteriormente, revisaremos el alcance de los deberes y derechos existentes entre las partes, y si estas actuaron de forma razonable y diligente, mediante la observancia del cumplimiento de los deberes de idoneidad y de información. Con respecto al primero, nos enfocaremos en las obligaciones prestadas en el cumplimiento de estos servicios, las cuales pueden ser de medios o de resultados. Desde la dimensión procesal, nos centraremos en determinar si debió operar o no la excepción de prescripción formulada por los demandados, así como en analizar el uso de la teoría de la cognoscibilidad objetiva, propuesta por la Sala, para calcular el inicio del cómputo de plazo de prescripción. Por otro lado, con respecto al deber de información, buscamos dilucidar si el pretender realizar cobros por un servicio que se pactó a título gratuito y de manera voluntaria constituye o no una infracción a dicho deber.Item El escaso desarrollo de las denominaciones de origen peruanas y la marca colectiva como posible alternativa en beneficio de los productores; a raíz del caso del Café de Jaén – San Ignacio(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-16) Adrianzén Francia, Christian Israel; Manzur Filomeno, Karin PaolaEn la actualidad, el Perú es un país que cuenta con diez denominaciones de origen reconocidas, que entre otros, protege a productos que representan bebidas alcohólicas, frutos, granos, cereales y artesanías. Ante esta situación, en esta investigación cuestionamos si ese número de productos declarados como dicho signo distintivo reflejan la diversidad natural y cultural de este país. Con la finalidad de responder esta incógnita, hemos escogido un producto que, a nuestro criterio, cumple con todos los requisitos para ser declarado una denominación de origen: el Café de Jaén - San Ignacio, en Cajamarca. Cabe resaltar que, a la par, consideraremos a la marca colectiva como posible alternativa de protección, toda vez que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi, viene implementando un Plan Nacional de registro gratuito de estos signos distintivos y a plazos bastante cortos. Es a raíz de estas dos alternativas que optaremos por elegir la mejor opción de protección en función a los mayores beneficios que puedan obtener los productores cafetaleros de las mencionadas provincias. En tal sentido, se analizará la normativa nacional e internacional vigente, así como diversos factores como son el de la asociatividad en el Perú y el estado de los Consejos Reguladores. Asimismo, realizamos un par de visitas a la zona en búsqueda de un mayor acercamiento al producto, a los actores y los retos que hoy viene enfrentando el café peruano. Por último, hemos visto conveniente tomar como referente un caso de éxito internacional, que es Café de Colombia, para identificar al final de esta investigación, qué estrategias podrían aplicarse con el café peruano en búsqueda de una mejor protección jurídica, promoción y posicionamientoItem Informe Académico sobre la Resolución N.º 2758-2019/SPC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-31) Ramirez Camana, Valeria Liz; Manzur Filomeno, Karin PaolaEl presente informe persigue el análisis de la Resolución N.º 2758-2019/SPCINDECOPI, respecto al desarrollo realizado por la autoridad en torno a la determinación de la figura jurídica de la “discriminación en el consumo” respecto del empleo de cartas diferenciadas como estrategia comercial de fidelización. Al respecto, la evaluación a realizarse se enfoca en torno a los derechos presuntamente afectados de las comensales del restaurante como el derecho a la igualdad, vinculado a la dignidad y prohibición de discriminación, y el derecho a la información relevante, por lo cual, se cuestiona si el acceso al conocimiento de los precios realmente se encontró imposibilitado para las comensales, toda vez que, dentro del escenario de un consumo responsable, se demuestra la existencia de otras formas o medios para su acceso e, inclusive, dicha situación podía ser corregida bajo una actuación diligente; asimismo, se destaca la particularidad de la experiencia de consumo brindada por el restaurante así como su notoriedad en el sector, motivo por el que, en atención a las actuales dinámicas comerciales, se plantea la existencia de una presunción razonable sobre un conocimiento previo en torno a un estándar de precios acerca de los servicios y productos brindados por el restaurante. Asimismo, se evalúa la idoneidad y razonabilidad de la multa impuesta, así como de las medidas correctivas ordenadas. Por lo que, en virtud de lo expuesto, se podrá verificar si la conducta se encuentra en infracción de la normativa señalada y, con ello, si el desarrollo de la Sala estuvo debidamente fundamentado.Item Informe jurídico sobre la Resolución 0030-2018/SDC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-09) Zamudio Pon, Nuria Roxana; Manzur Filomeno, Karin PaolaEl presente informe jurídico desarrolla el contenido de la Resolución 0030-2018/SDC INDECOPI, en el que América Móvil Perú S.A.C. interpone una denuncia contra Entel Perú S.A. por actos de competencia desleal principalmente en las modalidades de comparación indebida, engaño y denigración. De este modo, el tema central del trabajo es analizar la decisión de la Sala Especializada de Defensa de la Competencia respecto de la configuración del caso como publicidad comparativa, primordialmente, sobre el elemento de la alusión inequívoca hacia la empresa competidora; sin perjuicio del análisis posterior de otros elementos influyentes, tales como el mensaje desprendido de los anuncios televisivos, el porcentaje de participación en el mercado de las empresas de telefonía móvil, los votos discordantes y los pronunciamientos anteriores en casos similares por parte de la autoridad resolutiva. Asimismo, también se desarrolla el concepto de la exceptio veritatis como aquel que engloba los requisitos de licitud para la publicidad comparativa, o la publicidad alusiva en general. Adicionalmente, también se presenta el tema de actos de engaño, como supuesto normativo en el que la Sala debe identificar un determinado parámetro para determinar la objetividad de una afirmación y poder, posteriormente, realizar el análisis respecto del principio de veracidad. Finalmente, el último tema jurídico que desarrolla el presente informe está relacionado a la decisión de la Sala de declarar la nulidad de la imputación de cargos por actos de denigración, cuando la denuncia versa a la vez sobre comparación indebida; pues cuando prevalece el elemento comparativo, el órgano instructor tiene el deber de encajar las conductas en una determinada calificación jurídica.Item Resolución N° 0131-2020/SPC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-17) Reynaga Cordero, Lucy; Manzur Filomeno, Karin PaolaEl Código de Protección y Defensa del Consumidor regula el deber de inocuidad mediante el cual garantiza el derecho a los consumidores de consumir alimentos que no causen daños a su salud. Sin embargo, qué sucede cuándo este deber es infringido por los proveedores y ofertan en el mercado productos qué ponen en riesgo a la salud de los consumidores. El presente trabajo académico se propone analizar cómo la Sala Especializada de Protección al Consumidor a abordado el derecho que tienen los consumidores a ingerir alimentos libres de causar daños a la salud (deber de inocuidad), y el deber de los proveedores de ofrecer alimentos inocuos en el mercado. Para tal efecto, se recurrirá a un marco normativo como son el Código de Protección y Defensa del Consumidor, la Ley y Reglamento de Inocuidad de los Alimentos, así como a Resoluciones Administrativas emitidas por el Indecopi; y, a recientes fuentes doctrinarias. Todo ello con la finalidad de demostrar la importancia de la protección de brindar alimentos inocuos/seguros a los consumidores. Asimismo, exponer el rol de las autoridades competentes en la presente materia; y, exhibir que se configura como falta grave o muy grave la reincidencia en la falta del deber de inocuidad por parte los fabricantes.Item Informe Jurídico sobre la Resolución 0102-2020/SDC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-13) Castro Hidalgo, Maria Jose; Manzur Filomeno, Karin PaolaEn el presente informe se realiza un análisis jurídico de los argumentos y la decisión adoptada por la Sala de Defensa de la Competencia en la Resolución 0102-2020/SDCINDECOPI, correspondiente a la denuncia interpuesta por Mariel Stefany Reyes Castro en contra de Intradevco Industrial S.A por presuntamente haber cometido actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, a raíz de la difusión del anuncio publicitario contenido en el producto Aval, alcohol en gel. Este trabajo estudia el alcance y aplicación del principio de veracidad, el análisis de publicidad comercial en materia de actos de engaño y el deber de sustanciación previa contenidos en la Ley de Represión de la Competencia Desleal, a la luz de jurisprudencia y doctrina relevante. Asimismo, se examinan conceptos jurídicos como los principios de verdad material y celeridad y la proporcionalidad de las medidas correctivas atendiendo a la naturaleza de la publicidad. Finalmente, se plantean algunas recomendaciones dirigidas al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI respecto a la proporcionalidad de la medida correctiva y a las facultades de las que puede hacer uso la autoridad en materia de actos de engaño.