Facultad de Derecho
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Item La afectación del equilibrio económico a partir de los Costos Directos adicionales generados por causas ajenas al contratista a propósito del Caso Arbitral N°2728-2013-CCL(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-16) Carhuancho Rodríguez, Sergio Ever; Chocano Davis, Christian CesarEn el presente trabajo se analiza el Caso Arbitral N°2728-2013-CCL, correspondiente a la demanda formulada por el Consorcio Nueva Gambetta en contra del Gobierno Regional del Callao. En sede arbitral se discute cinco pretensiones, refiriéndose la cuarta pretensión al pago de mayores Costos Directos en el que se habría incurrido por la paralización y/o inactividad de equipos como consecuencia de la no entrega oportuna y libre de interferencias del terreno por causas no imputables al contratista. Bajo dicho problema, se analiza si la regulación de la Ley de Contrataciones y su Reglamento prevén alguna metodología para la cuantificación de los Costos Directos. Se considera ello de suma importancia, por un lado, debido a que en nuestro país los efectos de las ampliaciones de plazo generan un encarecimiento de las obras públicas para el Estado peruano. Por otro lado, se pretende no perjudicar económicamente al contratista salvaguardando principios como el equilibrio económico- financiero y el de equidad. Se concluye que, si bien la normativa no brinda una forma de cálculo sobre los Costos Directos, las decisiones de terceros deben de estar vinculadas en lo pactado por las partes, sea en el contrato, en las bases, o en su defecto, en los acuerdos tácitos de las partes contractuales.Item Las competencias del Fondo MIVIVIENDA S.A en el marco de los proyectos de vivienda de interés social promovidos por el Estado Peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-15) Reyes Vásquez, Mariana Victoria; Chocano Davis, Christian CesarEl presente informe aborda las competencias del Fondo MIVIVIENDA S.A en los proyectos de vivienda de interés social promovidos por el Estado Peruano a través del Ministerio de Vivienda, a partir de la constitución de fideicomisos inmobiliarios con la finalidad de atender proyectos Techo Propio con problemas de continuidad. El caso se desarrolla a raíz de la Demanda Arbitral por parte de una empresa promotora quien suscribió un contrato de fideicomiso con la citada entidad para culminar la ejecución de un proyecto de vivienda de interés social “Las Garzas”. En la Demanda Arbitral, entre otras pretensiones, la empresa exige al Fondo MIVIVIENDA S.A se constituya como “mejorador” a fin de aportar recursos para la construcción del proyecto. Para el análisis se debe considerar en primer lugar que el Programa Techo Propio es un programa de fomento de la actividad privada inmobiliaria, fue creado mediante Ley N° 27829 y su Reglamento fue aprobado por Decreto Supremo N° 13-2007-VIVIENDA. Su funcionamiento está regulado en los Reglamentos Operativos vigentes para acceder al Bono Familiar Habitacional en las diferentes modalidades. Por su parte, el Fondo MIVIVIENDA S.A, cuyo principal rol es la administración y operatividad del Programa Techo Propio fue creado mediante Ley N° 28579, Ley de Conversión del Fondo Hipotecario de la Vivienda a Fondo MIVIVIVENDA S.A., sus competencias se encuentran detalladas en su norma de creación y en el Estatuto Social del Fondo MIVIVIENDA S.A. De acuerdo a lo expuesto, del análisis del caso, se desprende la necesidad de que los roles de los actores que participen del Programa Techo Propio se encuentren adecuadamente definidos y se circunscriban a la normativa vigente con el objetivo de asegurar que el Bono Familiar Habitacional cumpla su finalidad. No resulta idóneo que, a efectos de buscar la continuidad de proyectos, se opten por alternativas que jurídicamente no son posibles.Item La procedencia del pago por la segunda entrega del producto papilla a la empresa CONSORCIO DE ALIMENTOS S.A.C. en el marco de la ejecución del Contrato N° 10-2012-MIDIS-PRONAA(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-15) Paucar Carbajo, Diana Alexandra; Chocano Davis, Christian CesarEn el presente informe, se analizará la procedencia del pago por la segunda entrega del producto papilla en el marco de la ejecución del Contrato N° 10-2012-MIDIS-PRONAA y su Primera Adenda, objeto de controversia en el proceso arbitral seguido entre la empresa Consorcio de Alimentos S.A.C. y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria. En esta oportunidad, se verificará si se cumplió con el procedimiento adecuado de recepción y conformidad y si las penalidades por mora y otras penalidades fueron aplicadas correctamente de acuerdo al mencionado contrato y la normativa de Contrataciones del Estado aplicable. Como conclusión, se determinó que el pago por la segunda entrega del mencionado producto no resulta procedente, pues no se cumple con los requisitos establecidos en el mencionado contrato y la normativa aplicable.