5. Segunda Especialidad

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    Extensión de los convenios colectivos de sindicatos minoritarios a trabajadores no afiliados a este ¿afectación a la sindicación?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Chinchay Valerio, Erika Cira; Paitán Martínez, Javier
    Mediante el presente trabajo académico se analiza la situación jurisprudencial emitida por el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema y el Tribunal de Fiscalización Laboral, este último es el órgano de última instancia administrativa en materia laboral, con relación a la extensión (unilateral o consensuado) de los convenios colectivos celebrados por un sindicato minoritarios a favor de trabajadores no afiliados a este, de los incrementos remunerativos convenidos. De este modo, previa evaluación y análisis de los criterios resolutivos de los órganos colegiados antes mencionados, así como de las instituciones fundamentales del derecho colectivo y data existente, este trabajo tiene como objeto corroborar si dicha extensión en beneficio de trabajadores no afiliados supone o no, una acción lesiva del derecho a la libertad sindical, esta última en su esfera de sindicalización y, de la autonomía colectiva cuya. Por último, se plantea una propuesta para que dicha extensión no conlleve a una vulneración de derechos fundamentales en las relaciones colectivas de trabajo, a través de reglas en las que esta conducta no suponga una afectación vedada por el ordenamiento vigente.
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    ¿Sindicato minoritario o club de amigos?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-10-04) Torres Soto, Laura Karina; Ojeda Quiroz, César David
    Este trabajo cuestiona la regulación legislativa de nuestro país respecto de la elección del sindicato más representativo (cuando tenemos más de un sindicato dentro del mismo ámbito), el mismo que –en un escenario de pluralidad sindicalsostenemos que limita el derecho a negociar colectivamente a los sindicatos minoritarios que compartan ámbito con el sindicato minoritario. Para llegar a esta conclusión comenzamos explicando el contenido esencial del derecho a la libertad sindical, el mismo que no involucra solamente la creación de organizaciones sindicales, sino también –para que este derecho tenga vida- que pueda realizar actividades como negociar colectivamente; caso contrario, estaríamos ante un club o una mera lista de trabajadores. Consideramos, por tanto, que existe una vulneración al derecho a la igualdad de los sindicatos minoritarios pues –como están las cosas- es una facultad del sindicato mayoritario incluirlos en la mesa de negociación. Siendo este el estado de la cuestión, se propone una lectura constitucional e incluso una modificación legislativa del artículo 9 del Texto único ordenado de la Ley de relacionales colectivas de trabajo, aprobado por el Decreto supremo 10- 2003-TR. Modificación que consideramos necesario para: (i) la participación “obligatoria” de los sindicatos minoritarios, (ii) la desaparición de sindicatos de ámbito, (iii) favorecer la unidad sindical.
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    Buscando la efectiva protección de los dirigentes sindicales: tránsito del fuero sindical regulado en el ordenamiento jurídico peruano al despido propuesta
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-26) Salas Salazar, Ralph Edgar; Paredes Palacios, Paul Gonzalo
    Mediante la presente investigación se pretende examinar si la regulación actual del fuero sindical en el ordenamiento jurídico peruano es un mecanismo idóneo para proteger a los dirigentes frente al despido o si es necesario establecer mayores niveles de tutela que permitan un ejercicio más efectivo de la acción sindical. Nuestro método de investigación parte por un análisis de la normatividad peruana del fuero sindical y su interpretación por parte de la doctrina y la Corte Suprema, además de las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical, para luego analizar las razones jurídicas que justificarían la regulación del despido propuesta. Finalmente, realizaremos una comparación de la normatividad nacional con el resto de Latinoamérica y formularemos una propuesta legislativa para regular el despido propuesta en Perú. Concluimos que la regulación del despido propuesta se justifica en la necesidad de garantizar un debido procedimiento, que incluya el deber de imparcialidad, y otorgar una tutela más elevada de la libertad sindical. Por otra parte, entre los países de Latinoamérica que adoptan el modelo de pluralismo sindical en sus relaciones colectivas, Perú es el único país de la región que no ha regulado el despido propuesta ni otros mecanismos compensatorios -como permitir que los dirigentes despedidos puedan participar en la comisión negociadora- para fortalecer el fuero sindical, lo cual es un hecho que debería llamar la atención para enmendar esta situación.
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    La escisión societaria en contraposición al ejercicio de la libertad sindical: Análisis bajo la óptica de los derechos fundamentales
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-29) Zucchetti Paredes, Paolo Giuseppe; Meléndez Trigoso, Willman César
    A través de la escisión societaria, una empresa puede transferir todo un bloque patrimonial (incluyendo trabajadores) hacia otra empresa. Este fenómeno que tiene efectos en las relaciones laborales individuales y colectivas, no cuenta con una legislación laboral que lo regule. Ante tal, aparente, incertidumbre; muchas afectaciones a la libertad sindical como producto de las escisiones empresariales han terminado discutiéndose (sin mucho éxito) en vía judicial. Evidenciándose que la principal tara al momento de abordar el problema se encuentra que el análisis se realiza a un nivel infraconstitucional, ignorando por completo, el contenido protegido por la libertad de empresa y la libertad sindical. Mediante el presente trabajo, ponemos en evidencia las diferentes restricciones que sufre la libertad sindical luego de una escisión, así como el deficiente análisis que se viene haciendo sobre esta problemática. Y finalmente, proponemos un modelo de análisis para estos casos y una posible solución en general, bajo la óptica de los derechos fundamentales.
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    Virtualidad y libertad sindical: Las implicancias del Decreto legislativo N° 1499 en los actos sindicales y el surgimiento del necesario rediseño Estatutario
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Zavaleta Guzmán, Javier Anthoni; Sarzo Tamayo, Víctor Renato
    En el presente trabajo académico hemos abordado las implicancias de la virtualidad sobre el ejercicio de la libertad sindical, partiendo de un contexto social donde la pandemia generada por la propagación del virus SARS CoV-2 (coronavirus) trajo desde el Estado por un lado, respuestas que restringían la interacción física masiva de los ciudadanos y por otro, respuestas que buscaban soluciones frente a las prohibiciones dadas, como el caso del Decreto legislativo N° 1499, norma que cumplió con la obligación Estatal de no interferencia al ejercicio de la libertad sindical, y demás generó un marco de promoción a la misma, así se concluyó en razón del análisis de dos caso concreto: i) procedimiento de huelga del Sindicato de trabajadores de Austral Group s.a.a y, el ii) proceso electoral para la elección de miembros de la junta directiva del Sindicato de trabajadores de la planta siderúrgica del Perú; ambos acasos llevados con éxito y bajo el amparo de la virtualidad habilitada por el Decreto legislativo N° 1499. El trabajo además de repasar bases teóricas de la libertad sindical de reglamentación, describiendo la naturaleza del Estatuto sindical y sus diversas expresiones como parte de la autonomía normativa sindical, aborda los problemas jurídicos generados a partir de la pérdida de la vigencia del marco normativo que habilitaba a la virtualidad en la ejecución de los actos propios del sindicato, confrontando ello con el desfase de los Estatutos sindicales y las sanciones de nulidad o anulabilidad. Finalmente, el trabajo concluye en el necesario rediseño estatutario para la integración de la virtualidad de manera permanente, bajo el ideal que es un factor que contribuye al fortalecimiento de la democracia interna y al propio derecho de la libertad sindical que con el trascurrir del tiempo encuentra nuevas formas de ejercicio, para tal fin se propone una cláusula modelo para integrar a la virtualidad en los actos propios del sindicato, además se integran diversas cláusulas que deberían ser modificadas en el Estatuto sindical para armonizar la implementación de la virtualidad de manera permanente.
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    El derecho de huelga de cara a los fenómenos de descentralización productiva
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-21) Siguas Hernández, Juan Daniel; Meléndez Trigoso, Willman César
    El uso cada vez más extendido de estrategias de descentralización productiva hace que se configuren estructuras empresariales bastante más complejas que la noción tradicional de empresa. A pesar del impacto que tienen estas nuevas realidades económicas sobre el desarrollo de las relaciones de trabajo, nuestro ordenamiento jurídico no brinda respuestas suficientes y adecuadas a los desafíos que estos nuevos paradigmas productivos plantean al ejercicio de los derechos laborales, incluyendo los derechos colectivos. En ese sentido, y teniendo en cuenta que nuestra regulación laboral poco o nada dice acerca del ejercicio del derecho de huelga en escenarios de descentralización productiva, en el presente trabajo analizamos si las estructuras empresariales que se configuran a partir de las técnicas de descentralización pueden llegar a ser ámbitos del derecho de huelga. Para ello, primero hacemos un repaso del tratamiento doctrinario y legal de los dos principales fenómenos de descentralización productiva que tienen lugar en nuestro país (las redes empresariales formadas a partir de la subcontratación y los grupos de empresas) y analizamos de qué manera ambos fenómenos impactan en el ejercicio de la libertad sindical y en la propia dinámica de los conflictos colectivos. Seguidamente, desarrollamos algunas nociones básicas relacionadas con el derecho de huelga, hasta llegar a abordar los fundamentos que, a nuestro entender, justifican la proyección de este derecho hacia los ámbitos complejos del grupo o la red. De este modo, concluimos que el grupo de empresa y la red empresarial pueden ser ámbitos del derecho de huelga, en aquellos casos en los que surjan conflictos colectivos en tales escenarios o cuando los trabajadores en conflicto están intensamente vinculados con la actividad productiva global que, más allá de barreras formales, se desarrolla en el conjunto del grupo o la red.
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    La libertad de expresión en las relaciones colectivas del trabajo y sus límites
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-02-27) Aguirre Huárez, Marino Nemesio; Sarzo Tamayo, Víctor Renato
    Ciertamente el estudio del ejercicio de los derechos inespecíficos en el centro del trabajo no han sido de los más numerosos, y cuando se han tratado, estos no han sido de la profundidad necesaria, más no por falta de ganas de los autores, sino por la poca casuística que existe al respecto, ello debido a, suponemos, la falta de conciencia de las propias partes de la relación laboral sobre la validez y eficacia de los derechos del ciudadano dentro de la relación laboral, como pueden ser, la intimidad, el honor, la imagen entre otros. Más aún, la relación de los derechos inespecíficos y los específicos en la relación laboral, como son la libertad de expresión e información y la libertad sindical se encuentra en un ámbito aún de penumbras, más aún en la aplicación de una técnica que permita determinar el válido ejercicio de dichos derechos por cada una de las partes en la relación laboral, en forma especial, dentro de las relaciones colectivas de trabajo. El presente trabajo parte por hacer hincapié en la aún vigente importancia de la libertad de expresión e información en nuestra sociedad, sobre todo como acicate para el desarrollo de los derechos de los ciudadanos en una sociedad democrática, y cómo la relación del trabajo también se encuentra impregnada de dicha necesidad; puesto que esta relación jurídica no se encuentra ajena al desarrollo tiempo histórico de la sociedad, sino que, forma parte de ella. Es en dicho contexto, donde uno de los conflictos cotidianos es la relación colectiva de trabajo. Precisamente pretendemos abordar el ejercicio de la libertad de expresión e información como necesarios para el ejercicio de la libertad sindical, la cual tiene sentido en la relación laboral, y advertir las características que toma sea cuando lo ejercen la organización sindical o los trabajadores y, por otro lado, el empleador; en este último caso, teniendo en consideración la prohibición de cometer actos antisindicales, o específicamente, los denominados de injerencia patronal.
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    Las formas de contratación laboral en el Perú como una consecuencia de la flexibilización laboral y su incidencia en el derecho de libertad sindical
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-03-11) Cruzado Cachi, Alberto Renato; Campana Zegarra, David José
    El presente trabajo se ciñe en un análisis crítico de las formas de contratación laboral que en la actualidad se suscitan en las relaciones de trabajo, como consecuencia del proceso de flexibilización laboral, a efecto de evaluar su incidencia o impacto en el ejercicio de la libertad sindical, esto a raíz de la situación precaria en la que muchos trabajadores se encuentran en el actual mundo globalizado en que vivimos, el mismo que ha dado paso no sólo al incremento de contratos modales, sino también a contratos a tiempo parcial, así como la contratación de trabajadores en el desarrollo de una descentralización productiva, en donde las empresas principales buscan mejorar su productividad y competitividad en el mercado laboral, lo cual conlleva a que el derecho de libertad sindical se encuentre inactivo, en tanto las formas de contratación laboral no permite su ejercicio efectivo. En esa línea, la investigación permitirá concluir por un lado que el proceso de flexibilización que hubo en el Perú, teniendo una incidencia directa sobre la contratación de trabajadores, a lo largo de los años, ha producido un impacto negativo en el ejercicio de la libertad sindical; sin embargo, por otro lado, se propone a este derecho laboral colectivo como el instrumento idóneo para efectivizar el ejercicio de los derechos fundamentales laborales y la obtención del trabajo decente en tiempos de flexibilización laboral, a fin de erradicar la precarización de los trabajadores por el uso indiscriminado de las formas actuales de contratación en el Perú por parte de los empleadores, y de esta manera garantizar su protección, así como la obtención del trabajo decente, lo que apunta a que todo trabajador goce en una relación laboral.
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    La calificación de confianza y su exclusión legal expresa de la aplicación de los convenios colectivos de trabajo
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-02-14) Vargas Maldonado, Jorge Luis; Boza Pró, Guillermo Martín
    El objetivo del presente trabajo es analizar, si la justificación que se desarrolla en doctrina para excluir a los trabajadores de confianza del ámbito de aplicación de los convenios colectivos es sustentable, realizando un examen sobre la validez de la exclusión a nivel constitucional y de normas internacionales de trabajo. Adicionalmente se realizará un análisis sobre los distintos pronunciamientos emitidos en las diferentes sedes (administrativa, judicial e internacional) concluyendo finalmente si esta limitación constituye una vulneración al derecho a la libertad sindical y negociación colectiva. En esa linea, nuestro objetivo fue verificar la hipotesis aplicando una metodología exegética que permita identificar la correcta interpretación de la normativa laboral de la materia, con la finalidad de identificar el deber ser como regla aplicable. Sin bien es cierto se trata de una técnica clásica y tradicional, esta permite realizar un análisis macro de las normas y principios aplicables, con la finalidad de poder comprobar si la hipótesis es correcta. Finalmente se llegó a la conclusion de que realizando una interpretación sistemática de la LRCT, Constitución y convenios OIT ratificados por el Perú nos lleva a concluir que la restricción precisada por el artículo 42 de la LRCT quedaría superada por lo regulado en el articulo 12 de la misma norma, por lo que cuando el estatuto de la organización sindical contempla expresamente la posibilidad de que los trabajadores de confianza se afilien, deberían tener acceso también a los convenios colectivos.
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    Casación laboral No. 2864-2009-Lima
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-02-14) Valdivia Romero, Luis Manuel; Ulloa Millares, Daniel
    El presente trabajo de investigación busca analizar todos los aspectos relevantes de la extensión de beneficios de convenio colectivo suscrito por sindicato minoritario a trabajadores no afiliados al ente colectivo, a partir de la primera sentencia de la Corte Suprema de Justicia que consolidó un criterio afirmativo, que podría vulnerar sendos derechos fundamentales (libertad sindical e igualdad) y constituir una aplicación o interpretación incorrecta de la normativa socio laboral.