Facultad de Derecho
Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/8340
Browse
1332 results
Search Results
Item Regulación responsiva: un antídoto contra la discrecionalidad en las penalidades distintas a la penalidad por mora en la contratación pública(Pontificia Universidad Católica del Perú) Maguiña Saavedra, Walter Martín; Villavicencio Benites, Luis FernandoEl trabajo analiza las deficiencias en la regulación de penalidades en las contrataciones públicas en el Perú, centrándose en la aplicación de sanciones distintas a la penalidad por mora. Estas penalidades, reguladas por el artículo 163° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, generan conflictos debido a su discrecionalidad y falta de claridad. La imposición rígida de sanciones fomenta litigiosidad, desconfianza y afecta la eficiencia en la ejecución de obras públicas. Ante ello, se propone implementar la regulación responsiva, un modelo adaptativo que combina medidas persuasivas y sancionadoras según el comportamiento del contratista. Este enfoque promueve la corrección de incumplimientos de manera proporcional, evitando sanciones automáticas y fomentando el diálogo entre el Estado y los contratistas. La regulación responsiva facilita una gestión eficiente de los recursos públicos, reduce costos administrativos y refuerza principios de buen gobierno, como la transparencia y la equidad. Además, permite diferenciar entre incumplimientos leves y graves, aplicando sanciones solo cuando sea necesario. Esta propuesta contribuiría a optimizar los procesos de contratación, fortalecer la confianza en las instituciones y garantizar una ejecución oportuna y eficiente de proyectos públicos. En conclusión, la regulación responsiva se presenta como una alternativa innovadora para transformar las penalidades en mecanismos justos y efectivos, alineados con los intereses del Estado y la sociedad.Item ¿Quién decide cuando el Estado cumple rol subsidiario?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Paladines Weiss, Victor Friederich; Bardales Mendoza, Enrique RosendoEl problema principal de esta investigación se centra en determinar la necesidad de que el Estado peruano, a través de INDECOPI, emita un informe previo o consultivo al pretender la creación de alguna empresa pública. Ello con el fin de asegurar que dichas intervenciones respeten el principio constitucional de subsidiariedad, consagrado en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú. Este principio establece que el Estado unicamente puede desarrollar actividades empresariales de manera subsidiaria, es decir, solo cuando cuando se detemine la categoría de interés público o alta conveniencia nacional, que justifique su intervención en aquellos sectores donde la libre iniciativa privada no ha demostrado poder operar eficientemente. Siguiendo esta linea, debemos recordar que sin un mecanismo de control preventivo adecuado, el Estado podría competir injustamente con empresas privadas, generando distorsiones en el mercado y afectando injustificadamente la libre competencia. Así mismo, es importante señalar que los principales instrumentos normativos empleados en esta investigación son el artículo 60 de la Constitución del Perú y el Decreto Legislativo 1044 (Ley de Represión de la Competencia Desleal), los que en suma otorgan al INDECOPI la facultad de supervisar la competencia y evaluar si aquellas actividades empresariales que el Estado decida desarrollar, respetan el principio de subsidiariedad. Finalmente, tras la presente investigación, hemos podido concluir que establecer como requisito fundamental un informe previo o consultivo del INDECOPI es esencial para garantizar que la intervención estatal esté debidamente justificada y no afecte la eficiencia competitiva. Asimismo, demos destacar la propuesta de que el INDECOPI sea reconocido como un Organismo Constitucionalmente Autónomo, ell fundamentado en fortalecer su rol preventivo e independencia en la regulación de la competencia, evitando así que el Estado actúe en detrimento de la libre inciativa privada y la eficiencia competitiva.Item La necesidad de la inclusión de los enfoques de derechos humanos, interculturalidad y discapacidad en las políticas públicas: Análisis de PRONABEC(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Aldave León, María de Fátima Arete; Galicia Vidal, SauloLa educación constituye un derecho fundamental habilitador para los ciudadanos. El Estado, en su rol de garante de estos derechos, debe emprender diversas políticas públicas capaces de incidir efectivamente en la problemática identificada en el sector. En nuestro país, la educación inclusiva aún se debe enfrentar a distintos desafíos, especialmente en el marco de la equidad y accesibilidad para las poblaciones vulnerables. En ese sentido, el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC) constituye una política clave para la promoción del acceso a la educación superior de calidad. Sin embargo, tanto su diseño como su implementación carece de los enfoques necesarios al tratarse de políticas públicas, tales como el enfoque de discapacidad, de derechos humanos y de interculturalidad. Solo considerando los elementos de dichos enfoques se podrá incidir de una manera eficiente en la población objetiva. El presente trabajo busca analizar los avances de PRONABEC e identificar los aspectos que requieren un fortalecimiento y mayor atención por parte del Estado. Ello a su vez podrá ser considerado para otras políticas públicas del sector. De esta manera, las recomendaciones halladas en este análisis no solo podrán constituir un aporte a la optimización del desempeño de PRONABEC, sino como insumos para el diseño y mejora de otras iniciativas. Finalmente, el presente trabajo busca destacar la relevancia de una actuación pública inclusiva, capaz de lograr el bienestar general y trabajando por la inclusión de las poblaciones vulnerables.Item Revisión y propuestas de modificación al Reglamento sobre los llamados a revisión (Recall): Hacia una comunicación adaptada al contexto digital(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Oyarse Muñoz, Amy Rocio; Solórzano Solórzano, Raúl RoyEste artículo analiza el Decreto Supremo N° 050-2016-PCM, Reglamento que establece el procedimiento de comunicación de advertencias y alertas de los riesgos no previstos de productos o servicios colocados en el mercado que afecten la salud y/o seguridad de los consumidores, que – a pesar de haber sido promulgado en 2016 – no ha sido actualizado, lo que plantea la necesidad de adaptar sus disposiciones a la transformación digital de los hábitos de consumo. A través de una evaluación crítica, destacamos la falta de un orden de prioridad claro de los medios de comunicación que los proveedores deben utilizar para informar sobre recalls, lo que podría limitar el alcance de las campañas de recall. En particular, la exclusión de los medios digitales (como las redes sociales, por ejemplo) que deben ser priorizados frente a los medios tradicionales (televisión, radio y prensa escrita), ya que reflejan mejor los patrones actuales de consumo de información de los peruanos. En este trabajo proponemos una modificación del artículo 12 del Reglamento, estableciendo un orden de prioridad de medios de comunicación más adecuada al contexto digital, de manera que los proveedores puedan lograr una difusión más efectiva de los recalls. Además, se resalta la importancia de un plazo mínimo razonable para las campañas publicitarias y la necesidad de contar con medios probatorios para demostrar el cumplimiento de la normativa. Finalmente, se sugiere que las modificaciones propuestas garanticen el cumplimiento del deber de información, maximizando el alcance de las medidas correctivas a través de una comunicación más eficiente a los consumidores y adaptada a las nuevas realidades del mercado.Item Cigarrillos Electrónicos: El poder de la publicidad comercial y un nuevo horizonte normativo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Moya Vera, Erika Solange; Solórzano Solórzano, Raúl RoyEl presente trabajo académico aborda la influencia de la publicidad comercial en la percepción y expansión del mercado de cigarrillos electrónicos en el Perú. A partir de un análisis integral, se identifican vacíos normativos en la regulación de estos productos, enfatizando su impacto en la salud pública y en consumidores pertenecientes a la población joven del país. Se evalúan estrategias publicitarias en canales tradicionales, modernos y digitales, destacando cómo estas fomentan el consumo y minimizan la percepción de riesgo. Además, se comparan marcos regulatorios internacionales, proponiendo medidas normativas específicas para el Perú que incluyan restricciones publicitarias y etiquetados con advertencias claras. Para así poder brindar una propuesta normativa adecuada para nuestro país que pueda cubrir integralmente la regulación de los cigarrillos electrónicos que pueda llegar a ser implementada de manera adecuada, reduciendo así la promoción y venta de estos productos nocivos para la salud.Item La nulidad de oficio en el Derecho Administrativo peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Miguel Benitez, Juan Ernesto; Francia Acuña, Laura IsabelEl presente trabajo tiene como finalidad el estudio y análisis de la institución de la nulidad de oficio en el derecho administrativo peruano. Para ello, se llevará a cabo un análisis de la relación de esta con los principios de legalidad, y predictibilidad y confianza legítima. Asimismo, se explicará cómo la Administración, haciendo uso de su potestad de autotutela, puede anular actos administrativos con vicios trascendentes con la finalidad de garantizar el respeto a los principios antes mencionados. De igual modo, se abordará también los límites y condiciones que posee este procedimiento de revisión de oficio que sirve como garantía para los derechos de los administrados y la estabilidad de los actos emitidos. La investigación examinará, además, el derecho de los ciudadanos a formular denuncias informativas como un mecanismo complementario para incentivar la actuación de la Administración. En base a este derecho, los administrados podrán, en base a su deber de colaboración, advertir a las entidades de la Administración Pública sobre vicios trascendentes que afectan a los actos emitidos por ellas, impulsando de este modo a la Administración a iniciar el procedimiento de revisiones de oficio cuando corresponde. Para ello, es necesario comprender las diferencias que posee la nulidad de oficio y los otros mecanismos de revisión administrativa, como la rectificación de errores y la revocación, enfatizando la necesidad de que cada uno se aplique según sus criterios específicos. Finalmente, las denuncias informativas se presentan como mecanismos que ayudan a contribuir en la eficacia de los actos administrativo permitiendo el fortalecimiento de la confianza en la Administración.Item El deber de idoneidad de las entidades bancarias de generar alertas ante operaciones por un monto mayor al máximo de una transacción anterior(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Durán Salcedo, Kiara Miluska; Prieto Hormaza, Armando RafaelEn un caso de operaciones no reconocidas, se debe verificar que la entidad bancaria cumplió con adoptar las medidas de seguridad aplicables respecto a tales transacciones. Entre dichas medidas se encuentra la obligación del Banco de identificar, mediante su sistema de monitoreo, qué operaciones no corresponden al patrón de consumo del usuario. Para ello, se debe considerar el histórico de operaciones del cliente y analizar si correspondía que alguna de las operaciones genere una alerta en el sistema a efectos de evitar transacciones inusuales posteriores.Item El interés superior de niños y niñas que acompañan a sus madres privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios peruanos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Huamani Chavez, María Isabel; Constantino Caycho, Renato AntonioActualmente y según el INPE, 136 menores de edad se encuentran en un establecimiento penitenciario acompañando a sus madres recluidas. La razón es la aplicación del artículo 113 del Código de Ejecución Penal Peruano que señala que un niño o niña solo hasta los tres años de edad podrá permanecer junto a su madre recluida en un centro penal penitenciario. A partir de este escenario normativo, se identifica que tal separación menoscaba el interés superior del niño, principio rector de la Convención sobre los Derechos de Niño, en tanto que se lesiona su derecho a la vida familiar, derecho a dar su opinión en relación a su edad y madurez, y su derecho a su crianza. La situación se agrava cuando se identifica que un niño que acompaña a su madre en un establecimiento penitenciario disminuye sus indicadores de pobreza en contraste con la realidad sin el cuidado parental. Por ello se propone que el acto jurídico de la separación debe ser mediante una resolución judicial en la que el juez/a motive debidamente que a partir de los 3 años de edad se otorgue un plazo razonable de separación entre el menor y su madre, de acuerdo a circunstancias específicas, desde una perspectiva de derechos humanos, de cada niño o niña.Item ¿El rotulado puede tener naturaleza publicitaria?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) De La Torre Morales, Nicole Valeria; Panta Campos, Felipe OswaldoEste artículo analiza el concepto de rotulado y su relación con la publicidad, con el objetivo de determinar si algunos elementos del rotulado pueden tener una naturaleza publicitaria. Se explorarán las diferencias entre ambos conceptos y cómo la manera de presentación de ciertas partes del rotulado pueden generar que sean consideradas publicidad.Item La constitucionalidad de la revisión de oficio de concentraciones empresariales en el marco de la Ley Nº 31112, Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-03-17) Marchand Rivera, Adrián Emilio; Sánchez Povis, Lucio AndrésEl presente trabajo de investigación analiza la constitucionalidad de la potestad de revisión de oficio de operaciones de concentración incorporada en la nueva ley de concentraciones empresariales peruana, Ley 31112, así como en su reglamento respectivo. En una primera sección se expondrán los principales argumentos doctrinarios acerca de la constitucionalidad de la incorporación de la actuación de oficio de la autoridad de competencia peruana frente a concentraciones que no superen los umbrales para el control previo. En una segunda sección se analizarán críticamente los argumentos identificados, entre los cuales destacan la vulneración al principio de jerarquía normativa a través de la incorporación reglamentaria de una nueva potestad no establecida en la Ley 31112, la afectación al derecho de propiedad y libertad contractual, y el riesgo de la influencia de factores exógenos en la aplicación de esta facultad por parte de la autoridad de competencia peruana. En una tercera sección se brindará un análisis sobre esta nueva evolución del régimen de control de concentraciones peruano, complementado con la revisión de la experiencia comparada, con el objetivo de determinar si la incorporación de la revisión de oficio modifica el establecido régimen de control previo en nuestro ordenamiento hacia uno que incorpore el control posterior general. Finalmente, en las principales conclusiones de esta investigación se afirmará que la incorporación de la actuación de oficio posterior frente a concentraciones que no superen el umbral mínimo no implica una vulneración al principio de jerarquía, y que se mantiene la vigencia del régimen de control previo.