Facultad de Derecho
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Item A propósito de la sobrerregulación municipal en el Perú: el análisis de calidad regulatoria como potencia solución(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Arriola Grande, Gonzalo Daniel; Boyer Carrera, Janeyri ElizabethEl presente trabajo de investigación busca analizar la problemática que constituye el fenómeno de la sobrerregulación municipal en el Perú. Se parte de la hipótesis de que las municipales distritales y provinciales de nuestro país son los principales promotores del excesivo marco regulatorio que somete a los agentes económicos del mercado. Este tema resulta sumamente relevante en tanto esta tendencia sobrerregulatoria de los gobiernos locales contradice lo dispuesto por la Constitución Política del Perú de 1993 que prioriza la libre iniciativa privada y la libre competencia con el fin de facilitar el ingreso y subsistencia en el mercado de sus participantes, razón por la cual el marco regulatorio debería simplificarse y hasta reducirse dentro de lo posible. Se concluye que si bien el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) se muestra como una herramienta bastante efectiva frente a un escenario como el que constituye la sobrerregulación, consideramos que su principal desventaja radica en que se trata de un control ex post, razón por la cual planteamos y recomendamos como una herramienta complementaria el Análisis de Calidad Regulatoria, demostrando que dicho control no supondría una vulneración a la garantía constitucional-institucional de la autonomía municipal.Item A propósito de los pronunciamientos del INDECOPI respecto al artículo 17 del Reglamento SOAT, ¿protección a la víctima o incentivo para la no contratación?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Yuyes Garcia, Mariell Alicia; Pazos Hayashida, Javier MihailEn el presente trabajo de investigación académico se realiza un análisis de la actuación del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual respecto a la interpretación realizada sobre el párrafo final del artículo 17 del Decreto Supremo N° 024-2002-MTC – Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, con relación a la presunta obligación asignada a las Compañías de Seguros de realizar el pago de las coberturas del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (en adelante, SOAT) a favor de los ocupantes de un vehículo no asegurado que resulten lesionados o fallecidos producto de un accidente de tránsito. En base a ello, partiendo de la revisión de conceptos básicos de la normativa de seguros y de seguros obligatorios y los principios que informan al sector, pasamos a cuestionar la necesidad y rigurosidad de la interpretación realizada por el INDECOPI, considerando que no ha existido un debate respecto a si en este supuesto específico nos encontramos o no ante una relación de consumo indirecta y, por ende, si correspondía la aplicación del Principio Pro Consumidor. Finalmente, luego de revisar el tratamiento que se le da a este supuesto en algunos países de la región y en España, proponemos una alternativa de solución que nos permite hallar un punto de encuentro entre los intereses del sector asegurador y los de la sociedad en su conjunto.Item A propósito del deber de prevención, protección del trabajador frente a los accidentes derivados de actividades riesgosas : Garantías mínimas del SCTR a cargo de la EPS(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-02-27) Diaz Zavalaga, Franco Yosue; Ospina Salinas, Estela EncarnaciónEn nuestro país surge una situación de incertidumbre referente a la cobertura del SCTR, ya que artículo 2.3º de las Normas Técnicas no considera ciertas contingencias como accidentes de trabajo. Por lo expuesto, se cuestiona el contenido normativo de las Normas Técnicas del SCTR, debido a que ostenta ambigüedades y permite que las EPS no cumplan con la finalidad preventiva y compensatoria del SCTR. En tal sentido, la facultad de calificar unilateralmente si una contingencia se configura como un accidente de trabajo permite que la EPS pueda negar las prestaciones al trabajador y encasille la contigencia dentro de los supuestos de exoneración del artículo 2.3º del D.S. 003-98-SA. Lo referido provoca que los afiliados al SCTR no sean acreedores a las coberturas por parte de este Seguro Complementario al Seguro Social Regular, por lo que ha de cuestionarse si el SCTR atiende al deber de protección empresarial y si se enmarca dentro de los principios establecidos por la Seguridad Social. Por lo señalado, la investigación busca responder lo siguiente: 1. En virtud del deber de preventivo ¿Ostentan las Entidades prestadoras del SCTR una responsabilidad objetiva? 2. A propósito de la presunción de responsabilidad, ¿Es admisible trasladar al trabajador la carga de iniciar un procedimiento contencioso a fin de que las garantías mínimas le sean reconocidas? 3. ¿Cumple el SCTR con un auténtico deber de protección acorde a los principios de la Seguridad Social? Se concluye que las atribuciones de calificación y exclusión del accidente de trabajo por parte de. las EPS generan la vulneración de derechos del trabajador. En suma, el SCTR no confiere un deber preventivo a las EPS, tal como consta en el artículo 13º y la EPS ni la normativa del SCTR operan conforme a la Constitución y las normas nacionales e internacionales sobre la materia.Item A propósito del nuevo Programa de Cumplimiento en materia de Protección al Consumidor: ¿Qué impacto ha tenido en el sector empresarial financiero y conexos?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-12-16) Piaggio Vizcarra, Alessandra Reina Victoria; Moscol Salinas, Alejandro MartínEl presente trabajo se enfoca en analizar el programa de cumplimiento en materia de protección al consumidor, circunscrito al sector financiero y conexos, desde la autorregulación empresarial; además, de tomar en consideración, la importancia del Compliance como buena práctica corporativa. En ese sentido, se plasma como objetivo, determinar el impacto que ha tenido el programa de cumplimiento en materia de protección al consumidor, en el sector económico mencionado, ya que, su adecuada implementación, sirve como atenuante frente a la posible imposición de multas, por parte del Indecopi. Para ello, se partirá por explicar las nociones básicas del Compliance, y de la autorregulación como mecanismo voluntario, por parte de las empresas, de autosometerse a reglas determinadas. Dichos conceptos, se enmarcan en la normativa referente a la protección al consumidor en el sistema financiero. Seguidamente, se propone, además de los documentos requeridos por la norma, la realización de una matriz de riesgo y el establecimiento de controles internos para la ejecución del programa de cumplimiento, producto del análisis de varias Resoluciones del Indecopi, que permiteron identificar los lineamientos y parámetros establecidos por la autoridad competente, sobre el sector económico desarrollado. Ello, sin dejar de abordar lo límites normativos y de ejecución que aún enfrenta el programa de cumplimiento en materia de protección al consumidor. Finalmente, tomando como referencia las premisas desarrolladas, se logra evidenciar que, a pesar del beneficio adyacente al programa de cumplimiento estudiado, éste no ha tenido un gran impacto en el sector financiero y conexos, debido a que aún no hay claridad en los criterios de evaluación del programa cumplimiento por parte del Indecopi, según la jurisprudencia desarrollada en el trabajo.Item ¿A quién deberíamos proteger cuándo se produce el traslado automático de gravámenes a las partidas resultantes de la división y partición, al acreedor o a los ex copropietarios?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-04) Gonzalo Uribe, Almendra Lizeth; Ortiz Pasco, Jorge Antonio MartínEl presente artículo desarrolla un análisis del segundo precedente de observancia obligatoria contenido en el Pleno XVII publicado el día 23 de mayo del año 2006. Por un lado, en el primer capítulo de la investigación describimos y analizamos la copropiedad como derecho real; en ese sentido, realizamos la distinción con otras especies que integran el género comunidad, esto debido a que la copropiedad es una especie dentro del género (la comunidad se caracteriza porque existen dos o más sujetos con titularidad compartida). Asimismo, analizamos que la naturaleza jurídica de la copropiedad proviene de la comunidad romana y a su vez se detallaron las características principales de la copropiedad, como también los derechos que adquieren los copropietarios una vez iniciado el régimen de copropiedad (uso del bien común, disfrute, disposición, reivindicación y retracto). Por otro lado, el segundo capítulo se centró en el análisis de los fundamentos que utiliza el Tribunal Registral para crear el mencionado precedente de observancia obligatoria, asimismo también se analizan las resoluciones N° 133-2002-SUNARP-TR-L y la N°262-2006-SUNARP-TR-L, dichas resoluciones contienen criterios que sumaron para que el Tribunal decidiera por el mencionado precedente. Posteriormente, se realiza la diferenciación entre carga y gravamen, ello debido a que el precedente solo hace mención a gravámenes y no cargas. Finalmente también resulta importante conocer que este precedente genera desprotección a los ex copropietarios que no gravaron su cuota ideal, frente a la protección que sí se otorga a los acreedores del copropietario que gravó su cuota ideal con anterioridad a la división y particiónItem A un año de la aplicación de la nueva ley de control de concentraciones(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-19) Lara Bravo, Alvaro Augusto; Sánchez Povis, Lucio AndrésEl Perú cuenta con un control de concentraciones aplicable a todos los sectores económicos el cual entró en vigencia en junio del año 2021. Esto significó un cambio en la actuación del Indecopi ya que previamente el régimen de control de concentraciones era aplicable únicamente al sector eléctrico. El presente trabajo tiene por finalidad desarrollar brevemente las características del nuevo régimen de control de concentraciones peruano, la necesidad de contar con un régimen de este tipo, las principales características del régimen de control de concentraciones de Chile, Colombia y México y por últimos los principales casos a los cuales se les ha aplicado este nuevo régimen.Item Abordando la discriminación y el trato ilícito diferenciado en el marco de una relación de consumo: un análisis del cambio de criterio del Indecopi sobre esta materia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-03) Rodriguez Rondoy, Norma Denytza; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEl cambio de criterio del Indecopi en relación con la discriminación en el consumo y el trato ilícito adquiere una importancia significativa en el contexto de la protección del consumidor y la promoción de prácticas comerciales éticas y justas en nuestro país. Este cambio de perspectiva es una transformación esencial en la forma en que se abordan las prácticas discriminatorias y el trato ilícito en una sociedad en constante evolución. Antes del cambio de criterio, se mantenía una distinción implícita entre la discriminación en el consumo y el trato ilícito diferenciado. Esta distinción se basaba en la interpretación del artículo 38 de la Ley 29571 que prohibía ambas prácticas. Sin embargo, esta separación generaba confusión y complicaciones en los procedimientos legales debido a diferencias en la interpretación de la ley. El 24 de julio de 2019, todo cambió con la emisión de la Resolución Nº 2025-2019/SPC-INDECOPI. Esta resolución postuló que la discriminación en el consumo era la única conducta infractora, eliminando la categoría del trato diferenciado ilícito. Según esta nueva interpretación, cualquier trato desigual no justificado objetivamente se considera un acto discriminatorio, independientemente de la causa que origine esta diferencia. Este cambio de perspectiva ha influido en decisiones posteriores del Indecopi, manteniendo una uniformidad de criterio y aplicando esta nueva interpretación. Como resultado, se ha redefinido la manera en que se abordan estas cuestiones, promoviendo un enfoque más claro y contundente en la protección de los derechos de los consumidores y la promoción de prácticas comerciales éticas en el Perú.Item Acceso a la seguridad social para trabajadores autónomos y del sector de la economía informal.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-04-10) Blancas Chauca, Oscar Rafael; García Landaburo, Maria KatiaEn el presente artículo se pretende analizar y evaluar ciertas deficiencias e incongruencias en el acceso a la seguridad social en salud para los trabajadores no asalariados, independientes, y del denominado sector de la economía informal, el artículo trata además sobre una breve evolución normativa de este derecho en el contexto nacional, las cifras actuales del trabajo no asalariado, sus problemas normativos y la crítica al actual sistema de seguridad social en salud.Item Acceso a una subvención para las parejas del mismo sexo en función a la actividad de fomento de la Administración Pública(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-22) Sotelo Bermudez, Maria Elena; Boyer Carrera, Janeyri ElizabethEn el presente trabajo se exponen los argumentos jurídicos que sirven de base para permitir la introducción paulatina de directrices para el otorgamiento de subvenciones de viudez a las parejas del mismo sexo, en virtud a la promoción de la actividad de fomento, como marco de una ayuda hacia personas en estado de necesidad que cumplan con ciertos requisitos que hagan posible su regulación. Dichas personas podrían ser consideradas beneficiarias dada la naturaleza igualitaria que deben tener los administrados. Para solucionar dicha problemática planteamos como objetivo principal otorgar subvenciones a las parejas del mismo sexo por el fallecimiento del conviviente en el marco de la actividad de fomento del Estado. Esta investigación encuentra su justificación porque actualmente a las parejas del mismo sexo les es denegado el acceso a beneficios de índole económico y social, como heredar o tener acceso a un seguro social, sin considerarse el núcleo duro del derecho a la pensión en su vertiente de acceso y no ser privado de ella bajo medidas de discriminación, más aún cuando existe la protección de los derechos humanos de todas las personas, en concordancia con los Tratados Internacionales de los que el Perú es miembro, resultando factible que a través de medidas benéficas se pueda priorizar su atención por parte del Estado, a fin de satisfacer una necesidad de interés general. La autora en el devenir de la investigación plantea una sucinta introducción, seguida del marco jurídico extranjero donde se regula el acceso a pensiones de viudez/viudedad a personas del mismo sexo, bajo los parámetros de una normativa establecida, en comparación a nuestro marco nacional que únicamente contiene peticiones administrativas a parejas heterosexuales, que en algunos casos resulta procedente y en otros no, en virtud a los cumplimientos de la normativa. Con este estudio se sostiene la posibilidad de otorgar una subvención a las parejas del mismo sexo que pierden a su conviviente, dado que bajo la inexistencia de marco normativo no pueden gozar de una pensión, pero como dicha situación involucra a una parte de la sociedad se convierte en un problema de interés público que debe ser atendida por el Estado, con el otorgamiento de ayudas –denomínese beneficios -en el marco del respeto al principio de legalidad. Luego de realizado el análisis, desarrollaremos nuestra hipótesis con el abordaje de la legislación comparada de algunos países y en el marco que se le otorga a la promoción de la actividad de fomento en nuestro país. En España, por ejemplo, se promociona una cultura de expansión de pensamiento e inclusión por parte de las autoridades estatales de la citada actividad, a fin de no restringir de modo alguno los derechos de una persona, a partir de su orientación sexual. Finalmente, presentamos nuestras conclusiones, siendo una de las principales que, ante la doctrina comparada existente en favor del otorgamiento de pensiones a parejas del mismo sexo y el reconocimiento del principio de igualdad y no discriminación, el Estado peruano podría enfocar dicha problemática como un rol que solamente ejercería la Administración Pública en aras de su papel como protector de la ciudadanía, logrando que el fomento a través de la entrega dineraria (subvención) pueda ser el mecanismo que coadyuve a enfrentar el estado de necesidad en el que se puedan encontrar dichas personas y por otro lado, se logra la satisfacción de un interés particular (del beneficiado) y de un colectivo (el universo de parejas del mismo sexo en dicha situación), logrando un impacto positivo y resultados favorables para regular esta situación que a la fecha carece de normativa.Item Acerca de la Resolución N°078-2016/CLC-INDECOPI, Caso Farmacias del Perú. Análisis sobre la posibilidad de atribuir responsabilidad administrativa respecto a los laboratorios farmacéuticos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-16) Márquez Rojas, Pedro Alejandro; Sánchez Povis, Lucio AndrésEl presente trabajo analiza la problemática suscitada a partir del procedimiento administrativo sancionador contra Albis S.A., Boticas y Salud S.A.C., Botica Torres de Limatambo S.A.C., Farmacias Peruana S.A., Eckerd Perú S.A., Mifarma S.A.C. y Nortfarma S.A.C, por la comisión de prácticas colusorias horizontales, en la modalidad de fijación concertada de precios de venta, a nivel nacional, en el periodo 2008-2009. Para ello, se ha hecho uso de instituciones propias del Derecho Administrativo, así como de otras ramas del Derecho, como el Derecho Constitucional, con la finalidad de determinar si era posible la atribución de responsabilidad administrativa a los laboratorios farmacéuticos, como agentes económicos intervinientes en la fijación concertada de precios. Por lo mismo, el análisis ha tenido énfasis en la posibilidad de (i) imputar la comisión de prácticas colusorias verticales y (ii) la concurrencia con medidas correctivas. Posteriormente, los resultados de la investigación permiten constatar: en primer lugar, que, en efecto, era factible atribuir responsabilidad a los laboratorios farmacéuticos como participes de una conducta anticompetitiva. En segundo lugar, que la imputación idónea debió ser de “prácticas colusorias verticales”, en lugar de prácticas colusorias horizontales. En tercer lugar, que era admisible la concurrencia de una sanción y medidas correctivas, tanto para las cadenas de farmacias como para los laboratorios, siempre que se hayan garantizado los principios de tipicidad, razonabilidad y proporcionalidad.Item La actividad de fiscalización en el ámbito del transporte acuático marítimo. Los casos del transporte turístico y las actividades de exploración y explotación costa afuera(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-17) Tineo Santiago, César Humberto; Villegas Vega, Paul NicolásEl sector del transporte se caracteriza por tener una vasta regulación en sus distintas modalidades. Por tanto, resulta evidente que la actividad de fiscalización tiene un papel fundamental, a fin de conocer el estado de cumplimiento de los deberes, prohibiciones y limitaciones a los que están sometidos los particulares en el marco de una actividad en concreto. Sin embargo, es necesario señalar que en el transporte acuático existe una imperceptible actividad de fiscalización, lo que llama poderosamente la atención al estar en juego la seguridad de la vida humana en el transporte, como el hecho de que existan actividades autorizadas que no tienen prestablecido un procedimiento administrativo y aun con ello, son autorizadas por la referida entidad. En base a ello, mediante la presente investigación buscamos dar respuesta a los problemas que dan lugar a que en el transporte acuático peruano no exista una adecuada gestión del riesgo permitido. La concreción de dicho cometido se realiza a través del análisis del marco jurídico general y especial del transporte acuático y las obligaciones que en él se disponen con respecto a la fiscalización, como responsabilidad de las autoridades competentes. Asimismo, se hace un análisis particular de los dos casos seleccionados del transporte acuático (transporte turístico acuático y actividades offshore), a fin de sustentar las contingencias trascendentes que determinan la no existencia en la actualidad (desde el 2018) de una adecuada gestión del riesgo en dicho sector mediante la actividad de fiscalización. Por lo demás, se evidencia que otros aspectos del transporte acuático tienen íntima relación con el problema central que decidimos abordar. Así, se hace mención a la reorganización administrativa del MTC, ocurrida en el 2018, la aplicación de las modificaciones del TUO de la LPAG en favor del administrado con respecto a sus títulos habilitantes y la alta informalidad existente en el sector, como factores que inciden directamente con nuestro problema central.Item La actividad de fomento en el mercado de transporte aéreo peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-01) Vega Talledo, Andrea Belen; Deza Sandoval, Tommy RickerEl presente trabajo ha sido elaborado en atención a las distintas formas de intervención del Estado en la economía y principalmente está enfocado en el desarrollo de la técnica de fomento en el mercado de transporte aéreo peruano. Al respecto, el Programa de Promoción y Fomento de la oferta Privada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es una manifestación de la técnica de fomento de la Administración Pública y tiene como objetivo el desarrollo de esta actividad en zonas aisladas que no cuentan con suficiente oferta privada, de manera que otorga incentivos para que los privados desarrollen esta actividad en las referidas zonas. En el trabajo académico se abordan, a su vez, la intervención del Estado en este mercado a través de la actividad empresarial y los vuelos de acción cívica, siendo que establece la diferencia con los vuelos subsidiados. En ese sentido, el Principio de Buena Administración debe funcionar como guía para asegurar la toma de decisiones de calidad relacionadas a la elección de una determinada forma de intervención en el mercado de transporte aéreo peruano, asegurando satisfacer las necesidades básicas de sectores que no cuentan con las posibilidades geográficas, sociales y económicas para acceder a servicios básicos.Item La actividad probatoria recogida en el proceso contencioso administrativo y su relación con la vulneración del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Coronado Yabar, Johana Verónica; Zegarra Valdivia, Diego HernandoEl presente trabajo se titula “La actividad probatoria recogida en el proceso contencioso administrativo y su relación con la vulneración del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva”, el cual tiene como justificación teórica analizar la figura jurídica de la restricción del derecho probatorio del accionante en el Proceso Contencioso Administrativo para postular una reforma legislativa. Para tal efecto se ha preguntado ¿Cuál es la relación entre la restricción de la actividad probatoria recogida en el Proceso Contencioso Administrativo y la vulneración al derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva?, teniendo como Objetivo General establecer el grado de relación entre la restricción de la actividad probatoria recogida en el Proceso Contencioso Administrativo y la vulneración al derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, mediante el análisis de resoluciones judiciales y encuestas a los operadores jurídicos. El método utilizado en el trabajo es no experimental, ya que no se manipularon variables, asimismo, es transeccional, en tanto, la investigación se desarrolla en un solo momento. De lo analizado, se obtuvo como respuestas que más del 75% de operadores intervinientes (Jueces, Fiscales y Abogados especialistas en Derecho Contencioso Administrativo) coinciden, en términos generales, que la restricción de la actividad probatoria recogida en el Proceso Contencioso Administrativo influye significativamente en la vulneración del derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva. Finalmente, se concluye que efectivamente la restricción de la actividad probatoria recogida en el Proceso Contencioso Administrativo influye significativamente en la vulneración al derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, esto es, en la obtención de una sentencia justa y motivada, fruto de todo el aporte probatorio que tiene tanto el justiciable como la administración, y asimismo, que resulta contradictorio que la norma contencioso administrativa restringa la actividad probatoria del accionante bajo criterios de aplicación del principio de oportunidad y preclusión, más aún si el proceso contencioso administrativo ya no es considerado un proceso de mera revisión de la legalidad del acto sino una de plena jurisdicción.Item Actividades mineras con impactos transfronterizos: el caso de la Mina Pucamarca en la región fronteriza entre el Perú y Chile en el marco de los instrumentos de gestión ambiental y el derecho ambiental internacional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-27) De las Casas Díaz, César Augusto; Aldana Durán, Martha InésEl incremento de las actividades mineras en el Perú y el mundo se ha producido de modo acelerado en las últimas décadas, como resultado de la dinámica de la economía mundial y el surgimiento de nuevos actores económicos globales como China. Esas actividades se han extendido hasta las líneas de frontera, siendo motivo de preocupación por los eventuales riesgos que dichas operaciones implican y por los impactos y daños que podrían tener en el bienestar de las personas y el ambiente en el territorio del otro país. Por ese motivo, hacemos un análisis de la decisión adoptada en el caso entre Costa Rica y Nicaragua por la Corte Internacional de Justicia y la Opinión Consultiva emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a pedido de Colombia, a la luz de cuyos criterios analizamos el caso del proyecto minero Pucamarca y la necesidad de ampliar el alcance de los instrumentos de gestión ambiental a las actividades de frontera e impactos en el territorio del otro país.Item El acto jurídico de mandato sin representación y la vigencia de su uso en sede notarial, así como su acceso al Registro Público(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-26) Goldez Cortijo, Moises Jose; Chahud Cosío, Daniel KarimEl presente artículo jurídico se refiere al acto jurídico denominado por el Código Civil peruano de 1984 como ¨Mandato sin Representación¨, regulado en el artículo 1809 de la citada norma legal de la siguiente manera: ¨El mandatario que actúa en nombre propio adquiere los derechos y asume las obligaciones derivados de los actos que celebra en interés y por cuenta del mandante, aun cuando los terceros hayan tenido conocimiento del mandato.¨ Esta figura jurídica presenta distintas aristas, que van desde su configuración de origen hasta aquellas vinculadas al quehacer registral, tales como su inscripción en el registro de mandatos y poderes de los Registros Públicos, así como sus eventuales escenarios de incumplimiento y de ejecución satisfactoria del mandato. El presente documento buscará evaluar si la referida figura jurídica tiene un uso activo en la actualidad a nivel peruano, mediante consultas a las principales Notarías de Lima y a algunas de los departamentos del interior del país. Asimismo, se realizará la compulsa respectiva a efectos de determinar cuántos actos de Mandato sin Representación se han inscrito durante los años 2020 a 2021 y si dicho número es representativo para el escenario jurídico peruano. Una vez obtenida esta data, resultará pertinente analizar si existe una razón de técnica normativa o de defecto en las consecuencias del acto que produzcan que la figura jurídica materia de comentario esté siendo sub-utilizada. Las posibles razones para ello pueden ir desde el desconocimiento de la comunidad jurídica (abogados y notarios) referentes a sus características o que el Mandato Sin representación, a la fecha, no constituye un acto práctico que lleve a las partes a la consecución de sus intereses en el mercado.Item Los actos de ejecución contractual como actos administrativos en la normativa de contratación pública peruana(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-11) Aparcana Siccha, Carolina Yasmin; Moscol Salinas, Alejandro MartínEn el presente artículo, la autora ha desarrollado un análisis de la actual normativa sobre contrataciones públicas (Ley No. 30225), incluyendo sus predecesoras (Ley No. 26850 y Decreto Legislativo No. 1017), a fin de determinar si el legislador ha otorgado la calidad de acto administrativo a las decisiones de las entidades de la Administración Pública sobre la ejecución de los contratos suscritos con privados. Asimismo, realiza un recuento de tres (3) normas extranjeras sobre contratación pública, las cuales presentarán respectivamente particularidades desde la presencia o no de una definición de contrato administrativo hasta disposiciones en las que se hará referencia expresa a actos administrativos respecto a distintas decisiones emitidas durante el proceso de contratación administrativa; es decir, durante la etapa precontractual (proceso de selección) y la de ejecución contractual. Finalmente, profundiza en el análisis sobre la naturaleza de las decisiones de ejecución contractual, haciendo referencia a las posturas del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE y de los árbitros encargados de resolver las controversias sobre contrataciones públicas, concluyendo que tales manifestaciones son actos administrativos, por lo que las disposiciones contenidas en la Ley de Procedimiento Administrativo General resultan aplicables, lo que a su vez significará un mecanismo de control sobre las actuaciones de las entidades contratantes a favor del contratista o proveedorItem Los actos de violencia sexual cometidos intra-filas en perjuicio de integrantes adultos de los grupos o fuerzas armadas, calificados como crímenes de guerra(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Quiñones Galindo, Yolanda Isabel; Reyes Milk, Michelle ElisaSi bien la violencia sexual ya se encuentra regulada dentro de las jurisdicciones penales ordinarias como un grave delito, su ocurrencia durante los conflictos armados, dentro de las filas de los grupos y fuerzas armadas, presenta desafíos específicos para su clasificación como crímenes de guerra. Ello en tanto, históricamente, se ha considerado que los sujetos pasivos de estos crímenes son personas protegidas por el DIH, excluyendo a los miembros de grupos y fuerzas armadas. En ese sentido, el presente trabajo de investigación aborda la posibilidad de calificar expresamente a los actos de violencia sexual cometidos intra-filas en perjuicio de integrantes adultos de los grupos o fuerzas armadas como crímenes de guerra. Para ello, en la primera sección, se expondrá la evolución del criterio jurisprudencial en la calificación de los delitos cometidos intra-filas. En la segunda sección, se analizará el desafío de clasificar como crímenes de guerra los actos de violencia sexual intra-filas dirigidos a integrantes adultos de grupos o fuerzas armadas, examinando la tradicional categorización de persona protegida y sujeto pasivo en el DIH y el DPI. El trabajo concluirá explorando la posibilidad de extender la calificación de crímenes de guerra a estos actos, aplicando un enfoque interseccional, y justificando la necesidad de reconocer explícitamente la violencia sexual intra-filas contra adultos como crímenes de guerra en el marco del DPI.Item Actos y efectos contractuales existentes en cuanto a defectos u omisiones de la formula polinómica o de reajuste en el régimen general de la contratación pública – Ley N° 30225 y su reglamento(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-24) Infantes Arbildo, Nils Denis; Sánchez Povis, Lucio AndrésLos contratos de ejecución de obras públicas son el mayor componente dentro del marco de la ley de contrataciones con el Estado, sabido es que el paso de tiempo suele generar marcadas distancias entre el monto consignado en el expediente técnico de obra y el obtenido como resultado de la liquidación de obra, ante ello tanto la ingeniería como el derecho no han sido esquivos a tal realidad, pues el marco general establece el uso de las denominadas formulas polinómicas o de reajuste de precios, las cuales son de obligatoria inclusión, y más aún, una vez establecidas no pueden ser materia de modificación, ya que serina una clara expresión del principio de equidad o equilibrio económico financiero. Por otro lado, dentro de la ejecución contractual la Entidad tiene el ejercicio de las denominadas prerrogativas exorbitantes y el contratista tiene como un acto contractual de obligatorio cumplimiento, ya en ejecución de obra, el emitir el informe de revisión del expediente técnico de obra, ultima oportunidad para establecer defectos u otros del expediente técnico que tengan incidencia en la ejecución de la obra. En este contexto el presente trabajo buscara analizar y entrecruzar las variables descritas para establecer que las fórmulas polinómicas o de reajuste de precios pueden y deben ser incluidas o modificadas, independientemente del marco normativo que impide su modificación y sin importar que el afectado sea la Entidad o el contratista, pues estas son una primera expresión del principio de equidad, principio que buscaría concretizar la finalidad publica con una obra de calidad.Item Una adecuada organización de los órganos jurisdiccionales en la justicia constitucional desde los principios del buen gobierno para mejorar el amparo en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-08) Dueñas Perez, Roy Alberto; Castro Barriga, Carlos David AlbertoLa Garantía Constitucional del Amparo es un proceso especial que se distingue de los procesos ordinarios por ser rápido, sencillo y eficaz, cuya finalidad no solo es la restitución de un derecho individual vulnerado, sino también la interpretación y perfeccionamiento de la Constitución; en ese sentido, pese a su importancia, también se encuentra afectado por los problemas de los que adolece el Sistema de Justicia en la actualidad, inconvenientes que ya fueron detectados hace varios años, pero que no encuentran solución, no por la inacción o falta de interés en ellos, sino por la falta de un correcto dimensionamiento del problema y lo que ello implica, es por eso que creo necesario realizar un análisis desde los principios de Buen Gobierno para comprender su correcto significado, pues entiendo que el Buen Gobierno nos dará luces en este camino lúgubre desde los problemas del Sistema de Justicia, hasta las valores fundamentales que sirven de base a nuestro Estado. Una vez entendido ello, propongo alternativas como la implementación de organismos destinados a impulsar el empoderamiento de las personas y con ello su participación activa, para afianzar el valor del capital social y con ello el principio de participación; la destinación de mayores recursos a la justicia constitucional debido a su naturaleza especial y de urgencia; mayor capacitación de jueces y personal asignado a cada órgano jurisdiccional, generando a su vez una conciencia de identidad con el Sistema de Justicia, así como cumplir con el reto de reducir el problema de los jueces provisionales y supernumerarios, generando calidad en la labor de los actores involucrados en el Sistema de Justicia.Item Los adicionales de obra mayores al 15% del monto del contrato y su implicancia en el sistema normativo peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-14) Valera Nuñez, Andrea Jamileth; Martin Tirado, Richard JamesEl presente trabajo busca analizar la naturaleza de las prestaciones adicionales de obra en un contrato de ejecución de obra bajo la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y aquellas implicancias que, hasta la fecha, han sido determinantes para su obtención. A través de la presente investigación podremos cuestionar si el motivo real por el cual la Contraloría General de la República interviene en la autorización de adicionales que superan cierto monto contractual es, efectivamente el cuidado del tesoro público. Además, evaluaremos aquellas consecuencias que trae consigo el adicional de obra una vez que ya ha sido aprobado, tanto como en el marco de ejecución del contrato, así como en el marco del procedimiento administrativo en sí mismo en caso una de las partes involucradas no se encuentre conforme con la decisión de la Contraloría al momento de expedir su pronunciamiento respectivo sobre el adicional en cuestión.