Derecho de la Empresa
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Item Implementación del modelo de prevención anticorrupción en las empresas que contraten con el estado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-12) Vega Pauyac, Max Harold; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEl presente trabajo tiene por finalidad proponer la creación de un sistema mixto para la implementación del modelo de prevención o compliance anticorrupción. Como se verá a lo largo de la investigación, el Perú tiene un serio problema de corrupción, sobre todo, en el sector de construcción de obras públicas en infraestructura. La corrupción detectada no está asociada a las normas actuales en materia de contrataciones estatales, sino a los operadores en esas contrataciones, dentro de las cuales las empresas privadas juegan un papel importante. Ante este hecho, una posible solución sería la exigencia de implementar el compliance anticorrupción para aquellas empresas que contratasen con el Estado para la construcción de obras públicas bajo la modalidad de licitaciones. Dicha implementación sería voluntaria para todas las demás, pero teniendo siempre presente los beneficios que esta conllevaría.Item Garantía del derecho a la reparación en el marco de normas contenidas en el código de protección y defensa del consumidor(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-12) Rodriguez Castillo, Karen Milagros; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEl Tribunal Constitucional reconoce a favor de los consumidores el derecho a la reparación, lo hace al interpretar el artículo 65 de la Constitución, sustentando una pluralidad de principios, dentro de los que se encuentra el restitutio in integrum. Principio que debe ser entendido como el restablecimiento de la situación anterior a la comisión de una infracción, lo que no siempre es posible, por ello la indemnización juega un rol de trascendente importancia. Se puede manifestar entonces que el derecho en mención está garantizado en un contexto en el que se da viabilidad a ambos supuestos, lo que no es factible a través del procedimiento administrativo sancionador, que posibilita se orden únicamente medidas correctivas para resarcir consecuencias patrimoniales directas e inmediatas. Esta situación, queda evidenciada en resoluciones que emite la Sala Especializada en Protección al Consumidor, si se toma en cuenta que las infracciones que dan sostenibilidad a lo resuelto, trascienden las consecuencias mencionadas, sin que el INDECOPI pueda ir más allá. A ello se debe agregar que el arbitraje de consumo, tal como está planteado, no permite la garantía del derecho a la reparación. Al ser voluntario se genera un punto de quiebre en la aceptación del proveedor a someterse al mismo, frente a la solicitud del consumidor u optar por la adhesión. Agrava esta situación que se deja en consideración de los proveedores el establecimiento del monto máximo por concepto de indemnización, incluso determinar los conceptos. Además, se excluye la indemnización por daño moral. Y si bien, la vía judicial está pensada en la indemnización, existen barreras relacionadas a la competencia que no lo hacen viable. En efecto, cuando se trata de procesos de indemnización se da prevalencia a la competencia por la materia. Lo que implica que los jueces de paz letrado se pueden pronunciar únicamente en casos que provienen de accidentes de tránsito. Frente a ello, están los jueces civiles que declaran improcedentes las demandas presentadas por razón de la cuantía, ya sea en el marco de un proceso sumarísimo o abreviado. En este contexto, queda únicamente expedito el proceso de conocimiento, que es lato y oneroso, para que se pueda solicitar una indemnización, pese a que el valor de lo pretendido sea incluso menor a 50 URP. Por ello, la solución encuentra cabida en la ampliación de la competencia de los juzgados de paz letrado.Item Implementación del proceso de consulta previa para los contratos de licencia de hidrocarburos firmados después de la entrada en vigencia del convenio 169 de la OIT en el ordenamiento jurídico peruano y antes de la promulgación de la legislación nacional sobre consulta previa en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-10) Sáenz Delgado, Alfredo David; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEl presente trabajo aborda la problemática existente en el Perú que surgió a partir de febrero de 1995, en que el Convenio N° 169 se incorporó a su legislación. Ello, por cuanto numerosos proyectos hidrocarburíferos fueron adjudicados desde dicha fecha hasta mediados de 2011, en que el Estado peruano promulgó la primera norma relacionada con la implementación del derecho a la consulta previa, habiendo transcurrido un extenso periodo de dieciséis (16) años, al que hemos denominado “gris”, dentro del cual, la aplicación de la consulta previa en dichos proyectos permaneció en un estado de incertidumbre. Así, para resolver dicha incertidumbre, armonizando el derecho a la consulta con la seguridad jurídica de la que gozan los proyectos adjudicados en el “periodo gris”, hemos partido del estudio de los fundamentos conceptuales y antecedentes históricos relevantes del Derecho a la Consulta Previa y de la manera en que éste se insertó en el ordenamiento peruano, en el marco de una economía de mercado, sustentada en los enormes réditos de la industria extractiva. Asimismo, elaboramos los criterios para evaluar el cumplimiento del Convenio 169 en el “periodo gris” y de qué forma se debe entender el principio de flexibilidad. Para ello, hemos efectuado un estudio exhaustivo de la jurisprudencia nacional, doctrina doméstica, la legislación peruana y la jurisprudencia internacional, que nos permitió entender la insuficiencia de desarrollo a nivel local y, por tanto, la necesidad de acudir a los criterios de jurisprudencia internacional para desarrollar la propuesta de adecuación que presentamos, respecto de las actividades efectuadas en el “periodo gris”. En ese sentido, formulamos un procedimiento riguroso, en virtud del cual se podrá identificar qué proyectos se encuentran afectados por la incertidumbre del “periodo gris”, y así proceder con la validación y adecuación de los mismos bajo el Convenio 169.Item Nuevas Estrategias para la promoción de la Responsabilidad Social Empresarial en las pequeñas y micro empresas, a través de la implementación de factores de evaluación en las Contrataciones Públicas en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-12-14) Zorrilla Garay, Gladys Vanessa; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoLa motivación del presente documento parte de un contexto social adverso entre empresa y estado, producto de los últimos acontecimientos de corrupción revelados, así como la grave situación de informalidad empresarial y laboral que evidencian una limitada cultura de Responsabilidad Social Empresarial en las empresas en el Perú. Es así que, el problema que se propone solucionar es la falta de promoción de RSE en la micro y pequeñas empresas proveedoras del Estado. Para lograr ello se postula como hipótesis el uso del factor de evaluación de Responsabilidad Social Empresarial en los procesos de contrataciones públicas para provocar una gestión socialmente responsable en las micro y pequeñas empresas sin vulnerar el principio de libre concurrencia y el principio de competencia que deben regir en las contrataciones públicas, sino más bien esta propuesta armoniza con los principios de la economía social de mercado y políticas públicas impulsadas por el Estado, buscando garantizar un equilibrio en el sistema político, económico y social. La investigación tiene como objetivo evidenciar las causas principales de la falta de promoción de RSE en las mypes proveedoras del estado, la visión rudimentaria del Estado respecto la RSE que se configura en el actual diseño de los factores de sostenibilidad social y ambiental, así como también propondrá no solo el factor RSE sino la forma de verificación de dicho factor a través del Registro de Empresas Socialmente Responsables. El resultado esperado es incrementar la gestión socialmente responsable en las mypes utilizando el “Factor de RSE” y demostrar que no existe limitación legal alguna para promover RSE en las mypes en el Perú. La investigación se sustenta en teoría hasta la fecha desarrollada en materia de contrataciones y responsabilidad social, normatividad, doctrina, documentos internacionales, así como el trabajo práctico realizado a lo largo de los últimos años.