Derecho de la Empresa

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    La responsabilidad de los directores por las decisiones de negocio y la necesidad de implementar la figura del business judgment rule en la Ley General de Sociedades
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-03-16) Quispe Neira, Kristhian Gerónimo; Auler Soto, Guilhermo Alceu
    Los directores empresariales son aquellas personas designadas por la junta de accionistas para que tomen las riendas de la empresa, por lo que las decisiones que ejecuten son de suma importancia, ya que podrían definir el éxito o fracaso empresarial. Nuestra Ley General de Sociedades (“LGS”) establece que los directores deben desempeñar sus funciones con la diligencia de un ordenado comerciante y de un representante leal; así como también que los directores serán responsables en caso de dolo, abuso de facultades o negligencia grave. Ahora bien, bajo dichas premisas es donde se tiene que ubicar a las decisiones de negocio. La LGS no hace distinción alguna para los casos en los cuales los directores actuaron de buena fe, se informaron debidamente y siguieron el procedimiento correspondiente, pero que aun así generaron pérdidas a la empresa; con aquellos supuestos donde los directores incumplieron con sus deberes y obligaciones, actuando negligentemente al momento de adoptar un acuerdo, por lo que en ambos supuestos los directores sí podrían ser juzgados por un tercero, juez o árbitro, quien evaluará de forma retrospectiva una decisión empresarial y determinará la existencia de responsabilidad. La figura del Business Judgment Rule (“BJR”) es una figura jurídica que nace del problema expuesto, con la finalidad de ser un escudo protector para los directores que actuaron de buena fe y en cumplimiento de sus deberes y obligaciones. Actualmente el BJR no se encuentra recogido en nuestra normativa, lo cual genera una indefensión por parte de los directores ante reclamos por negligencia grave por las decisiones de negocio que hayan podido adoptar. En ese sentido, el presente trabajo busca desarrollar la figura del BJR y demostrar la necesidad de su incorporación en el ordenamiento jurídico peruano.
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    La pérdida de la pluralidad de los socios por más de seis meses : efectos y consecuencias jurídicas
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-12-18) Parco Cusipuma, Sandy Patricia; Auler Soto, Guilhermo Alceu
    El presente trabajo de investigación busca determinar los efectos y consecuencias jurídicas que surgen de la declaración de disolución de pleno derecho de una sociedad que ha perdido la pluralidad de socios por más de seis meses; determinando si es posible o no la utilización de la figura de la regularización en dicho caso. Pues como sabemos en nuestra normativa peruana y en la propia Ley General de Sociedades no existe una regulación que nos señale cuáles son los procedimientos que deben seguir las sociedades que incurren en dicha problemática, confundiéndose muchas veces que dicha declaración de disolución significa una automática e irreversible liquidación y extinción de la sociedad. En ese sentido, hemos estudiado lo que la doctrina nacional, comparada y en especial la jurisprudencia desarrollada en la práctica societaria peruana han señalado respecto al tema de la presente investigación. Como consecuencia de ello, se ha podido determinar que las sociedades que incurran en disolución de pleno derecho luego de que hayan perdido la pluralidad de socios por más de seis meses si pueden optar por la regularización como una alternativa productiva, económica y sobre todo práctica para solucionar la referida problemática, pues tanto en el ámbito doctrinario y jurisprudencial no se ha determinado ninguna limitación jurídica para que ello se produzca de tal manera, por el contrario hemos podido vislumbrar diversas maneras que la legislación comparada y la propia jurisprudencia han presentado como solución a la problemática de las sociedades que son declaradas disueltas de pleno derecho por la causal de falta de pluralidad de socios