Derecho Internacional Económico

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    La exclusión de los bonos de la reforma agraria del ámbito de cobertura de la definición de inversión comprendida en el APC Perú-Estados Unidos: a propósito de la demanda interpuesta por Gramercy contra la República de Perú ante el CIADI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-14) Urteaga Lezama, Percy Andree; Rivas Plata Saldarriaga, Vanessa del Carmen
    El Perú a la fecha ha suscrito diversos Acuerdos Internacionales de Inversión, incluyendo Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) y Capítulos de Inversión en el marco de Tratados de Libre Comercio (TLC), siendo uno de los más relevantes el Acuerdo de Promoción Comercial que suscribió con Estados Unidos en el año 2006. Según el Preámbulo de este Tratado, la finalidad de las partes es promover un desarrollo económico integral, asegurando un marco jurídico previsible para los negocios e inversiones, asegurando que no se otorgue a los inversionistas extranjeros derechos más amplios en relación a los inversionistas nacionales de cada parte firmante. En base a ello, es que en el año 2016, la compañía Gramercy Funds Management L.L.C. y Gramercy Perú Holdings L.L.C. presentaron una Notificación de Arbitraje contra la República del Perú en el CIADI, argumentando que los bonos de la reforma agraria constituía una inversión cubierta por el Acuerdo de Promoción Comercial celebrado entre Perú y Estados Unidos. Considerando esto, se realiza el presente trabajo, en el cual tomando como referencia a los elementos que integran el Test Salini (contribución de dinero u otros bienes, duración, el riesgo y contribución al desarrollo del Estado receptor de la inversión), se ha llegado a la conclusión que dichos bonos quedan excluidos del ámbito de cobertura de la definición de inversión comprendida en el Acuerdo de Promoción Comercial celebrado entre Perú y Estados Unidos.
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    “La contribución al desarrollo económico como elemento para la determinación de la competencia material de los tribunales arbitrales del CIADI : interpretaciones y perspectivas de solución”
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-10-31) Cordero Hijar, Magrit Felícita; Claros Abarca, Roberto Fernando
    El artículo 25 del Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados de 1965 (Convenio de Washington) establece que uno de los requisitos para acceder a la jurisdicción del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) es que se constate la existencia de una diferencia de naturaleza jurídica que surja directamente de una inversión. Sin embargo, la ausencia de una definición del término “inversión” en el Convenio de Washington ha propiciado que los tribunales arbitrales adopten distintas líneas de interpretación respecto al sentido y alcance de dicho término, generando incertidumbre jurídica en los arbitrajes internacionales de inversión. En este contexto, algunos tribunales arbitrales constituidos en el marco del CIADI han considerado que la contribución al desarrollo económico del Estado receptor de la inversión, como parte del denominado “Test Salini”, constituye uno de los elementos para determinar la existencia de una inversión. No obstante, al no contar con un alcance delimitado, el concepto de “contribución al desarrollo económico” se ha convertido en uno de los asuntos más controversiales en los arbitrajes seguidos ante el CIADI. La experiencia de los Estados en arbitrajes internacionales de inversión, sumado a la necesidad de impulsar políticas de desarrollo a través de la promoción de la inversión extranjera, ha dado lugar a que se planteen reformas en el régimen internacional de promoción y protección de las inversiones a fin de contar con mayores herramientas que generen una inversión que beneficie a todos los interesados. Un problema adicional, en ese sentido, gira en torno a la necesidad de encontrar alternativas en la elaboración de los acuerdos internacionales de inversión que permitan armonizar la promoción y protección de las inversiones con la contribución de las mismas al desarrollo de los Estados receptores de la inversión.