Derecho de la Propiedad Intelectual y de la Competencia
Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/1532
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Item Aplicación del tratado de Marrakech en la legislación nacional y excepción a favor de las personas con discapacidad auditiva y sensorial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2025-02-06) Cruz Visalaya, Monica Renata; Rejanovinschi Talledo, Moisés ArturoLa presente tesis tiene como objetivo realizar un análisis jurídico del Tratado de Marrakech a favor de los discapacitados visuales, proponiendo ampliar la excepción contenida en el mismo a favor de los discapacitados auditivos y sensoriales en nuestra legislación nacional. La investigación se organiza en 4 capítulos iniciando con un marco normativo de Derecho de Autor, resaltando un estudio sobre las excepciones/límites a favor de las personas con discapacidad en la legislación comparada entre los países que conforman la Comunidad Andina y otros países. En segundo lugar, se realiza un análisis sobre el Tratado de Marrakech respondiendo a la pregunta sobre si el citado documento amplia o no la excepción en contra de los Derechos de Autor, asimismo se elabora la propuesta de ampliación a la discapacidad sensorial y auditiva. La tercera sección se concentra en el estudio de la incorporación del Tratado de Marrakech en la Legislación Nacional (Ley 31117), luego de lo cual proponemos una formula legislativa que difiere de la adoptada a través de la citada norma. En la cuarta parte se realiza una propuesta de modificación en la legislación nacional para una excepción que permita el acceso a las obras a las personas con discapacidad auditiva y sensorial, presentándose como anexo un Proyecto de Ley. De este modo, este trabajo representa nuestra posición referente al Tratado de Marrakech el mismo que consideramos no amplia las excepciones en contra de los autores, siendo nuestro aporte la propuesta plasmada en el Proyecto de Ley que permitirá que el acceso a la información, cultura, conocimiento, educación y entretenimiento, se lleve a cabo en igualdad de condiciones a los discapacitados visuales, sensoriales y auditivos; permitiendo del mismo modo una efectiva inclusión social de parte de este grupo de la sociedad.Item ¿Las medidas en frontera en el Perú son eficaces para tutelar los derechos de propiedad intelectual? planteamiento de un procedimiento electrónico simplificado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-06-09) Figueroa Suárez, Akemi Mariella; Lindley Russo, AlfredoLa presente investigación demuestra la ineficacia de las Medidas en Frontera especificadas en el Decreto Legislativo Nº 1092 y su falta de tutela adecuada para la propiedad intelectual en el Perú. Por ello, se recomienda reemplazarlas por un procedimiento sumarísimo a cargo del Indecopi. Se argumenta que el procedimiento actual incluye pasos que no agregan valor como la deficiente comunicación entre Aduanas e Indecopi. Además, la exigencia para el administrado de una solicitud de medida cautelar cuenta con cargas administrativas innecesarias, como la carta fianza y el registro voluntario, y presenta umbrales monetarios de importación que, eventualmente, pueden resultar insuficientes. Esta ineficiencia se refleja en la baja intensidad del uso de las Medidas en Frontera. Este modelo peruano de Medidas en Frontera está diseñado para un espacio y tiempo distinto al actual, ya que no se utilizan las herramientas tecnológicas ni la cooperación internacional para enfrentar la problemática de la piratería y falsificación de mercancías. En consecuencia, el control queda supeditado a la voluntad de algún funcionario público versado en la materia y con ganas de redoblar sus esfuerzos pese al poco respaldo legal. Por esta razón, las conclusiones de la presente tesis de investigación se resumen en que el modelo peruano actual de Medidas en Frontera aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1092 requiere ciertas modificaciones para lograr resultados idóneos y debe ser reemplazado por un procedimiento sumarísimo y electrónico a cargo del Indecopi, debido a que, actualmente, no es eficaz ni tutela en forma adecuada la Propiedad Intelectual en las fronteras.