Derecho de la Propiedad Intelectual y de la Competencia
Permanent URI for this collectionhttp://98.81.228.127/handle/20.500.12404/1532
Browse
25 results
Search Results
Item La protección de las expresiones culturales tradicionales a través de derechos de propiedad intelectual y competencia desleal : limitaciones y perspectivas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-10-01) Villarroel Díaz, Ninoska Viviana; Peña Jumpa, Antonio AlfonsoLas ECTs son las producciones intelectuales fusionadas por componentes singulares del patrimonio biocultural acrecentado y perfeccionado por un pueblo indígena o por miembros de ese pueblo que reflejan sus valores tradicionales y convicciones, y que constituyen una fuente de creatividad e innovación en el contexto del marco tradicional que forman parte de la riqueza cultural de los pueblos indígenas. Así, pues, las ECTs, por un lado, han sido utilizadas por las firmas culturales, del espectáculo y de la moda que han empleado diseños, cantos, danzas, textiles y cestería tradicional, etc., para elaborar obras tuteladas por la propiedad intelectual, y, por otro lado, son el motor del crecimiento económico mundial, pues generan ingresos y crean empleos, impulsados por la progresiva oferta de bienes y servicios culturales, de espectáculo y moda en un mercado en expansión. La apropiación indebida de las ECTs por parte de terceros no indígenas, con la consiguiente obtención de beneficios económicos, perjudica a los poseedores tradicionales, quienes son sus verdaderos propietarios. Las ECTs tienen una estrecha relación con la Propiedad Intelectual. La relación existente entre ambas figuras es compleja, que impiden una relación equilibrada y coordinada entre la Propiedad Intelectual y las ECTs. Pero la problemática que presentan las ECTs es tan compleja que continuamente demanda nuevos esfuerzos. Actualmente se busca un tratamiento armonizado para toda la comunidad internacional, ya que hasta la fecha ningún sistema internacional ha sido implementado para la efectiva protección de las ECTs. Si bien alguno de los elementos de la Propiedad Intelectual va en contra de una debida protección de las ECTs, en nuestros días hay resultados nacionales, regionales e internacionales obtenidos con la adaptación de los regímenes de Propiedad Intelectual incluida la Competencia Desleal, así como medidas no conexas con la propiedad intelectual como el uso de contratos, protocolos consuetudinarios e indígenas. Actualmente los medios que ofrece la propiedad intelectual no han sido ampliamente aprovechados por los pueblos indígenas propietarios de las ECTs, ni por las empresas formadas por esos pueblos.Item Alternativas para acreditar en un procedimiento administrativo de protección al consumidor la autorización de operaciones con tarjeta de débito en la Banca Digital(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-05-22) Pinillos Salinas, Verónica del Rocío; Higa Silva, César AugustoEl presente trabajo de tesis tiene como principal objetivo proponer medios probatorios adicionales que permitan acreditar que el cliente autorizó operaciones con tarjeta de débito en la Banca Digital, en aquellos procedimientos administrativos de protección al consumidor en los que el cliente desconozca haberlas realizado. Actualmente, las entidades del sistema financiero han invertido en el desarrollo de nuevas plataformas digitales que permiten a sus clientes realizar operaciones con cargo a sus cuentas de ahorros con el ingreso de claves secretas. No obstante, pese a que la normativa reconoce este mecanismo (claves), la jurisprudencia evidencia la falta de certeza sobre qué medios probatorios generarían convicción en la autoridad administrativa (INDECOPI) sobre la correcta autorización de este tipo de operaciones. Para ello, proponemos ofrecer como medio de prueba adicional la Revisión de Procedimientos Acordados que, conjuntamente con las impresiones del sistema de la entidad bancaria, permitirá garantizar el correcto funcionamiento de los controles de seguridad en la Banca Digital, así como evidenciar que las operaciones con cargo a la cuenta de ahorros se autorizaron con las claves del cliente- denunciante. Adicionalmente, ante el futuro escenario que la autorización se otorgue con mecanismos distintos a las claves, proponemos la figura del Sand Box Regulatorio que permitirá, antes del lanzamiento de estas innovaciones digitales, contar con las recomendaciones del regulador (SBS) y demostrar al INDECOPI la trazabilidad efectiva de la seguridad de sus plataformas virtuales. Para tales efectos, se considera una metodología de investigación interdisciplinaria, al convocarse al Derecho Bancario y la Protección al Consumidor; así como el método exegético por el análisis de la normativa sectorial y jurisprudencial sobre la materia.Item Análisis de la autorregulación de la banca comercial en materia de protección al consumidor ¿Un Mecanismo privado en Beneficio de los consumidores?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-29) García Guerrero, Moisés Eduardo; Sosa Huapaya, AlexEl sector bancario es uno de los que soporta una mayor cantidad de regulación, justificada en gran medida porque brindan servicios de intermediación utilizando principalmente el ahorro del público, siendo que desde 1991 se han emitido múltiples normas en materia de protección al consumidor, las cuales no han sido suficientes para que los consumidores reciban un mejor servicio, dado el incremento sostenido de los reclamos que recibe Indecopi cada año. A fin de mejorar el servicio brindado, así como las relaciones ante sus consumidores, las entidades financieras desarrollan, a través de su gremio, iniciativas autorregulatorias; sin embargo, a nuestra consideración, muchas de estas pueden no haber tenido el impacto esperado debido a la falta de control de su cumplimiento y a la ausencia de mecanismos de sanción, elementos integrantes de todo sistema de autorregulación. En ese sentido, nuestra hipótesis principal es que el gremio bancario podría constituir un sistema de autorregulación eficaz, siempre que sus iniciativas cuenten con mecanismos adecuados de control y sanción, lo cual reforzaría la protección del consumidor financiero y, a su vez, podría ser replicado por los demás sectores. Los resultados del análisis confirman nuestra hipótesis, pues las iniciativas que cuentan con todos los elementos del sistema de autorregulación registran altos indicadores de cumplimiento, a diferencia de aquellas que no contemplan alguno de estos elementos. Es preciso señalar que para analizar el funcionamiento y eficacia de la autorregulación elaborada por el gremio bancario, se hace uso del método sociológico y funcional, pues se parte de una base empírica que es el comportamiento del sistema bancario. Asimismo, se ha recurrido a la doctrina nacional y extranjera, al derecho comparado y a los diversos sistemas de autorregulación a fin de determinar cómo funcionan estos sistemas a nivel mundial; para lo cual utilizamos el método dogmático.Item La acción de cancelación del registro de marcas por notoriedad y su implantación en el ordenamiento peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-02-07) Bedón Salvador, Diego; Schiantarelli González, Juan PabloEn la Decisión 486 de la Comunidad Andina existe un apartado relacionado con las acciones de cancelación de registros; sin embargo, en dicha normativa se encuentra un artículo concerniente a la acción de cancelación por notoriedad, figura que no ha sido muy utilizada en los últimos años en los procedimientos de propiedad intelectual en la legislación peruana. El artículo 235 de la Decisión 486 faculta a los titulares de marcas para que interpongan la acción de cancelación de registros similares o idénticos que fueron solicitados y otorgados cuando sus marcas gozaban de la calidad de notoriamente conocidas, indicando expresamente que dicha figura será aplicable siempre y cuando la norma nacional lo disponga. Cabe señalar que, si bien ello se encontraba legislado en el derogado Decreto Legislativo 823, con la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1075, que aprobaba disposiciones complementarias a la Decisión 486, dicha ley no regulaba la cancelación por notoriedad. En el presente trabajo de investigación se desarrollarán los aspectos relacionados a dicho tipo de cancelación, comenzando con conceptos como la notoriedad de las marcas, la protección de éstas, así como comparaciones con la acción de nulidad y una mirada a la legislación nacional e internacional aplicable. En nuestra opinión dicha cancelación sí cuenta con fundamentos fácticos que justifican su regreso al ordenamiento nacional, por lo que esta tesis buscará mostrar las razones por las cuales resulta conveniente la aplicación de la cancelación por notoriedad en la realidad peruana. Finalmente, se brindará una propuesta normativa con el fin de que dicha forma de cancelación de registros de marcas pueda volver a ser interpuesta por titulares de registros marcarios, conforme lo señala la Decisión 486.Item ¿Cómo colocar el Product Placement de cervezas artesanales en cartelera? Limitaciones a superar en la regulación publicitaria de bebidas alcohólicas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-09-10) Vásquez Rodríguez, Raúl; Pazos Hayashida, Javier MihailEn el Perú, la realización cinematográfica y la comercialización de cervezas artesanales son dos industrias de considerable crecimiento en esta década, pese a los obstáculos que se les presentan. En la regulación de la publicidad de bebidas alcohólicas, presente en la norma sectorial (Ley Nº 28681) aplicada a través de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, hay una traba relevante al desarrollo de ambas, la incertidumbre sobre cómo cumplir con el requisito de la publicidad audiovisual de bebidas alcohólicas de consignar la frase “TOMAR BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN EXCESO ES DAÑINO”, al usar la técnica del product placement o emplazamiento del producto; incertidumbre que inhibe al anunciante de utilizar este tipo de publicidad en una obra cinematográfica, así como a su realizador de obtener el financiamiento proveniente. La investigación tiene como objetivo aclarar el concepto del product placement, por un lado, y detectar las debilidades de las normas antes señaladas, proponiendo reformulaciones normativas que aclaren el modo de cumplimiento del requisito mencionado. Se parte de la premisa de que la normativa actual, que data de la década pasada, no ha asimilado los cambios en cuanto a tecnología y comunicación, y no ayuda a desarrollar una publicidad de ese tipo. Se inicia la investigación con el concepto del product placement, para luego analizar las normas vigentes, para tener en el tercer capítulo de esta investigación, como síntesis, lo referido a la propuesta del cambio normativo (razones, entorno y texto sugerido). Existe un desfase, sobretodo en la norma sectorial, respecto de las modalidades de comunicación, y la necesidad de incluir en las definiciones de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, la de product placement; sobre la base de dicha conclusión, se hace la propuesta de modificación para cada cuerpo normativoItem Análisis de la regulación de contratos de acceso a recursos genéticos en el Perú, lecciones de Brasil y Colombia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-05-16) Huamán Chaparro, José Alonso; Guevara Paredes, MelisaEl Perú es uno de los países con mayor diversidad biológica a nivel global, ello se refleja en la gran variedad de especies y de recursos genéticos en su territorio. A pesar de ese gran bagaje, el empleo de los recursos genéticos peruanos en investigaciones básicas y aplicadas nacionales es menor, ello si se compara con países que poseen una riqueza similar y que han estimulado el empleo de sus recursos genéticos en este tipo de investigaciones, como Brasil y Colombia. La experiencia brasileña y colombiana son importantes referentes para el caso peruano, pues en la actualidad no solo comparten una riqueza biodiversa similar, inicialmente también compartían una regulación de acceso a recursos genéticos similar. Sin embargo, Brasil y Colombia han sabido adaptar la regulación del acceso a recursos genéticos a sus necesidades, facilitando su empleo en diversas investigaciones. Lo mismo no ha sucedido en el caso peruano. Por ello es importante observar y evaluar las experiencias de los países antes mencionados a fin de proponer cambios en la regulación de acceso a recursos genéticos peruanos e incentivar el desarrollo del conocimiento y facilitar la innovación sobre uno de los patrimonios más ricos del país.Item "El derecho de autor vs las expectativas de los consumidores: la necesidad de establecer una excepción al derecho de autor referido a los mecanismos de autotutela a fin de cumplir con las expectativas de los consumidores"(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-12-01) Gonzalez Leon, Andrea Nanette; Solórzano Solórzano, Raúl RoyEn la presente Tesis, se desarrollan conceptos que nos ayudan a reconocer la necesidad de adoptar un nuevo criterio sobre los derechos patrimoniales del autor frente al deber de idoneidad que protege a los consumidores (expectativas). Hoy en día, la regulación referida a la implementación de mecanismos de autotutela se encuentra enmarcada únicamente en lo señalado en las normas de Derechos de Autor; es decir, se otorga el carácter exclusivo al creador para determinar si corresponde o no implementar los referidos mecanismos; sin embargo, la norma no se encuentra de acuerdo con la realidad de un mercado globalizado. Por ello, se propone establecer una excepción a la regulación de derechos de autor referidas a los mecanismos de autotutela que pueden adoptar los creadores a fin de proteger sus obras. Así, el producto o servicio puesto a disposición de los consumidores se encontrará de acuerdo a sus expectativas y por ende conforme al concepto de “deber de idoneidad” establecido en el Código de Protección y Defensa al Consumidor. Del desarrollo de la presente tesis, se puede concluir que, de acuerdo a lo señalado en la hipótesis, sí resultaría necesario exigir al Estado peruano incorporar dentro de las normas referidas a las medidas de protección tecnológicas y de acuerdo a lo referido a copia privada, un criterio que permita que este derecho patrimonial no colisione con los derechos legítimos de los consumidores. Siendo así, sí es posible lograr armonizar lo establecido en ambas normas (derechos de autor y protección al consumidor). Finalmente, es preciso señalar que, a través de la presente investigación, no se pretende reducir o limitar los derechos patrimoniales del autor; sino por el contrario, que las referidas normas se encuentren de acuerdo a los usos y costumbres que se dan en el mercado.Item “Reformulando la prohibición de orden público : el orden público constitucional y la necesidad de una lista de supuestos que limite la interpretación de esta prohibición”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-08-31) Kuyeng Ruiz, Christian Alfredo; Schiantarelli González, Juan PabloLa Decisión 486 de la Comunidad Andina contiene una lista de prohibiciones para el registro de marcas, dicha lista es dividida por los doctrinarios como prohibiciones absolutas y prohibiciones relativas. El artículo 135 p) de la Decisión 486 prohíbe el registro de signos, como marcas, que sean contrarios a la ley, a la moral, al orden público o a las buenas costumbres. Desde la perspectiva doctrinaria, los cuatro conceptos mencionados son perfectamente claros y distinguibles unos de otros, el problema surge en la práctica, donde tales conceptos se entremezclan y se alejan de esa claridad aparente, afirmación que se encuentra demostrada mediante la jurisprudencia de los países que tienen un artículo similar al objeto de esta investigación. Ante esta problemática, el Dr. Lobato sugiere la modificación de la prohibición a un concepto unificado, el concepto de orden público constitucional, aterrizando dicho concepto a supuestos particulares. Nuestra propuesta parte de la premisa de orden público constitucional, pero se diferencia en que añade los supuestos de engaño al consumidor, afectación a derechos de la personalidad, prohibición del registro de obras en dominio público y el uso de nombres de comunidades indígenas, afroamericanas o locales. La mencionada propuesta sistematiza el esquema de prohibiciones y elimina el plazo prescriptorio de las prohibiciones relativas incluidas en la misma, permitiendo, de esta manera, dotar de un contenido más práctico a la prohibición.Item Simbiosis entre el goodwill residual y las marcas: ¿donde hubo fuego, cenizas quedan?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-03) Gómez Porras, José Raphael; Schiantarelli González, Juan PabloDesde hace años, incluso antes de la aparición de los llamados smartphones, he desarrollado predilección por los teléfonos móviles de una marca en especial, y si bien ésta ya no es la más popular ni la que lidera las ventas a nivel mundial, siempre le he guardado fidelidad, aun cuando dicha marca ha dejado de fabricar sus teléfonos. Por ello, aún sigo usando uno de ellos y espero con ansias el retorno de la marca. Esta ligera confesión nos permite ilustrar la temática que abordará la presente tesis. Las marcas han pasado de ser elementos distantes a nuestra vida, a ser parte importante de ella, y han comprometido tanto nuestra personalidad que, incluso, tienden a reflejarla. Esto ha sido posible gracias a la influencia publicitaria, ahora el consumidor no va a la caza de una marca, sino más bien la marca —asumiendo un rol más activo— constantemente nos busca y nos involucra más en su mundo.Item Principales implicancias en el desarrollo de un régimen común de control de concentraciones y fusiones en la Comunidad Andina de Naciones(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-04-10) Sanguineti Campos, Yvette Stephany; Calderón López, Andrés FranciscoEn julio de 2014, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina presentó el documento denominado “Propuestas del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de una Agenda Positiva Normativa para la Integración”. En este documento se propone la elaboración y modificación de la normativa andina en una serie de materias, como la protección de los derechos del consumidor andino, la defensa de la competencia a nivel comunitario, la armonización de los procedimientos de registro de las denominaciones de origen, de las indicaciones de procedencia, y la protección de la marca país de los Países Miembros de la Comunidad Andina.
- «
- 1 (current)
- 2
- 3
- »