Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

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    Reflexiones sobre los criterios de agravamiento de la sanción inspectiva laboral a la luz de los principios del derecho administrativo sancionador
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-07-13) Cavalié Cabrera, Paul Carlos Elías; Arce Ortíz, Elmer Guillermo
    Hoy, ciertamente, se viene asentando en nuestro país como una rama específica de estudio lo que vendría en denominarse el Derecho Administrativo Laboral, uno de cuyos tópicos o ámbitos más interesantes, a su vez, es el referido a su aspecto sancionador. Este trabajo se plantea examinar, a partir del surgimiento y desarrollo de las potestades reglamentarias y sancionadoras atribuibles a la Administración Pública, cómo estas se materializan en el campo de la fiscalización laboral, y más concretamente, en el establecimiento de las infracciones y en la imposición de sanciones. En un estado democrático de derecho se suele asumir que un reparto natural o ideal de las potestades hace recaer en el Legislativo la de establecer las infracciones y las subsecuentes sanciones a imponer a los ciudadanos, vistas las afectaciones que se producen sobre ellos. Nuestro trabajo insiste, más bien, en evidenciar lo que la doctrina administrativista y constitucional reconocen hoy como un fenómeno creciente en el campo administrativo sancionador: el de la “colaboración reglamentaria”. Se entiende por ella a la suerte de delegación por parte del legislador al normalmente reglamentador (entidades del Ejecutivo), de la casi totalidad de sus roles propiamente punitivos: la determinación de las infracciones, la asignación del nivel de su gravedad, las sanciones a imponer, los supuestos de agravamiento de estas sanciones, entre otros aspectos. De ahí que en el presente trabajo terminemos por denominarlo como un “reglamentador punitivo laboral”, distinto, en este caso, de su tarea clásica de dotar de precisiones a una ley. Luego de repasar los distintos mecanismos de agravamiento de las sanciones, contenidos en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, examinamos los bienes jurídicos que explicarían el porqué de estos casos que conllevan a un “plus” de punición. Finalmente, precisamente por encontrarnos instalados en un estado democrático de derecho, buscamos someter estos mecanismos de agravamiento a un examen que si bien ha de tomar en cuenta los importantes bienes jurídicos que sustentan este refuerzo de la sanción, debe conciliarlos, también, con los principios del derecho administrativo sancionador
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    El contrato a tiempo parcial en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-22) Oliva Castro, Marisol; Arce Ortíz, Elmer Guillermo
    La presente tesis analiza la regulación del contrato a tiempo parcial en el Perú, a partir de un análisis dogmático de esta figura contractual. Esta investigación parte del hecho de que, a través de los años, los contratos a tiempo parcial han sido instrumentos jurídicos que han permitido evadir y, a su vez, vulnerar derechos laborales, considerando que cuentan con una regulación flexible respecto de algunos derechos de los trabajadores y que, por ende, permiten que los empleadores reduzcan costos de personal. Esta situación se ha producido debido a que la regulación actual de estos contratos no establece una definición expresa ni una finalidad o fundamento que justifique el porqué de su existencia en el ordenamiento jurídico, lo cual genera que su uso sea discrecional. En ese sentido, el presente trabajo tiene como objetivo determinar cuál es la finalidad propia de los contratos a tiempo parcial y plantear la necesidad de que esta sea incluida, de manera expresa y concreta, en la normativa laboral peruana. Asimismo, y sobre la base de dicha finalidad, tiene como objetivo evaluar, a lo largo del documento, diversos aspectos jurídicos de la contratación a tiempo parcial vinculados a los derechos de los trabajadores, a fin de poder formular propuestas que ayuden a que su regulación sea la adecuada. Para estos efectos, se analiza legislación nacional y comparada, datos estadísticos, doctrina nacional e internacional sobre el tema, así como jurisprudencia que aporte criterios relevantes al respecto. Finalmente, se presenta una propuesta de regulación legislativa ad hoc de los contratos a tiempo parcial, tomando en consideración su finalidad.
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    La reforma de las pensiones de jubilación en el Perú: un nuevo modelo de protección social por armar
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-22) Paitán Martínez, Javier; Arce Ortíz, Elmer Guillermo
    Frente a la jubilación, tenemos un modelo de protección social sui géneris, condicionado por la evolución histórica del país, así como por sus normas constitucionales y legislativas que, con sus avances y sus retrocesos, ha permitido la coexistencia, en un primer momento, de dos sistemas contributivos y obligatorios: uno público (administrado por la Oficina de Normalización Previsional – ONP), y otro privado (administrado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – AFP). A estos sistemas se sumaron los regímenes complementarios, los regímenes voluntarios; y, recientemente, el sistema no contributivo de forma asistencial (Pensión 65 y Pensión para personas con discapacidad severa), aunque éste último todavía de manera incipiente. Se ha heredado del pasado, la idea de brindar pensiones de jubilación solo a la clase trabajadora que pasa al retiro (cobertura focalizada) y no a toda la ciudadanía que también llega a la etapa de la vejez (cobertura universal), lo cual persiste en nuestros tiempos, como la narrativa hegemónica. Por ello, en la presente tesis, luego de abordar el estudio de los antecedentes y del panorama global de los sistemas de pensiones, seguido por el breve repaso de los regímenes jubilatorios existentes luego de las reformas de los años 1992 y 1993 (reforma constitucional), se plantea la deslaboralización de la seguridad social. Condición impostergable y urgente para platear la implementación de un modelo multipilar, en el que se combinen e integren las ventajas que presentan los regímenes jubilatorios contributivos y los no contributivos: Un nuevo modelo de protección social por armar; ante la inminente vejez de la sociedad cambiante, que siempre requiere de pensiones dignas, adecuadas y eficientes ante dicho riesgo social.