Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/8342

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    Apuntes sobre la posibilidad de reconocimiento del grupo de empresas como empleador en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-24) Vargas Agurto, Marco Tulio; Rebaza Santa Cruz, Silvia Emperatriz
    Este trabajo de investigación analiza la posibilidad de reconocer al grupo de empresas como parte empleadora de una relación laboral. El análisis inicia por identificar los elementos que serían necesarios para que el grupo se configure como empleador, en base a la doctrina, legislación y jurisprudencia nacional y española. Una vez identificados los elementos, se analiza si, en el ordenamiento jurídico peruano el grupo de empresas puede subsumirse en la figura del empleador, concluyéndose que ello es posible siempre que el grupo de empresas como tal sea quien contrate y reciba la prestación subordinada de los servicios. Finalmente, se examinan las dificultades que podrían generarse con relación a los derechos colectivos y a la participación en las utilidades de los trabajadores del grupo, concluyéndose que el reconocimiento del grupo como empleador no limita su ejercicio.
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    Problemáticas y Mecanismos de Solución en la Aplicación de Convenciones Colectivas Concurrentes de Distinto Ámbito
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-24) Mantilla Rojas, Frank Oliver; Campana Zegarra, David José
    La posibilidad fáctica de la pluralidad de sindicatos al interior de una misma empresa conforme a los datos de sindicación y negociación colectiva en el Perú durante el año 2021; y, a su vez, la afiliación múltiple de un mismo trabajador a dos o más sindicatos de distintos niveles de representación, conllevan a la necesaria y adecuada regulación de la articulación de las convenciones colectivas concurrentes en distintos ámbitos. Esto no sería posible, sin la habilitación jurídica de la existencia de más de una convención colectiva aplicable a un trabajador o grupo de trabajadores que pueden afiliarse simultáneamente a más de una organización sindical, conforme a nuestra legislación interna, siempre que pertenezcan a distinto ámbito. Lo que nos conlleva analizar la regulación jurídica que asume nuestra legislación respecto a la articulación de convenciones colectivas concurrentes plasmado en el Art. 45° del D. S. N° 003-2010-TR, recientemente modificado por la segunda disposición complementaria modificatoria de la Ley N° 31110 y, además, la validez o eficacia del mismo acorde con nuestra realidad negocial donde prepondera la hiperdescentralización de la negociación colectiva. Este análisis amerita profundizar en las técnicas de articulación de fuentes jurídicas y resolución de antinomias, pero desde el punto de vista de la libertad sindical en los términos esbozados por los pronunciamientos de los órganos de control de la OIT como mejores exponentes de este principio jurídico de alcance internacional. Así, se pretende revisar si nuestra legislación, acorde con la normatividad y pronunciamientos del sistema internacional, prioriza la vigencia simultánea de pluralidad de convenciones colectivas a través de su articulación y si recurre en última instancia a la prevalencia de una de las convenciones concurrentes, privilegiando el principio de la norma más favorable.
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    Las potestades negociales del sindicato mayoritario en el ordenamiento jurídico peruano: ¿armas de doble filo?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-04-10) Oliva Castro, Marisol; Vilchez Garcés, Lidia
    El presente artículo explica las implicancias jurídicas de la mayor representatividad, tal como se encuentra regulada en el ordenamiento jurídico peruano. Se parte de identificar la finalidad de la mayor representatividad para, luego, analizar si los efectos del monopolio de la negociación que otorga la normativa peruana a las organizaciones sindicales mayoritarias cumplen con dicho objetivo. Asimismo, se evalúa cómo se relaciona lo antes dicho con la pluralidad sindical, recogida por el ordenamiento peruano, con el objeto de determinar si ambas figuras coexisten de manera pacífica. Por otro lado, se toma como referencia los impactos negativos que tiene la figura de la mayor representatividad sobre la libertad sindical para proponer, siguiendo los lineamientos establecidos por el Tribunal Constitucional y los pronunciamientos del Comité de Libertad Sindical, que se regule una articulación entre los intereses de la organización sindical mayoritaria y de las organizaciones sindicales minoritarias del ámbito, para que estas no se vean reducidas a su sola existencia. De igual manera, dado que la participación activa de las organizaciones sindicales minoritarias es importante, se ha propuesto la vía del amparo y la medida cautelar como opciones para defender sus derechos ante las afectaciones producidas por el empleador o por la organización sindical mayoritaria.