Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/8342
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Item El principio de igualdad en la subcontratación de servicios: ¿Los trabajadores de las empresas subcontratadas deben percibir una remuneración equiparable a los trabajadores de la empresa principal?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-26) Ventocilla Pachas, Rosa Ruth; García Landaburu, María KatiaEl presente trabajo de investigación tiene la finalidad de analizar el principio de igualdad y sus alcances en las relaciones de subcontratación en tanto los trabajadores de las empresas subcontratadas no tienen, en términos reales, los mismos derechos que los trabajadores de la empresa principal a pesar de que en muchos casos ambos realizan la actividad de la principal y contribuyen a la realización de su producción. Tradicionalmente, la igualdad en el Derecho del Trabajo ha sido enfocada desde el contractualismo bilateral, esto es, la idea de que los derechos y obligaciones inician y terminan en la relación de dos partes, el trabajador y el empleador. Desde dicha perspectiva, la igualdad sólo garantizaría al trabajador un trato equivalente respecto de otros que mantienen un vínculo laboral con su empleador. En la tercerización laboral, si bien formalmente existen dos sujetos (empresa tercerizadora y trabajador de dicha empresa), materialmente participa un tercer sujeto, la empresa principal. Esta configuración triangular pone en tela de juicio la eficacia del principio de igualdad ya que este nuevo escenario conllevaría a la necesidad de plantear una redefinición del principio de igualdad con el objetivo de optimizar la eficacia de dicho principio en las relaciones de trabajo triangulares, sobretodo en el ámbito remunerativo.Item La vulneración del derecho de igualdad en el pago de remuneraciones entre Magistrados Titulares y Supernumerarios del Poder Judicial y del Ministerio Publico(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-02-15) Morales Inciso, Stefano; Molero Suárez, MarleneEl presente trabajo de Investigación busca analizar la vulneración del derecho a la igualdad de remuneraciones entre Magistrados Titulares y No titulares del Poder Judicial y del Ministerio Publico, partiendo de la Hipótesis de que la expedición del Decreto de Urgencia N° 114-2001 que estableció el pago de un bono de Gastos Operativos para Magistrados Titulares, dejando de lado a Magistrados Supernumerarios (no titulares), contraviene el derecho a la igualdad en la remuneración entre dichos Magistrados. El tema es muy relevante toda vez que ambos Magistrados realizan la misma labor, están sujetos al mismo horario y tienen la misma responsabilidad. Para efectos del presente trabajo se analiza si los conceptos que integran los haberes de los Magistrados (tanto del Poder Judicial como del Ministerio Publico) tienen carácter remunerativo, independientemente del concepto establecido en el Reglamento del Bono por Gastos Operativos y la ley Orgánica del Poder Judicial, teniendo en consideración la doctrina y la jurisprudencia sobre la materia, concluyéndose finalmente que el bono por gastos operativos al tener este carácter, forma parte de la remuneración del Magistrado y por lo tanto el hecho de excluirse este beneficio a los Magistrados Supernumerarios a través del Decreto de Urgencia N° 114-2001, vulnera el derecho a la igualdad de las remuneraciones.