Análisis crítico de la tipificación de la infracción en el supuesto de entrega de documentos diferentes a los comprobantes de pago
Abstract
En el presente trabajo de investigación demostramos que la infracción que se viene
tipificando frente a la emisión de documentos distintos a los comprobantes de pago no es correcto.
Consideramos documentos distintos a los comprobantes de pago a las notas de venta, notas de
pedido, proformas, ticket sin valor tributario. En ese sentido, si la Administración Tributaria realiza
el operativo de Verificación de Entrega de Comprobantes de Pago a través de sus fedatarios
fiscalizadores podrá detectar las siguientes infracciones. Si al momento de realizar la verificación
el contribuyente o comerciante no entrega comprobante de pago o entrega documentos que no
están autorizados por el Reglamento de Comprobantes de Pago la infracción en la que estaría
incurriendo en la tipificada en el numeral 01 del artículo 174 del Código Tributario. Pero, si
producto de la fiscalización nos entrega un comprobante autorizado, pero, que no tiene los
requisitos pre impresos o nos entrega una guía de remisión remitente, guía de remisión
transportista, nota de crédito o nota de débito la infracción en la que se incurre es la tipificada de
acuerdo al numeral 2 del artículo 174 del Código Tributario. La correcta tipificación de las
infracciones relacionadas a emitir comprobantes de pago tiene como consecuencia un trato más
justo a los contribuyentes formales frente a aquellos que no son formales. Otra ventaja es que nos
ayuda a combatir la informalidad y la evasión tributaria.
Temas
Comprobantes de pago--Perú
Derecho tributario--Perú
Derecho tributario--Perú
Para optar el título de
Maestro en Derecho de la Empresa
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