Alcances de la Norma XVI en la enajenación de acciones negociados mediante operación cruzada en Rueda de Bolsa RTF No. 04234-5-2017
Abstract
El presente artículo académico realiza un análisis de la actuación de la Administración
Tributaria durante el procedimiento de fiscalización en el Expediente 14615-2016 (vinculado
a la Resolución del Tribunal Fiscal No. 04234-5-2017), el cual versa sobre el tratamiento
tributario que debe corresponder a las rentas provenientes de la enajenación de acciones
negociadas mediante operación cruzada en Rueda de Bolsa, originadas por personas jurídicas
no domiciliadas. Cabe señalar que si bien, el Tribunal Fiscal confirmó la Resolución de
Intendencia, la cual concluye que la referida enajenación de acciones calificaba como una
operación simulada; y, por lo tanto, la Administración Tributaria se encontraba facultada
para realiza una calificación, conforme lo establecido en la Norma XVI del Código
Tributario, el objetivo principal del artículo académico es determinar si la Administración
Tributaria realizó una correcta actuación dentro de los alcances de la referida Norma XVI
durante el procedimiento de fiscalización. El artículo académico concluye que, si bien la
Administración Tributaria se encontraba facultada en aplicar lo establecido en la Norma
XVI, dado que el caso sí calificaba como una operación simulada, durante el procedimiento
de fiscalización la Administración Tributaria realiza una actuación que sobrepasa el alcance
de la referida Norma XVI, incluyendo ciertos argumentos forzosos para motivar dicha
actuación
Temas
Administración tributaria--Perú
Derecho tributario--Perú
Procedimiento administrativo--Perú
Impuesto a la renta--Perú
Mercado de valores--Legislación--Perú
Derecho tributario--Perú
Procedimiento administrativo--Perú
Impuesto a la renta--Perú
Mercado de valores--Legislación--Perú
Para optar el título de
Segunda Especialidad en Derecho Tributario