Análisis de la sanción impuesta por accidentes de trabajo no mortal en el derecho administrativo sancionador
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Pontificia Universidad Católica del Perú
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Resumen
El trabajo presentado para optar por el título de Segunda Especialidad en
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social efectúa un análisis de la correcta
aplicación de la responsabilidad administrativa por accidente de trabajo en
procedimientos inspectivos laborables.
Para ello, se debe comprender que el objeto de la presente investigación
corresponde al tipo del artículo 28.10 del Reglamento General de Inspección del
Trabajo. Sobre dicho artículo, se tipifica que el incumplimiento de las
obligaciones de seguridad y salud en el trabajo que ocasione un accidente de
trabajo y cause daño al cuerpo o salud del trabajador que requiera asistencia o
descanso médico comprobado a partir de un certificado o informe médico legal
resulta en una falta laboral.
En este sentido, el análisis que debe realizar la entidad administrativa
sancionadora respecto a la falta se encuentra regulado a partir del debido
procedimiento y conforme a los Principios Administrativos Sancionadores. Sin
embargo, nuestra jurisprudencia administrativa ha resuelto a partir de un análisis
de la responsabilidad civil por el incumplimiento de obligaciones, cuando lo cierto
es que, existen Principios que, permiten evaluar si se encuentra en el tipo del
numeral 10.
Adicionalmente, sobre el tipo configurado en el artículo 28.10 la entidad
sancionadora ha considerado en el año 2022, a partir de un Precedente
Vinculante que pueden configurarse de forma independiente sanciones respecto
los incumplimientos a la seguridad y salud en el trabajo en la investigación sobre
un accidente de trabajo, a pesar de que, el tipo tiene carácter de una infracción
continuada.
En efecto, se ha adoptado un criterio llamado “multicausalidad” a fin de
determinar sanciones independientes respecto aquellos supuestos de hecho que se encuentren dentro del supuesto normativo del artículo, no obstante, dicha
interpretación resulta errónea al tratar de una infracción continuada.
Por lo tanto, resulta necesario que, al momento de aplicar la sanción prevista al
empleador respecto del artículo 28.10, la entidad sancionadora deba de motivar
las resoluciones de tal manera que prevea el análisis jurídico a partir del
Por todo lo dicho, el problema principal de la presente investigación consiste en
analizar si es que la aplicación del criterio de multicausalidad en la jurisprudencia
administrativa resulta en un error efectuado por la entidad sancionador. Para ello,
se realiza un análisis de los Principios Administrativos Sancionadores, pues son
estos los aplicables para determinar la configuración del supuesto establecido
en la falta del artículo 28.10.
Descripción
Palabras clave
Accidentes de trabajo--Legislación--Perú, Seguridad industrial, Salud ocupacional, Sanciones administrativas--Legislación--Perú
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