El remedio aplicable frente a la resolución unilateral del Contrato Chinchero: estudios sobre el problema de una cláusula patológica

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2022-01-11

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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La tesis: “El remedio aplicable frente a la resolución unilateral del Contrato Chinchero: Estudios sobre el problema de una cláusula patológica”. Tema justificado en derecho civil, para aplicar correctamente los remedios “resolución por incumplimiento”, “receso o desistimiento contractual”, “condición meramente potestativa”; y principios de interpretación del contrato. Problema: análisis de la cláusula por la que el concedente resuelve unilateralmente el Contrato Chinchero. Objetivos: identificar la naturaleza jurídica de cláusula recesal y remedios aplicables a una cláusula patológica que ataca la validez y vigencia del contrato. Hipótesis planteadas, en primer lugar desconocimiento de operadores del derecho sobre el correcto uso del receso contractual; y, en segundo lugar uso de remedios contractuales para el tratamiento de una cláusula patológica que afecta un contrato válidamente celebrado. Se emplea el método exegético, dogmático y funcional. Resultados: la naturaleza jurídica de la cláusula que resolvió unilateralmente el Contrato Chinchero: “Por razones de interés público debidamente fundadas, el concedente puede resolver unilateralmente el contrato en cualquier momento” (cláusula 15.5.1); corresponde a una de receso convencional por “justa causa”, que adolece de patología porque la redacción de justa causa en estricto contempla el supuesto de una condición meramente potestativa, ya que el hecho concreto - supuesto condicional extintivo unilateral del contrato, está a cargo del arbitrio exclusivo del Concedente; quien por decisión personalísima, criterio discrecional y libre albedrío; decide en el momento que lo desee sin justificación, motivación y probanza adecuada el término del contrato, lo que conlleva un ejercicio arbitrario y abusivo de la parte que está en mejor posición contractual. Concluimos con el tratamiento de la cláusula patológica que al contener una condición meramente potestativa; de acuerdo con la doctrina italiana, alemana y española; así como parte de doctrina nacional, debe tenerse por “no puesta”; en mérito del principio de conservación; en aplicación conjuntiva con la buena fe objetiva contractual, fuerza vinculante del contrato y seguridad jurídica; manteniéndose la validez y eficacia del contrato.

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Perú--Legislación, Contratos públicos--Legislación--Perú, Derecho civil--Perú

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