Límites del ejercicio de la tutela reivindicatoria frente a la prescripción adquisitiva de dominio
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Pontificia Universidad Católica del Perú
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Resumen
El presente trabajo de investigación tiene por objetivo retomar la discusión surgida entre las
instituciones de la Reivindicación y la Usucapión. El enfrentamiento entre ambas se atisba,
cuando por ejemplo, A se encuentra ocupando un inmueble por 11 años de manera continua,
pacífica y pública como propietario, B es el titular registral del mencionado inmueble, pero
decide transferírselo a C. Luego C desea ocupar el inmueble que adquirió y requiere para ello
a A. ¿A quién debe preferirse en el derecho de propiedad, al ocupante por 11 años (A) o al
nuevo adquirente (C)?
Es en ese sentido, y a efectos de dar respuesta al problema planteado, que el presente trabajo
se apoya en el método funcional, dogmático y exegético.
Por lo que, como resultado de un concienzudo análisis, se arriba como una de las principales
conclusiones a que, al enfrentarse el que adquirió por usucapión, esto es por más de 10 años
y el nuevo adquirente cuyo negocio se celebró al año 11, se debe preferir al adquirente por
usucapión pues su derecho nació primero, de conformidad al artículo 950° de nuestro Código
Civil, siendo la formalización de su adquisición facultativa de acuerdo a lo prescrito en el
artículo 952 del mismo cuerpo normativo, y por la existencia de la prohibición normativa
establecida en el artículo 927, donde se señala que no procede la reivindicación respecto de
quien adquirió por prescripción
Descripción
Palabras clave
Prescripción adquisitiva--Perú, Reivindicación, Procedimiento civil--Legislación--Perú, Derecho de propiedad--Legislación--Perú, Propiedad inmueble--Perú, Posesión (Derecho)--Perú
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