Facultad de Derecho
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Item Informe jurídico sobre la Resolución N° 2758-2022/SPC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-08) Chiang Belliki, Jorge; Ayllón Valdivia, César ArturoEl presente informe de relevancia jurídica analizará los fundamentos, desarrollados por la Sala Especializada de Protección al Consumidor de INDECOPI, respecto de la reprogramación unilateral de créditos por entidades financieras en el marco de la normativa sectorial emitida por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP durante el contexto del estado de emergencia causado por la pandemia del COVID-19. De tal manera, se abordarán los conceptos de métodos comerciales coercitivos, deber de idoneidad, deber de información, así como el marco regulatorio para la modificaciones contractuales unilaterales por parte de entidades del sistema financiero. Ello, en el marco de lo analizado por la Sala y los puntos, donde a consideración del presente informe, debió haberse dado también un enfoque analítico. Posteriormente, se procederá analizar los requisitos para declarar procedente un recurso de apelación en sede administrativa, así como el enfoque otorgado a dichos requisitos de procedencia por parte de la Sala en contraposición de lo señalado por conformaciones anteriores de la Sala. Sobre este último punto, el presente informe planteará la posibilidad de la emisión de un precedente de observancia obligatoria, por parte de la Sala, que recoja el cambio de paradigma sostenido por ésta respecto a la procedencia de los recursos de apelación.Item Informe sobre Expediente de relevancia jurídica N° 067-2010//CPCINDECOPI- ICA, denuncia contra Scotiabank Perú S.A.A. y otra, por infracción de las normas de Protección al consumidor(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-31) Cárdenas Bonilla, Rolando Daniel; Durand Carrión, Julio BaltazarEl presente Informe tiene por finalidad analizar los principales problemas jurídicos del Expediente N° 067-2010//CPC-INDECOPI-ICA, sobre Infracción a las normas de protección al consumidor, en el cual la Sala de Defensa de la Competencia Nº 2 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, en última instancia administrativa, revocando la decisión de la Comisión de Protección al Consumidor, declaró Infundada la denuncia realizada por la señora Pilar Ana Huaranga Acosta en contra de Scotiabank Perú S.A.A. y de la empresa Servicios, Cobranzas e Inversiones S.A.C. Con esta decisión la Sala se apartó de su propio criterio establecido previamente, de acuerdo al cual, las denuncias contra instituciones del sistema financiero por realizar compensaciones en las cuentas de haberes de los clientes bancarios eran declaradas Fundadas. Es la finalidad del presente Informe, concluir si dicho cambio de criterio se encuentra justificado, de acuerdo a los principios de la protección del consumidor, como son el deber de idoneidad, así como el deber de información por parte de la denunciada Scotiabank Perú S.A.A. Para lograr dicha finalidad, consideramos necesario determinar previamente si el tipo de compensación que se aplica en el presente caso, corresponde a la compensación bancaria establecida en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros o a la compensación bilateral regulada en el Código Civil. Consideramos, como conclusión, que en el caso materia de Informe, operó una compensación bilateral o convencional regulada en el artículo 1598 del Código Civil, en tanto la denunciante, en el ejercicio de su autonomía privada, autorizó a la entidad financiera denunciada a realizar dichos cargos en su cuenta de haberes, a fin de que ésta se cobre las cuotas vencidas de un préstamo personal otorgado a su favor.