Facultad de Derecho
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Item Informe jurídico sobre Pleno Sentencia 307/2023 perteneciente al Informe sobre Expediente N°00004-2022- PCC/TC “Caso de la cuestión de confianza y su rechazo de plano”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-13) Garcia Oviedo, Paul Gabriel; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl caso aborda una disputa entre el Congreso del Perú y el Poder Ejecutivo, iniciada cuando el Primer Ministro, Aníbal Torres Vásquez, presentó una cuestión de confianza ( en adelante CDC) relacionada con el Proyecto de Ley ( PL) 3570/2022- PE. El problema principal radica en si esta CDC significa un ejercicio irregular de competencias del Ejecutivo y vulneró las atribuciones constitucionales del Congreso. Además, se examinan problemas secundarios sobre la competencia para determinar el rechazo de la CDC y la validez de interpretaciones implícitas de dicho rechazo. Los instrumentos normativos empleados incluyen los artículos 132,133 y 134 de la Constitución, el reglamento del Congreso, la ley N° 31355, los cuales regulan la CDC y su procedimiento. Además, se consideraron sentencias previas del TC que abordan la interpretación y los límites de este mecanismo, como la Sentencia 00006-2019-CC/TC, 0006-2018-PI/TC y la Sentencia 00006-2003-AI/TC. Las principales conclusiones indican que el planteamiento de la CDC por el Ejecutivo con el objetivo de conseguir la aprobación del PL 3570/2022-PE fue irregular y vulneró las competencias del Congreso. Se concluye que el Congreso tiene la competencia para determinar el rechazo de la CDC y que tal rechazo debe ser explícito para evitar interpretaciones arbitrarias. El fallo resalta la necesidad de respetar la separación de poderes y los límites constitucionales establecidos para preservar el equilibrio democrático en el país.Item “Ibas darle equilibrio a la Fuerza, no dejarla en la oscuridad”: Informe Jurídico sobre la Sentencia N.° 74/2023 recaída en el Expediente N.° 0003-2022-PCC/TC(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-07) Zambrano Balbin, Edwin Alexander; Apaza Jallo, Niels JyeysonEl Congreso de la República interpuso una demanda competencial contra el Poder Judicial aduciendo que la revisión de sus actos en el marco de tres procesos de amparo afectaba sus competencias exclusivas y excluyentes y que, por lo tanto, la parte demandada había incurrido en vicios competenciales que ameritaban la intervención del máximo intérprete de la Constitución. Ante ello, el Tribunal Constitucional determinó -bajo una interpretación de espaldas al principio de separación de poderes- que existían zonas exentas del control constitucional y, con ello, abrió paso la doctrina de las “political questions” en el Perú. Dicha postura ignoró, plenamente, la jurisprudencia del máximo intérprete de la Constitución, la cual había establecido largamente que, en tanto la norma fundamental vinculaba a todos los poderes públicos, no era posible concebir que alguno realizase actos que no pudiesen ser controlados constitucionalmente. A mayor abundamiento, el Tribunal Constitucional desnaturalizó el proceso competencial y se advocó al análisis de fondo de los procesos de amparo que fueron motivo de la demanda, a fin de resolver las controversias bajo su propio criterio. Al hacerlo, no solo comprometió diversos principios constitucionales, sino que, a su vez, permitió la vulneración de derechos fundamentales y se advocó a causas pendientes ante órganos jurisdiccionales.Item Pleno Sentencia N° 778/2020 perteneciente al EXP. 00002-2020-CC/TC “Caso de la Vacancia del Presidente de la República por Permanente Incapacidad Moral”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-07) Muñoz Mendoza, Claudia Maria; Campos Bernal, Heber JoelEl presente Informe Jurídico abordará el tema de la Vacancia Presidencial por Permanente Incapacidad Moral, a raíz de la Sentencia emitida por el Pleno del Tribunal Constitucional N° 778/2020 (Expediente 00002-2020-CC/TC). El problema principal que se plantea en este trabajo académico es si cabía la posibilidad de que el Pleno del Tribunal Constitucional se pronunciara acerca del problema de fondo en su Sentencia (más allá de los votos singulares que cada uno de los magistrados emitió), que es la interpretación de este “mecanismo de control institucional”, teniendo en consideración el contexto político y social en el cual se encontraba el país en noviembre de 2020; un período de conflicto institucional bastante álgido y complejo entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, dentro de una crisis política y sanitaria. Y si fuera así -que el Tribunal se hubiera encontrado en el deber de interpretar la Permanente Incapacidad Moral- cómo es que debería haber resuelto el presente caso. En ese sentido, a través del crítico análisis normativo, doctrinal y jurisprudencial del problema principal y de los problemas secundarios, se llegó a concluir que nos encontramos ante una figura de características sumamente complejas y abstractas en demasía. No solo por la amplia tipificación del Art. 113.2 de la Constitución Política del Perú, que da salida a una interpretación subjetiva del parlamentario, sino también por el sistema presidencial atenuado en el que nos encontramos. Del mismo modo, se concluirán posibles lineamientos que el Tribunal debió tomar en cuenta para resolver el caso.