Facultad de Derecho
Permanent URI for this communityhttps://hdl.handle.net/20.500.12404/709
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Item Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 1356-129-2007 CCL, arbitraje seguido entre SERVICIOS GENERALES DON CARLOS EIRL y MINERA YANACOCHA SRL, sobre contrato marco de suministro y aplicación del Iura Novit Curia en el arbitraje(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-06-25) Rivasplata Martínez, Ana Cecilia; Soria Aguilar, Alfredo FernandoEn los últimos años, debido al crecimiento en el mercado de la necesidad de establecer relaciones duraderas y, a la vez, flexibles que permitan asegurar un ritmo producción y actividades comerciales, así como disminuir la inversión de tiempo y dinero en las negociaciones entre las partes, ha surgido en la práctica nuevas figuras jurídicas tales como los denominados “contratos normativos” o “contratos marco”. Teniendo en cuenta ello, en el presente caso nos encontramos frente a una controversia surgida con relación a dos contratos suscritos por YANACOCHA y DON CARLOS (Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005), los cuales las partes denominan contratos de “compraventa”. Sin embargo, luego de haberse sometido la controversia sobre dichos contratos a arbitraje, el Árbitro Único - apartándose de la calificación de dichos contratos alegada por ambas partes durante todo el proceso arbitral- determinó en el laudo que su naturaleza no corresponde a la de “contratos de compraventa” sino a la de “contratos normativos de compraventa”, los cuales no generan verdaderas obligaciones para las partes, por lo que resolvió que no se incurrió en incumplimiento contractual alguno. En ese sentido, el objetivo del presente informe es corroborar a raíz del caso presentado, si se han configurado los denominados “contratos normativos” – y/o “contratos marcos”- , así como determinar si de dichos contratos se derivan verdaderas obligaciones para las partes. Asimismo, en cuanto al arbitraje, se analiza si es posible que el Árbitro Único haya aplicado el principio Iura Novit Curia, en tanto resolvió en base a una calificación del derecho que no fue alegada por las partes durante el proceso. El método de investigación aplicado al presente trabajo será uno argumentativo, ya que se centrará en la descripción de las posiciones desarrolladas en doctrina, para así, en un segundo momento, analizar los hechos materia de controversia y determinar la naturaleza de los Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005, así como si corresponde la aplicación del principio iura novit curia en el arbitraje. Finalmente, de dicha investigación, concluiremos principalmente lo siguiente: 1. La naturaleza jurídica de los Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005 corresponde a la de “contratos marco de suministro”. 2. Es posible aplicar el principio de Iura Novit Curia en el arbitraje.Item Informe sobre Expediente No. 2278-2012-CCL(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-04-30) Yaranga Oscorima, Katiuska; Soria Aguilar, Alfredo FernandoEl análisis del expediente N° 2278-2012-CCL, tiene por objeto profundizar en mis conocimientos en materia civil, contractual y arbitral, con especial énfasis en todos los temas vinculados a los contratos preparatorios, ejercicio de las arras en los diversos contratos, y profundizar en el procedimiento de recusación de los árbitros. Las hipótesis vinculadas a las materias estudiadas son: (i) Que el tipo contractual celebrado no se ajusta con la común intención de las partes, y; (ii) Que el árbitro se mantuvo imparcial e independiente en el curso de la recusación planteada. La investigación del informe es académica, debido a que inicia en el estudio de esquemas conceptuales regulados en la norma y en la doctrina. A partir de estas teorías, busco demostrar que los supuestos de hecho revelados en el contrato y en las actuaciones de las partes se enmarcan en esquemas conceptuales, otorgando así una categoría jurídica a cada caso. El presente informe nos permite arribar a dos conclusiones principales: (i) El documento (contrato analizado) contiene más de un tipo contractual, por lo que, se analizó cada cláusula para asignar las figuras contractuales a cada caso y resolver los problemas jurídicos determinados, y; (ii) La recusación plantea varios supuestos que para la parte recusadora, evidencia omisión a los deberes de imparcialidad e independencia; sin embargo, cada supuesto debe ser analizado de acuerdo a la norma y las directrices internacionales, concluyendo que el árbitro se mantuvo imparcial e independiente