Facultad de Derecho
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Item Aspectos tributarios de la transmisión del impuesto a la renta mediante el mecanismo del Gross Up(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-07-14) Leyva Chacón, Teresa Elena Otilia; Ruiz de Castilla Ponce de León, Francisco JavierMuchas veces personas jurídicas domiciliadas y no domiciliadas en el Perú celebran contratos entre sí. La persona jurídica no domiciliada se obliga a la prestación de cierto servicio en territorio peruano y, a su vez, la persona jurídica domiciliada en el Perú se obliga al pago de una retribución (100) afecta al Impuesto a la Renta peruano, cuyo contribuyente es el sujeto no domiciliado. Es frecuente advertir en esta clase de contratos la existencia de una cláusula que contiene el mecanismo del gross up, cuyo efecto es la traslación del Impuesto a la Renta, de tal manera que esta carga económica pasa a ser soportada por el cliente del servicio y no por el perceptor de la renta. Aquí se genera una serie de conflictos con el principio económico del beneficio y los principios y deberes jurídicos de solidaridad, deber de contribuir, legalidad y capacidad contributiva. El común denominador de todos estos puntos críticos es que se produce una distorsión en el sistema de distribución de las cargas tributarias que ha sido diseñado por el Estado tomando en cuenta la obtención de rentas por parte del sujeto que se obliga a la ejecución del servicio. Además, como consecuencia de la indicada traslación, se produce un indebido incremento en el monto que la persona jurídica domiciliada se obliga a pagar al proveedor del servicio (100 + x), generándose otro conflicto con el principio de causalidad para efectos de la determinación de su Impuesto a la Renta. En la presente investigación se analizan los límites de la voluntad individual de los sujetos contratantes ante la Ley del Impuesto a la Renta que ha previsto que al deudor le corresponde asumir la carga tributaria. Frente a este mandato legal, resulta que la voluntad individual de los privados no puede modificar a las normas tributarias. En este sentido, mediante la presente investigación se confirmará que en el Derecho Civil es válida la cláusula contractual que contiene el mecanismo denominado gross up. Sin embargo, en el Derecho Tributario -en virtud de los principios de legalidad y capacidad contributiva- no tiene cabida esta clase de alternativaItem Informe sobre Expediente N° 010699-2006(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-04-15) Rodriguez Montoya, Katia Carolina; Ruiz de Castilla Ponce de León, Francisco JavierEl presente informe jurídico se centra en analizar si la Norma VIII, vigente al momento de los hechos, fue correctamente aplicada al caso materia de informe, en el cual SUNAT considera que el Contrato de arredamiento financiero celebrado entre el contribuye, Compañía Minera Sipán y Crédito Leasing, es una simulación absoluta. Para ello, en primer lugar, se analiza el contexto histórico, objetivo, facultades que otorga a la SUNAT y principios involucrados en la Norma VIII, con el fin de delinear sus contornos y realizar un análisis profundo sobre la discusión de los alcances de esta norma pues cabe la duda de si esta sólo permite su aplicación a casos de simulación o también a casos de fraude tributario. En segundo lugar, se analiza el negocio jurídico utilizado en el caso concreto (contrato de arrendamiento financiero) para determinar si, efectivamente se trata, como señala la SUNAT, de una simulacion absoluta, nos encontramos ante otro tipo de conducta prohibida por el ordenamiento o si más bien el contribuyente hizo un correcto de los medios legales a su disposición para realizar una operación económica eficiente a nivel tributario. Finalmente, consideramos que las discusiones planteadas a lo largo del presente informe acerca de los límites de la actuación tributaria ante casos de comportamiento no deseados por el ordenamiento (como puede ser el fraude o la simulación) así como la contraposición de principios tributarios al aplicar normas que buscan hacer frente a estas conductas se encuentra totalmente vigente.Item Informe sobre Expediente N° 00319-2013-AA/TC Código de Registro: E-2494(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-12-17) Buendía Mori, Armando Joaquín; Ruiz de Castilla Ponce de León, Francisco JavierEl presente trabajo busca analizar, desde la perspectiva del Derecho Tributario, Constitucional y Procesal Constitucional, un caso cuyo origen se remonta a la expropiación de un bien inmueble de propiedad de Sociedad Agrícola San Agustín S.A. (SASA) para la ejecución de una obra de gran envergadura. Una vez determinado el monto de la indemnización justipreciada por la vía arbitral y con el fin de salvaguardar su derecho de propiedad, SASA interpone una demanda de amparo contra la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), pretendiendo la inaplicación del artículo 5 de la Ley del Impuesto a la Renta, que califica a la expropiación como una forma de enajenación gravable con el referido impuesto. Demanda que fue finalmente declarada fundada por el Tribunal Constitucional mediante sentencia recaída en el Expediente No. 00319-2013-AA/TC. Sin duda, el caso tiene relevancia jurídica, pues supone una investigación jurídica integral desde múltiples ramas del Derecho, que permite evaluar los principales problemas jurídicos sopesados en la resolución que al respecto emitió el alto tribunal. Así, a lo largo de este trabajo demostraremos que, a pesar de que técnicamente la expropiación califica como un hecho imponible susceptible de generar una ganancia de capital, ello no es sino el reflejo de un uso excesivo de la potestad tributaria que ostenta el legislador; y que demuestra una clara vulneración de los principios constitucionales tributarios que fungen de límites para su adecuado ejercicio.Item Informe sobre Expediente N°2002-2008(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-12-14) Reyes Rosas, Brando Antonio; Ruiz de Castilla Ponce de León, Francisco JavierEl informe jurídico versa sobre la aplicación del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas a las operaciones internacionales de compraventa de metales en las que media la emisión de certificados de entrega futura de parte del vendedor al comprador produciéndose posteriormente la entrega real de los metales en el exterior. Asimismo, el informe jurídico justifica su investigación debido a la vigencia del debate sobre diversos temas de naturaleza constitucional, civil y tributaria que contiene el expediente. De tal modo, en el informe jurídico se investiga las instituciones jurídicas aplicadas en el expediente a fin de determinar su correcta aplicación. El objetivo del informe jurídico es demostrar en función a argumentos jurídicos y el análisis de elementos fácticos la correcta aplicación de las normas del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas, respectivamente. Asimismo, en virtud de una interpretación de las normas, revisión de la doctrina y jurisprudencia; así como, de la naturaleza jurídica de los impuestos se ha logrado advertir la correcta aplicación de las normas jurídicas. En función a lo anterior, se ha concluido que las operaciones materia de reparo no se encuentran gravadas con el Impuesto a la Renta ni con el Impuesto General a las Ventas.