Facultad de Derecho

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    Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica N.° 02342-2012-PA/TC y (Exp.N.° 00401- 2008-PA/TC), E-2712, que versa sobre competencia desleal, constitucional y procesal constitucional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-11-22) Rivas Hernandez, Valery Desiree; Rejanovinschi Talledo, Moisés
    En el presente Trabajo de Suficiencia Profesional, se analizará el Exp. N.° 02342-2012-PA/TC y (Exp. N.° 00401-2008-PA/TC) que versa sobre Competencia Desleal, Constitucional y Procesal Constitucional. El demandante, Sr. Jorge Linares Bustamante, solicita a la Comisión de Represión de Competencia Desleal el término de la publicidad discriminatoria hacia las personas de talla baja; así como, la suspensión de la publicidad con contenido discriminatorio por convocar casi exclusivamente a personas con rasgos caucásicos para la publicidad y la interrupción del contenido engañoso de la publicidad de Gloria S.A. Sin embargo, la Comisión decide no iniciar procedimiento sancionador de oficio debido a que no encuentra supuestos de infracción en materia de publicidad. Ante lo ocurrido, el Sr. Jorge Linares decide interponer demanda de amparo contra la empresa Gloria e INDECOPI pues se estaría vulnerando derechos fundamentales como el derecho a la no discriminación y el derecho a la igualdad. Asimismo, porque la publicidad emitida es engañosa al mencionar que el solo consumo de la leche hace crecer y la actitud impasible de INDECOPI ante la circulación de los comerciales con contenido discriminatorio.
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    Informe jurídico sobre resolución Nº 2272-2018/SPC-INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-25) Silvestre Bermúdez, Julia Katty; Rejanovinschi Talledo, Moisés
    Este informe tiene como objetivo identificar y criticar las presuntas infracciones por parte de las entidades bancarias en torno a denuncias por operaciones no reconocidas. Esto a raíz del cambio de cambio de criterio desarrollado a partir de la Resolución N° 2063-2018/SPC-INDECOPI donde La Sala realiza un cambio de criterio respecto a la tipificación de las conductas en torno a operaciones inusuales. Este trabajo encuentra su justificación en el impacto que genera la falta de adopción de medidas de seguridad por parte de las entidades bancarias en perjuicio de los consumidores de productos de tarjetas de crédito y debido del sector financiero, el cual es un producto común hoy en día en nuestra sociedad para facilitar las transacciones comerciales y cumplimiento de obligaciones, como por ejemplo cobrar las remuneraciones producto de nuestro trabajo. Así, este informe enfoca los problemas jurídicos relacionados a imputación de cargos de operaciones no reconocidas y desarrollo de los mismos, análisis de cada una de las medidas de seguridad a la que están obligadas las entidades del sistema financiero y acreditación de presunta clonación de tarjetas de crédito o débito. Finalmente, el informe principalmente concluye las siguientes posiciones: (i) la infracción al deber de idoneidad por falta de adopción de medidas de seguridad debe abarcar el análisis conjunto del deber de alertar y monitoreo de operaciones inusuales, por un lado, y la acreditación de validez de operaciones controvertidas, por otro lado, a fin de determinar la sanción que corresponde; y (ii) el deber de alerta y monitoreo de operaciones inusuales se debe realizar en el momento de la realización de la presunta operación sospechosa, a fin de evitar que la misma se concrete en perjuicio del consumidor.
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    Informe sobre Resolución N° 199-2013/SPC-INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-19) Robles Tinoco, Ana Paula; Rejanovinschi Talledo, Moisés
    El presente informe jurídico tiene como objetivo analizar la Resolución N° 199- 2013/SPC-INDECOPI (en adelante, la “Resolución”), emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI (en adelante, la “Sala”), mediante la cual se declaró infundado el recurso de revisión interpuesto por la empresa Paratel S.A.C contra la Resolución N° 507-2012/ILN-CPC por: (i) la presunta aplicación indebida del artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, “Código de Consumo”), (ii) la presunta inaplicación del artículo 20° del Código de Consumo y (iii) la presunta inaplicación del precedente de observancia obligatoria aprobado mediante Resolución N°85-96-TDC. En ese sentido, mediante el presente informe se busca determinar si existió una infracción al deber de idoneidad, ello mediante el análisis normativo y jurisprudencial de dicho concepto. Asimismo, se analiza el derecho de reposición, reconocido en el Código de Consumo, como parte de la garantía legal y si el mismo ha sido desplazado mediante la garantía expresa otorgada por el proveedor en el presente caso. Finalmente, en relación a la inaplicabilidad del precedente de observancia obligatoria aprobado mediante la Resolución N°85-96- TDC, se busca determinar si el mismo ha quedado sin efecto como consecuencia de la derogación expresa de la Ley de Protección al Consumidor.