Facultad de Derecho

Permanent URI for this communityhttp://98.81.228.127/handle/20.500.12404/709

Browse

Search Results

Now showing 1 - 4 of 4
  • Thumbnail Image
    Item
    Informe jurídico sobre la Resolución N° 04097-2021-TCE-S3
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-11) Cabanillas Pajuelo, Edgar Humberto; Deza Sandoval, Tommy Ricker
    El presente informe jurídico de la Resolución N° 04097-2021-TCE-S3, emitida por el Tribunal de Contrataciones del Estado, conlleva un análisis del procedimiento administrativo sancionador desde su fase previa a cargo de la Autoridad Administrativa, lo cual resaltará la importancia de una adecuada investigación preliminar y los beneficios que brindaría antes de dar el siguiente paso al inicio del procedimiento administrativo sancionador. Así mismo, desde el estudio y confrontación de normas razonaremos la aplicación adecuada de los principios administrativos y procesales, mismos que deberán tener presencia en la debida conducción de las etapas del procedimiento administrativo sancionador, tales como el debido proceso, derecho de prueba, presunción de veracidad y presunción de licitud, también llamado principio de presunción de inocencia, así como la insuficiencia probatoria o duda razonable, también conocida como “indubio pro reo”. Finalmente, realizaremos un análisis comparado con una resolución administrativa llevada a cabo por el Tribunal de Contrataciones del Estado que nos permita complementar el estudio y llegar a determinar la importancia de i) las actuaciones previas al inicio del procedimiento administrativo, ii) contar con un estándar mínimo de probanza para el inicio de procedimientos administrativos sancionadores y iii) desarrollar las actuaciones administrativas en función a un debido proceso que garantice la ejecución de los principios administrativos y procesales en el ámbito general y especial.
  • Thumbnail Image
    Item
    Informe sobre la Resolución N.° 0534-2019/SPC-INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-11) Sare Isla, Susana Carolina; Deza Sandoval, Tommy Ricker
    El presente informe analiza la resolución N.° 0534-2019/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada de Protección al Consumidor, en la cual se determina que la Discoteca Chira’s ha infringido el mandato de no discriminación en el consumo al haberle impedido el ingreso a la señorita Torres y acompañantes sin que medie causa justificada y razonable. En esa misma línea, tiene como objeto promover una reflexión sobre los casos de discriminación en el consumo por identidad de género. Si bien en los artículos 38° y 39° del Código de Protección al Consumidor se tipifica centralmente los componentes del acto discriminatorio y cómo se ejecuta la carga probatoria en este tipo de casos, no resulta suficiente para examinar de manera integral el caso que aquí nos reúne. Por ello, además de considerar lo establecido por la Sala respecto de la categoría prohibida de identidad de género y su importancia, desarrollo y aplico la normativa, doctrina y jurisprudencia internacional y nacional para tener un panorama más amplio sobre la inclusión de la identidad de género como motivo prohibido de discriminación y la dificultad probatoria en los casos de discriminación a fin de determinar si el razonamiento y las medidas adoptadas por la Sala han sido imparciales, objetivas y eficaces respecto de la especial protección que amerita el colectivo LGBTIQ+. Finalmente, concluyo de manera central que sí se ha infringido el mandato de no discriminación en el consumo debido a que la Discoteca ha menoscabado el ejercicio de un derecho al efectuar un trato diferenciado, basado en motivos prohibidos de discriminación, y sin que medie una causa objetiva y razonable.
  • Thumbnail Image
    Item
    Informe sobre Resolución N°0086-2019/SDC-INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-10) Casaña Cuevas, Grecia Mishele; Deza Sandoval, Tommy Ricker
    Piense usted en su grupo musical o artista favorito. Digamos que se encuentra caminando por la calle y visualiza un artículo “de colección”, por ejemplo, un edredón o muñecos con la imagen del artista o integrantes del grupo musical elegido, no puede evitar la tentación y lo(s) adquiere a un precio “bastante cómodo”, llega a su casa y lo(s) instala inmediatamente en su dormitorio, ¿ha considerado usted que, en lugar de mostrarle su apoyo, podría estar perjudicándolo? Tener a los Backstreet Boys o a Johnny Depp en el estante podría resultar tentador. Sin embargo, en lugar de brindar su apoyo podría estar favoreciendo una conducta tipificada como una infracción a la “Clausula General” o un acto de “explotación indebida de la reputación ajena artículo 6 y 10 del D. L. N°1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal, respectivamente. En ese sentido, el propósito del presente trabajo se concentra en presentar y analizar ambas infracciones, las dos destinadas a sancionar conductas en las cuales se observe la explotación comercial de la imagen de una persona, conductas que en el derecho norteamericano se relacionan con el denominado “Right of Publicity” y que en el Perú se recogen en el caso Grupo La República Publicaciones S.A. vs Capri International S.A. - Resolución N°0086-2019/SDCINDECOPI, ¿Cuál es su alcance? ¿protege sólo a las personas famosas?, el desarrollo concluirá que el denominado “Right of Publicity” constituye un derecho relacionado al valor patrimonial de la imagen de una persona (famosa o no), cuya infracción, además de constituir un supuesto de competencia desleal, puede llegar a generar responsabilidad civil
  • Thumbnail Image
    Item
    Breves reflexiones sobre la compensación de pérdidas tributarias en las reorganizaciones societarias según la Casación No. 4015-2014-Lima
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-10) Escajadillo Valdez, Franz Eduardo; Deza Sandoval, Tommy Ricker
    A propósito de la modificación del Artículo 106 de la Ley de Impuesto a la Renta mediante la Ley No. 27356, vigente a partir del 01 de enero de 2001, se prohibió la aplicación de la compensación de pérdidas tributarias transferidas a través de las reorganizaciones societarias. En ese contexto, el autor desarrolla y reflexiona respecto a (i) la finalidad de la Ley No. 27356 para prohibir la compensación de pérdidas tributarias transferidas mediante las reorganizaciones societarias, (ii) las limitaciones del legislador para prohibir la aplicación de la compensación de pérdidas tributarias transferidas en las reorganizaciones societarias, y (iii) la aplicación en el tiempo de la Ley No. 27356 sobre reorganizaciones societarias realizadas antes de su entrada en vigencia. Ello, en virtud de lo dispuesto en la Casación No. 4015-2014-Lima