2. Maestría
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Item Los beneficios que ofrece la implementación de un Programa de Compliance de Libre Competencia en las Grandes Empresas Peruanas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-30) Alberca Guzmán, Patricia Marcela; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoDe la mano de un crecimiento económico y de la apuesta por el desarrollo empresarial, es importante para las grandes corporaciones, tener mapeado el hecho de velar por el cumplimiento normativo contextualizado en las leyes de libre competencia, más aún si se ha determinado que este tipo de empresas se encuentran más inmersas en situaciones que podrían incentivar equivocadamente incurrir en prácticas anticompetitivas que traigan nefastas consecuencias legales. Es por ello que la presente investigación desarrolla la importancia de implementar de manera idónea un programa de compliance de libre competencia, que permita a las empresas mapear de manera adecuada los riesgos que implique su negocio, y canalizarlas a través de un oficial de cumplimiento quien en la práctica velará por la aplicación óptima del referido programa que permita materializar los beneficios que ofrece su implementación. Es importante precisar que si bien la introducción del programa de compliance de libre competencia no eliminará en su totalidad los riesgos en los que se pueda encontrar incursa una corporación, lo cierto es que su existencia y aplicación adecuada desde los altos directivos hasta los trabajadores de la última escala remunerativa, se podrán advertir los riesgos mitigados de una manera muy eficiente, además de los beneficios adicionales ex ante y expost que son parte del referido programa.Item El impacto de la regulación peruana de etiquetado frontal de octógonos frente al derecho a la salud, el derecho a la información, la libertad de empresa y libre iniciativa privada(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-27) Marín Barraza, Claudia Elizabeth; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoEn el presente trabajo, analizamos el impacto de la regulación de etiquetado frontal de octógonos en la salud de los consumidores, dados los altos índices de sobrepeso y obesidad que incrementan el riesgo de padecer enfermedades no transmisibles y afectan la calidad de vida de la población. Si bien la regulación parte del presupuesto de que los índices de sobrepeso y obesidad se deben a un alto consumo de nutrientes críticos en un contexto de asimetría informativa que sería superado con el etiquetado frontal de octógonos y otras medidas, nos preguntamos si el impacto de la regulación ha logrado su objetivo, si resulta ser acorde con la libertad de empresa, el derecho a la información de los consumidores y si permite superar la asimetría informativa. Para ello, abordamos las implicancias de dicha regulación con la finalidad de tener clara la problemática que se afronta y el rol del Estado frente a la misma; aplicamos el test de proporcionalidad y análisis de impacto regulatorio para evaluar la constitucionalidad de la medida, su eficacia y eficiencia; así como planteamos otras medidas de promoción de alimentación saludable para la atención de la problemática.Item La validez de requerimiento legal de control ex ante para las ordenanzas municipales que determinan sanciones pecuniarias para cautelar la observancia al principio de razonabilidad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-30) Ambía Camargo, Francisco David; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoLa presente investigación sostiene como hipótesis que resulta válido establecer un control ex-ante a las ordenanzas municipales que determinen sanciones pecuniarias, a efectos de cautelar la observancia al principio de razonabilidad. Esta medida responde a que, si dichas sanciones no se encuentran debidamente sustentadas en ese marco normativo interno, los efectos de su aplicación podrían resultar ilegales e inconstitucionales, al permitir alcanzar sumas manifiestamente desproporcionadas, vulnerando así derechos fundamentales del administrado. Cuando nuestra hipótesis utiliza el término de validez, es en el sentido de demostrar que se justifica o resulta necesario establecer ese control ex ante; así como que, resulta técnica y jurídicamente viable; esto es sin vulnerar la autonomía municipal. Como metodología se utiliza la argumentación jurídica constitucional, el análisis normativo, el estudio de casos; entre otros, para evidenciar que el marco normativo general al cual las municipalidades se encuentran sujetas resulta insuficientemente desarrollado, dejando gran parte de la regulación a su normativa interna, lo que permite ampliar los ámbitos de su discrecionalidad, lo que deviene en incumplimientos, contradicciones y/u omisiones a la norma general. Esto mismo sucede cuando se regula en su facultad sancionadora; lo que permite por parte de los operadores municipales, escasa rigurosidad en el sustento técnico para establecer los valores determinados como sanción en su normativa e imposibilita la aplicación efectiva de criterios de gradualidad previstos en la ley, lo que no coadyuva en garantizar la obtención de sanciones justas. Es con ese objetivo que, en el presente trabajo se desarrollan alternativas de propuesta regulatoria.Item La validez de requerimiento legal de control ex ante para las ordenanzas municipales que determinan sanciones pecuniarias para cautelar la observancia al principio de razonabilidad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-20) Ambía Camargo, Francisco David; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoLa presente investigación sostiene como hipótesis que resulta válido establecer un control ex-ante a las ordenanzas municipales que determinen sanciones pecuniarias, a efectos de cautelar la observancia al principio de razonabilidad. Esta medida responde a que, si dichas sanciones no se encuentran debidamente sustentadas en ese marco normativo interno, los efectos de su aplicación podrían resultar ilegales e inconstitucionales, al permitir alcanzar sumas manifiestamente desproporcionadas, vulnerando así derechos fundamentales del administrado. Cuando nuestra hipótesis utiliza el término de validez, es en el sentido de demostrar que se justifica o resulta necesario establecer ese control ex ante; así como que, resulta técnica y jurídicamente viable; esto es sin vulnerar la autonomía municipal. Como metodología se utiliza la argumentación jurídica constitucional, el análisis normativo, el estudio de casos; entre otros, para evidenciar que el marco normativo general al cual las municipalidades se encuentran sujetas resulta insuficientemente desarrollado, dejando gran parte de la regulación a su normativa interna, lo que permite ampliar los ámbitos de su discrecionalidad, lo que deviene en incumplimientos, contradicciones y/u omisiones a la norma general. Esto mismo sucede cuando se regula en su facultad sancionadora; lo que permite por parte de los operadores municipales, escasa rigurosidad en el sustento técnico para establecer los valores determinados como sanción en su normativa e imposibilita la aplicación efectiva de criterios de gradualidad previstos en la ley, lo que no coadyuva en garantizar la obtención de sanciones justas. Es con ese objetivo que, en el presente trabajo se desarrollan alternativas de propuesta regulatoria.Item Las modificaciones contractuales en los contratos de Asociaciones Público Privadas. Un enfoque centrado en los contratos de concesión y su relación con el interés público y cumplimiento de su finalidad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-05) Zúniga Moscoso, Katheryne Cleofé; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoLa ejecución de proyectos de inversión con la participación del sector privado siempre ha denotado un aspecto importante en el desarrollo social, económico y cultural de un país, en este caso una de las contrataciones dentro del rubro de los proyectos de inversión que ha ido tomando protagonismo son las concesiones en las Asociaciones Público Privadas, las mismas que han pasado por una evolución normativa con el objetivo de adecuarse a nuevas circunstancias y situaciones. Sin embargo, su desarrollo ha sido cuestionado debido a circunstancias que han concluido incluso en situaciones mediáticas, las mismas que han llevado a cuestionar si las concesiones son herramientas idóneas para ejecutar proyectos de gran envergadura, puesto que dichas concesiones cuentan con contratos susceptibles de variaciones, esto último como consecuencia de diversas circunstancias: cambios en el gobierno, mejoras en el contrato, nuevos eventos, así como la posibilidad de que los gestores de dichos contratos pretendan salvaguardar intereses particulares, lo que nos lleva cuestionarnos si las adendas en los contratos de concesión son una herramienta idónea para cumplir con la finalidad del contrato o simplemente se ha convertido en una figura que ha venido siendo empleada trayendo como resultado el mal uso de los recursos. La doctrina especializada ha desarrollado de forma amplia dicha interrogante y a partir del presente trabajo de investigación podremos evidenciar parte del problema y plantear posibles soluciones ante situaciones y circunstancias que se han venido desarrollando durante diversos proyectos APP.Item Programas de cumplimiento en el sector pesquero industrial y su relación con el administrativo sancionador(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-22) Corzo Quinteros, Yasmin Vanessa; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoEl presente trabajo de investigación tiene como objetivo, plantear la necesidad de establecer un programa de cumplimiento en el sector pesquero extractivo industrial, que dote a los administrados de las herramientas para fortalecer el cumplimiento normativo al interior de sus compañías y provea al ente rector en materia sancionadora pesquera de las herramientas legales para evaluar adecuadamente el procedimiento administrativo sancionador. Para ello, se analiza doctrina y pronunciamientos de los órganos administrativos sancionadores en materia pesquera y los argumentos de defensa de los administrados, pasando además por un riguroso análisis de la aplicación del principio de culpabilidad, considerando los factores exógenos que aplican a esta actividad, como son el clima, salinidad del mar, corrientes marinas, otros. Estudiaremos así, el actuar preventivo de los administrados en esta actividad económica atípica y si éste, además de otras actuaciones diligentes, podrían conformar un programa de cumplimiento pesquero que conlleve a un tratamiento especial de la responsabilidad, ya sea la exoneración o la atenuación, conforme lo prevé la Ley de Procedimiento Administrativo General, arriesgándonos a afirmar entonces que un programa de cumplimiento en el sector extractivo pesquero industrial debidamente implementado podría variar el resultado del procedimiento administrativo sancionador, concluyéndose así que sería retador pero beneficioso para todos los actores de este rubro, regular programas de cumplimiento voluntarios.Item La paralización de la ejecución de obras públicas y la inocencia del arbitraje, en el Gobierno Regional de Huánuco, período 2019 - 2022(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-13) Mandujano Rubin, José Luis; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoLa presente investigación trata sobre el estudio de la posibilidad de clasificar el inicio del proceso arbitral como una causal o factor de paralización de la ejecución de una obra pública; para ello, hemos contextualizado la investigación en el Gobierno Regional de Huánuco. Es evidente que en determinados casos en los que el inicio de un proceso arbitral ha sido usada como una justificación causalista para arribar a la conclusión de que la ejecución de la obra se encuentra paralizada por causa culpa imputable al desarrollo del proceso arbitral, o dicho en otras palabras, la única justificación para que no se continúe con la ejecución de esta es simplemente el inicio del proceso arbitral y sus demás actuaciones arbitrales hasta el momento de que llegue a resolver la controversia en sede arbitral; debido a ello, fue necesario que en la presente investigación planteemos la posibilidad de identificar la regulación de esta figura en la Ley o en Reglamento de Contrataciones del Estado. Partiendo de ello, se propuso indagar mediante la interpretación teórica, el estado del arte y los instrumentos cualitativos de recolección de datos sobre la posibilidad de que el arbitraje sea una causal previa o una causal durante la ejecución del contrato para la paralización del mismo; sumado a ello, así también, se indagó sobre la posibilidad considerativa de tres árbitros de derecho y de dos administradores de obra de la Región de Huánuco, si comparten el criterio desarrollado por la Contraloría de la República. Por dicho motivo, con la finalidad de preservar los objetivos y metas que se tiene para un contrato público, resulta inviable que la ejecución continúe hasta que se resuelva las falencias detectadas dentro de la etapa de ejecución de obras; asimismo, la norma señala la manera de resolver dichas falencias a través del Arbitraje, por ende, su aplicación no puede ser entendida como un factor que paralice la ejecución de la obra, ya que, por actuaciones de los elementos que intervienen desde la planificación hasta la suscripción del contrato.Item El arbitraje como mecanismo de solución de controversias para los compromisos adoptados en el marco del procedimiento de control de concentraciones en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-23) Quintanilla Gutierrez, Alejandra Sofia; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoCuando la autoridad de competencia peruana realiza la revisión de una operación económica a partir del régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial, tiene la posibilidad de aprobarla estableciendo condiciones, o aceptando los compromisos de las partes involucradas en la operación. Ambas, los compromisos y las condiciones se van a materializar como obligaciones en cabeza de los agentes económicos involucrados en la operación económica con el objetivo de evitar o mitigar posibles efectos negativos a la competencia que pudieran derivarse de la operación de concentración empresarial. Dichas obligaciones pueden ser incumplidas por los agentes económicos, en cuyo caso, la autoridad de competencia puede sancionar administrativamente a las empresas de la operación de concentración. Pero ¿qué ocurre si el incumplimiento de las condiciones genera daños en los competidores? ¿la única forma de conseguir tutela indemnizatoria es la vía judicial? La propuesta del presente trabajo es la posibilidad de otorgarle una adecuada tutela a los competidores a partir de un mecanismo de resolución de disputas como el arbitraje. Cada una de las obligaciones puede ser fiscalizada y, ante su incumplimiento, puede ser llevada por uno de los competidores ante un arbitraje para demandar el incumplimiento de un acuerdo entre privados y solicitar la tutela que considere correspondiente. En ese sentido, es innovadora la propuesta de arbitrar las controversias que surjan ante el incumplimiento de los compromisos por la parte fusionada/estructurada, cuidando que la misma no usurpe un rol que solo le compete a la autoridad de competencia. Y, en efecto, no lo usurpa, en la medida que los compromisos son obligaciones de hacer y no hacer establecidas por las empresas que forman parte de la operación a fin de no vulnerar la competencia del mercado relevante al que pertenecen. Cada una de las obligaciones puede ser fiscalizada por la autoridad de competencia (independientemente de si existe una cláusula arbitral entre los agentes económicos) y, ante su incumplimiento, se puede buscar la tutela indemnizatoria para los competidores afectados ante un arbitraje para demandar el incumplimiento de un acuerdo entre privados y solicitar la tutela que considere correspondiente.Item Análisis de algunos aspectos jurídicos del transporte de hidrocarburos líquidos por ductos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-10) Antúnez de Mayolo Schreier, Milada Genoveva; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoDesde nuestra óptica, existe un área del sector de hidrocarburos subexplotado, debido a un desfase entre la norma de origen y la cambiante realidad. Nos referimos a la utilización de ductos para el transporte de hidrocarburos líquidos a favor de terceros. La norma vigente, Ley Orgánica de Hidrocarburos - Ley N° 26221, data de 1996, el reglamento respectivo de transporte por ductos - D.S. N° 081-2007-EM, del año 2007, exigen la celebración de un contrato de concesión para la prestación de este tipo de transporte a terceros. A la fecha, con casi treinta años desde la ley vigente, y sin pretender dejar de lado las indispensables obligaciones de seguridad en el manejo, mantenimiento y tendido de ductos, no se contempla la posibilidad de una mejora legislativa que permita la aplicación de la voluntad de las partes para el transporte de hidrocarburos líquidos a través de ductos a favor de terceros, sin necesidad de la intervención estatal, como ocurre en otros sectores económicos que también utilizan ductos para el transporte de bienes líquidos, con la misma o mayor peligrosidad que los hidrocarburos. Ante esta situación, planteamos la posibilidad de permitir la prestación de este servicio, sin la intervención de la Dirección General de Hidrocarburos, del OSINERGMIN, ni la celebración de contratos de concesión, en la medida que haya acuerdo entre las empresas privadas. Para ello, nuestro análisis parte desde la perspectiva prescriptiva de política regulatoria, analizando el motivo por el cual se exige un contrato de concesión para el transporte a terceros, y si corresponde aplicar el análisis de calidad regulatoria sobre las normas que exigen la celebración del contrato de concesión para este tipo de servicios, demostrando que en algunos casos las empresas pueden prestar servicios a terceros, sin intervención estatal, como ocurre en otros sectores no regulados.Item Eficiencia del sistema concursal para la recuperación del crédito(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-02) Bautista Bellido, Diana; Tassano Velaochaga, Hebert EduardoLuego de 28 años de la tendencia liquidativa del sistema concursal, es relevante efectuar una evaluación de su objetivo central: la recuperación del crédito. El Perú es un país con pocas empresas formales, de las cuales la mayoría tiene estructuras patrimoniales y financieras concentradas, así como un elevado nivel de apalancamiento. Estas características han contribuido a que los acreedores requieran y defiendan un sistema concursal de orientación “dura” con el deudor para asegurar el retorno del financiamiento otorgado. Respecto a esta premisa, la teoría sugiere que la minimización de los riesgos por incumplimiento conduce al abaratamiento de los créditos, lo que beneficiaría a todas las empresas del mercado. Sin embargo, se ha demostrado que en el Perú no solo no existe relación entre el costo del crédito y la eficiencia del sistema concursal, sino que su “dureza” encarece los costos de los créditos al perjudicar su cobro, por lo que, el sistema ha dejado de ser atractivo incluso para los bancos. En este contexto, este trabajo pretende analizar la relación existente entre la rigidez del diseño normativo de la ineficacia concursal, la cantidad de empresas liquidadas, el nivel de recuperación del crédito y el acceso de los agentes al sistema concursal. Para ello, se analizan los datos del acceso al sistema y las decisiones sobre el destino de todas las empresas concursadas en el periodo 1993-2020. Además, se toma la data de 102 empresas para analizar en qué medida se recuperan los créditos y participan los acreedores en cada orden de preferencia tanto durante el proceso concursal como a través de la evolución de la legislación respectiva: Ley 26116, D. Ley 845 y Ley 27809. Adicionalmente, se realizan propuestas para recobrar el equilibrio y beneficiar tanto a acreedores como deudores. Se concluye que en el Perú los esfuerzos normativos para alcanzar la eficiencia han llevado al sistema a parcializarse exageradamente en favor de los primeros, lo que ha incidido en una elevada tendencia liquidativa y, paradójicamente, en la ineficiencia del sistema para lograr su objetivo.