5. Segunda Especialidad
Permanent URI for this communityhttp://98.81.228.127/handle/20.500.12404/8339
Browse
5 results
Search Results
Item Trazando el camino hacia la claridad: Protección del consumidor financiero en las compensaciones sobre remuneraciones y pensiones(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-08) Lopez Illanes, Claudia Andrea; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEl trabajo aborda la compleja problemática de las compensaciones en el sistema financiero peruano, especialmente en relación con los depósitos de remuneraciones y pensiones. A pesar de estar regidas por eI artículo 132 de Ia Ley GeneraI deI Sistema Financiero y de Seguros, surgen debates sobre cuáIes son Ios alcances de Ia exclusión a la que hace referencia dicha norma. Se destaca la falta de uniformidad en los criterios aplicados por Ias instituciones competentes en sede administrativa y judiciaI, generando incertidumbre en la resolución de casos, siendo que, respecto de la última, se favorece aI consumidor remitiéndose aI artícuIo 1290 deI Código CiviI y aI 648 deI Código ProcesaI CiviI. Frente a la falta de un criterio uniforme al resolver controversias particulares, se analiza la viabilidad de una corrección preventiva por parte de los organismos supervisores. Sin embargo, debido a la falta de positivización del criterio empleado por Ia Corte Suprema respecto a la norma aplicable, se Iimitan los esfuerzos de corrección de la conducta, tanto de forma preventiva como posterior en los casos concretos. Por tal motivo, el presente trabajo analiza la necesidad y viabilidad de modificar eI artícuIo 132 de Ia norma especial, a fin de solucionar Ias problemáticas y estabIecer Iímites en Ias compensaciones sobre Ios fondos de remuneración y pensión. La propuesta busca equilibrar la eficiencia operativa y Ia protección deI consumidor, reconociendo la especial protección legaI de Ia remuneración y Ia pensión en el contexto financiero.Item ¿Cómo vamos con el otorgamiento de las pensiones de invalidez en el sistema privado de pensiones peruano?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Orosco Cano, Ximena; Herrera Toscano, Ricardo ArturoEl presente artículo busca evaluar la situación actual de las pensiones de invalidez en el Sistema Privado de Pensiones Peruano (SPP) y dar respuesta a la problemática de ¿cómo vamos con el otorgamiento de las pensiones de invalidez? A su vez, de esta problemática se desprenden una serie de cuestionamientos internos que involucran el definir la pensión de invalidez, cuáles son los requisitos para la evaluación, calificación y posterior otorgamiento de pensión, qué instrumentos se requieren y quiénes determinan la condición de invalidez; al igual que determinar cuál es el marco de protección del derecho para acceder a una pensión digna. Asimismo, también surgen cuestionamientos respecto a si desde la mirada médica y normativa existe un grupo de enfermedades que son referentes para determinar la invalidez; y con relación a ello y a la identificación de retos del sistema de pensiones se desarrolla cómo la falta de interconexión entre el SPP y el MINSA/EsSalud termina siendo una necesidad para poder determinar una condición de invalidez. En ese sentido, el sistema debería tenerlo mapeado como objetivo con el fin de poder garantizar una mejor calificación de las pensiones de aquellos afiliados que lo requieran. Esta investigación se guía de informes, boletines, artículos académicos y normativa legal en el ámbito nacional e internacional con el objetivo de brindar al lector la realidad de las pensiones de invalidez en el SPP.Item Hacia la uniformización de los criterios de interpretación de las normas en el tiempo en materia de pensiones(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-29) Cunyas Zamora, Yanira Geeta; Ynga Morales, Flor de María LizzettEste trabajo busca establecer si la regla de aplicación inmediata de normas en el tiempo que contempla el artículo 103° de la Constitución Política del Perú, resulta ser suficiente para resolver los problemas de sucesión de normas en materia de pensiones que suscitó y viene suscitando las reformas implementadas en los regímenes pensionarios a cargo del Estado. Para ello se ha analizado la variedad de criterios jurisprudenciales que ha emitido el Tribunal Constitucional, así como los que fueron asumidos por la Corte Suprema de Justicia de la República. Encontrando que ante la urgencia de aplicar de forma inmediata esas reformas se ha recurrido a la regla de retroactividad que nuestro ordenamiento permite exclusivamente en materia penal y cuando ésta es benigna, criterio equívoco que no contempló el tracto sucesivo de las prestaciones que se otorgan con regularidad periódica mensual. Por otro lado, también hemos encontrado que se ha recurrido a la regla de ultraactividad que estuvo permitida en el texto primigenio de la Constitución antes de su reforma en el año 2004, pero que hoy resulta necesaria por razones de justicia cuando se encuentra en riesgo el contenido esencial del derecho a la pensión, postura que encuentra aval en la propia naturaleza de este derecho y que la doctrina apoya.Item La ejecución de las sentencias sobre el pago de las pensiones de jubilación y cesantía: De una configuración plural e insuficiencia hacía un real y efectivo cumplimiento estatal(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Valdez Vásquez, Víctor Pierre; Paitán Martínez, JavierEl derecho a la protección judicial, permite que los participantes de un proceso judicial, puedan mantener la vigencia de los derechos que se reclaman en el ámbito jurisdiccional. Tal es así, que la vigencia implicará eficacia y goce de los derechos en dichos conflictos. El derecho a la ejecución sentencias judiciales, forma parte del derecho a la protección judicial, por el cual se adquiere un rol protagónico y trascendental, porque permitirá la satisfacción y materialización de los derechos declarados por los órganos jurisdiccionales; por lo que, la ejecución requiere ser rápida, sencilla y eficaz. Sin embargo, asumiremos que en dicha etapa los órganos jurisdiccionales vienen aplicando normas de forma plural, vulnerando de forma directa al derecho fundamental de pensión y al principio de sostenibilidad financiera. Pero a su vez, tendremos que los plazos de cumplimiento de sentencias con contenido económico, no se plasman de forma expresa en los códigos procesales constitucionales, generando que los órganos judiciales se remitan sin razón objetiva a otras normas adjetivas, a pesar de que el fenómeno de la supletoriedad, es excepcional. Por ello, nos planteamos la siguiente interrogante, ¿Cómo proteger el derecho a la pensión en la ejecución de las sentencias que ordenan el pago mensual de pensiones de jubilación y de cesantía, más los devengados e intereses legales en el proceso constitucional de amparo, teniendo en consideración de que los órganos jurisdiccionales aplican sin criterio uniforme diversas normas jurídicas adjetivas para un procedimiento sobre el particular?Item Las pensiones de gracia en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-02-26) Ramírez Del Aguila, José Carlos; Lengua Apolaya, César AugustoLas pensiones de gracia en el Perú son prestaciones económicas de carácter asistencial que otorga el Estado, de manera temporal o vitalicia, a aquellas personas que encontrándose en estado de necesidad o de incapacidad, han efectuado una labor de trascendencia nacional en beneficio del país. Se encuentra regulado por la Ley nº 27747 y su reglamento el DS nº 107-2002-PCM. El presente trabajo busca explicar la importancia de la existencia de las Pensiones de Gracia en el Perú, por ser un instrumento de reconocimiento para aquellos peruanos cuya notable labor ha beneficiado de manera trascendental al país. Asimismo, se analiza su naturaleza jurídica demostrándose que no forman parte del derecho a la Seguridad Social, sino a la esfera del asistencialismo social, por no constituir un “derecho subjetivo perfecto”, y por tener un carácter discrecional para su otorgamiento por parte del Estado. Del mismo modo, se explican los alcances de la legislación y las condiciones que se exigen para gozar de dicho beneficio en el país y en la legislación comparada, buscando sistematizar la reglamentación que permita una mejor comprensión de los alcances que la norma ha tenido en el tiempo. Adicionalmente, mediante una recopilación bibliográfica y hemerográfica sobre el tema, se realiza un análisis exegético y doctrinal del ámbito jurídico, efectuándose un diagnóstico sobre los grupos a los cuales les fue otorgado desde inicios del siglo XX hasta nuestros días, efectuándose, de esta manera, una comparación entre las primeras y las últimas pensiones de gracia. Finalmente se proponen y sugieren una serie de disposiciones y proyectos normativos que permitirían un otorgamiento mucho más objetivo y justo para gozar de dicho beneficio, como es la inclusión en la Comisión Calificadora de un representante del Ministerio de Cultura, Ministerio de Trabajo y/o Salud que permitirían identificar mejor la trascendencia nacional en beneficio del país de la labor realizada, evitando que su otorgamiento tenga una connotación política o coyuntural.