5. Segunda Especialidad

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    Reflexiones en torno a la regulación del procedimiento de negociación colectiva del Sector Público en la Ley N° 31188
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-05) Angeles Saenz, Cristina Maria; Paitán Martínez, Javier
    El trabajo de investigación parte de analizar la regulación del procedimiento a la negociación colectiva establecida por la Ley N° 31188, desde el desarrollo normativo y jurisprudencial del derecho constitucional a la negociación colectiva. Asimismo, dicho análisis aterriza en tres ejes del procedimiento negocial, a la luz de su naturaleza y sus principios, así como de los principios presupuestales previstos en la Constitución. Con ello, determinar si la regulación actual corresponde a una intervención estatal legítima y respetuosa del derecho a la negociación colectiva en el sector público.
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    Calificación de los eventos de fuerza mayor en los contratos de concesión eléctrica
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-09) Cacñahuaray Mitma, Ruth Nadhiesda; Sánchez Povis, Lucio Andrés
    Las cláusulas de fuerza mayor - o caso fortuito - son disposiciones que se incorporan en los cuerpos contractuales y permiten a una de las partes suspender o terminar el cumplimiento de sus obligaciones cuando surgen circunstancias ajenas a su control. La institución de la fuerza mayor es propia del Código Civil, por ello, su vinculatoriedad y calificación se sustrae únicamente a las partes que suscriben el contrato. En los contratos administrativos, debido a la ausencia de un cuerpo normativo que los regule en su totalidad, se remite a lo previsto en la normativa civil, no obstante, las cláusulas que la incluyen son de particular relevancia, toda vez que en el objeto contractual de estos subyace un fin público (por ejemplo, actividades consideradas como de servicio público), razón por la cual ingresa a participar un ente ajeno a las partes, esto es, los Organismos Reguladores. Para el caso de la actividad eléctrica la facultad de calificar los eventos de fuerza mayor recae en el Organismo Regulador de la Inversión Privada en Energía y Minería – OSINERGMIN. Este regulador tiene facultades reconocidas legalmente para la calificación de los eventos de fuerza mayor en relación a determinadas actividades del sector, más no así con relación a otras. Adicionalmente, su actuación plasmada en las diversas decisiones, no ha sido uniforme. En esta línea, el presente trabajo tiene por objetivo exponer lo descrito conforme a lo previsto en la normativa sectorial, a efectos de brindar propuestas que permitan superar los problemas advertidos, desarrollando para ello en el informe la siguiente estructura: en el primer capítulo, se desarrollará el escenario de fuerza mayor en los contratos administrativos y el sector energético (electricidad); en el segundo, la calificación de la fuerza mayor que realiza el regulador, los problemas identificados y sus efectos, a fin de brindar propuestas; para así finalmente esbozar las conclusiones con los aspectos centrales.
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    La negociación colectiva centralizada en el empleo público como presupuesto para el cumplimiento del Convenio 151 de la OIT
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-02-13) Oré Saravia, Dante Augusto; Ulloa Millares, Daniel
    En el presente trabajo se realiza un estudio desde la Constitución acerca de cómo viabilizar la negociación colectiva en el marco del empleo público, teniendo en cuenta las restricciones establecidas para este derecho como es el principio de equilibrio presupuestario, el cual es un bien jurídico que goza protección constitucional. En el empleo público, la negociación colectiva tiene una connotación totalmente diferente al ámbito privado, ya que mientras en el primer caso se puede ver afectado intereses particulares, en el segundo está en juego el interés público, por ello es válido que este derecho este sujeto a límites como lo es el principio de equilibrio presupuestario que tiene reconocimiento constitucional. El derecho a la negociación colectiva para los servidores públicos tiene reconocimiento constitucional y a su vez el Estado tiene el deber de fomentarla, así como las formas de solución pacífica de los conflictos laborales. De manera más precisa, el Estado debe adoptar las medidas adecuadas a las condiciones nacionales para fomentar el desarrollo del derecho y poder determinar las condiciones laborales de los servidores públicos (artículo 7° del Convenio 151). Ante las dificultades económicas o presupuestarias de muchas entidades la negociación colectiva bajo el modelo descentralizado se ha tornado poco eficaz ya que las materias que se demandan en una negociación requieren de una disposición presupuestaria por parte de la Entidad. En ese sentido, se debe de apuntar a una estructura centralizada para establecer de manera relativamente rápida una regulación de condiciones de trabajo para sectores productivos concretos, negociada entre pocos sujetos colectivos que se interrelacionan de manera habitual y en consecuencia pueden facilitar los acuerdos. Es así que a través de una estructura centralizada de la negociación colectiva es que se podrá dar cumplimiento al mandato constitucional contenido en el artículo 7° del Convenio 151.
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    Límites presupuestales a la negociación colectiva en el sector público
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-04-10) Camacho Gavidia, Milagros Elizabeth; Campana Zegarra, David José
    El presente trabajo busca analizar el impacto de los límites presupuestales en la negociación colectiva en el sector público. A tales efectos, se estructura en tres partes. La primera de ellas brinda aproximaciones sobre la negociación colectiva y el tratamiento que esta ha recibido en los diferentes ordenamientos jurídicos de Latinoamérica. La segunda brinda luces sobre lo que se entiende desde nuestro ordenamiento jurídico por negociación colectiva y principios presupuestarios, asimismo destaca el vínculo que existe entre ambos bienes jurídicos. Finalmente, en la tercera parte, se analiza en aplicación de las herramientas de análisis jurídico la relación que existe entre la negociación colectiva sobre los principios presupuestarios, no sólo a nivel legal, sino también a la luz de nuestra Constitución Política.
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    Negociación colectiva de los servidores públicos: alcances para una nueva propuesta normativa
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-04-10) Paul Fernández, Diana Carolina; Neves Mujica, Javier
    El derecho a la negociación colectiva es una herramienta valiosa para la mejora de los beneficios laborales con contenido económico y no económico de los trabajadores en general; sin embargo, el desarrollo de dicho derecho en el sector público ha encontrado serias dificultades normativas, principalmente en las leyes de presupuesto que año a año han venido restringiendo su ejercicio en materia remunerativa, línea que también se siguió en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. Ahora, con ocasión de la sentencia del Tribunal Constitucional (en adelante, TC) conocida como “Caso Ley de Presupuesto Público”, en cuyo numeral 2 de su parte resolutiva exhorta al Congreso de la República a aprobar una nueva regulación sobre negociación colectiva para los trabajadores del sector público, es que el presente trabajo pretende establecer, a partir del análisis de legislación comparada y lo señalado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), una propuesta normativa que resulte conforme al deber de fomento por parte del Estado del referido derecho fundamental, de acuerdo a lo señalado en el numeral 2 del artículo 28 de nuestra Constitución Política.