5. Segunda Especialidad

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    ¡Señor Registrador, quiero sanear mi predio! La renuncia al derecho de propiedad predial, a propósito del CIX Pleno del Tribunal Registral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-29) Usco Rutti, Deyvid; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    Desde una perspectiva crítica, en el presente artículo se pretende reflexionar acerca de los alcances y efectos del primer precedente de observancia obligatoria, aprobada en el CIX Pleno del Tribunal Registral, mediante Resolución N° 240-2013-SUNARP/PT, publicada en el diario oficial El Peruano el 13 de setiembre de 2013, el cual dispone que “es inscribible la cancelación de la inscripción del derecho de propiedad sobre todo el predio y su consiguiente desinmatriculación por renuncia de su titular, siempre que ello no afecte derecho de terceros.” Es fundamental reflexionar acerca de la importancia de contar con precedentes de observancia obligatoria acordes al derecho actual, no solo para resolver cuestiones prácticas, sino también para contribuir a la mejora del sistema registral. A criterio del autor, el referido precedente de observancia obligatoria resulta impreciso en su contenido, lo que ocasiona que el sistema registral en el Perú sea incierto e impredecible. El autor sugiere su modificación, resaltando la importancia de que el Tribunal Registral revise nuevamente el criterio admitido en el referido precedente de observancia obligatoria, limitando su aplicación solamente para los casos en los cuales se pretenda el saneamiento del predio a nivel registral por temas de duplicidad de partidas, superposición y rectificación de área.
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    La prohibición de las cláusulas de inalienabilidad en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Vilchez Araujo, Luis Emilio; Espinoza Espinoza, Juan Alejandro
    La presente investigación analiza la normativa relevante sobre las cláusulas de inalienabilidad en el Perú. Ello partiendo de la prohibición a este tipo de cláusulas que se encuentra establecido en el Artículo 882 del Código Civil peruano, identificando en primer lugar la interpretación más adecuada de lo que efectivamente contiene dicho artículo. Procediendo después a concordar el mismo con lo indicado por el Artículo 926 del mismo cuerpo normativo. Posteriormente se observará la doctrina relevante sobre la materia, particularmente desde una perspectiva crítica a lo actualmente normado. Luego, se utilizará este análisis precisamente como punto de partida para comparar la norma peruana con otras alternativas de regulación. Por un lado, las diversas propuestas de modificación al Artículo 882 a lo largo de los años, y por otro la normativa internacional comparada sobre la misma materia a nivel del Sistema Romano Germánico. Ello con la finalidad de exponer los elementos más esenciales en torno a la limitación de la facultad de disposición de la propiedad y finalmente para criticar la idoneidad de la norma prohibitiva del Código Civil. Este análisis nos lleva a la conclusión de la latente necesidad de modificación de la actual legislación peruana, ello en favor de una norma menos prohibitiva y la cual efectivamente tome en consideración los elementos relevantes identificados en las alternativas estudiadas.
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    Afectaciones a los Principios Registrales e incongruencias en el Código Civil a raíz de la Ley N° 30313
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-16) Delgado Marín, Melina Isabella; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    En nuestro país, numerosas personas fueron despojadas de su derecho de propiedad a causa de redes criminales que utilizaron vacíos legales para perpetrar sus actos. Por ello, en el año 2015 se promulgó la Ley N° 30313, la cual buscó combatir el fraude inmobiliario en el Perú al crear la oposición en el procedimiento de inscripción registral en trámite y la cancelación de asientos registrales, ambos casos por suplantación de identidad y falsificación de documentos. Para tales efectos, entre otras disposiciones, se modificaron diversos artículos del Código Civil y del Decreto Legislativo Nº 1049. La finalidad del presente artículo es demostrar que tales modificaciones al Código Civil afectaron nuestro sistema registral, la seguridad jurídica de nuestro ordenamiento y; también se afectaron diversos principios registrales, como lo son el principio de legitimación, el principio de calificación y el principio de Fe pública Registral. Asimismo, determinar cómo estás modificaciones generaron que exista una contradicción entre los artículos 2013° y 2014° del Código Civil. La investigación está fundamentada con resoluciones del Tribunal Registral, Sentencias del Tribunal Constitucional, Jurisprudencia, así como con Doctrina nacional e internacional. Asimismo, se procedió a analizar la regulación que tiene nuestro ordenamiento en el Código Civil y Reglamento General de los Registros Públicos.
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    La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica en los pueblos andinos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-01-09) Carazas Gonzales, Edgar Jano; Capella Vargas, José Luis
    La sostenibilidad en el aprovechamiento de los recursos hídricos se materializa con la participación en el procedimiento administrativo del titular del predio donde yace el recurso hídrico. El objetivo general del trabajo es determinar la necesaria participación del titular del predio en el procedimiento administrativo de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica, de lo cual hemos concluido que es determinante para la eficiencia de la normatividad relaciona al aprovechamiento del recurso hídrico, y así evitar conflictos sociales y judiciales que suspendan paralicen o hagan inviable los proyectos, ello desde la metodología cualitativa, donde hemos analizado la normatividad especial y general, esto es la Ley de recursos hídricos y la ley general de procedimiento administrativo, así como la doctrina nacional y extranjera. La normatividad ambiental en el aprovechamiento de los recursos hídricos debe ser medido como instrumento de resolución de problemas y no desde una medición de cumplimiento como hoy en día se mide la participación del titular del predio en el procedimiento (la no participación) que a nuestro criterio representa una pieza principal, antes durante y después en el desarrollo del proyecto, conjuntamente con las comunidades, esto último reflejado en la participación ciudadana o consulta previa según corresponda.
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    ¿Deberán pagar justos por pecadores? : el tercero de buena fe como límite a la extinción de dominio
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Zare Velásquez, Daniela Isabel Jose; Sánchez Málaga Carrillo, Armando
    La Extinción de Dominio ha surgido como una gran herramienta de política criminal para prevenir y luchar contra la corrupción y la criminalidad organizada, excluyendo del sistema legal todos los activos de procedencia o destinación ilícita, para evitar, precisamente, que estos sean introducidos al comercio nacional. No obstante, siendo este un instituto reciente en el ordenamiento peruano, la norma actual aún no ha sido capaz de abordar adecuadamente los aspectos más importantes, como, por ejemplo, la situación de los terceros de buena fe (problema de interpretación de la norma). Comenzando con que se requiere por Ley que la buena fe esté debidamente acreditada, pero sin explicar qué implica esto, ni qué posibilidad hay de afectaciones a los derechos de los terceros que creen haber actuado bajo un nivel de probidad o debida diligencia. El propósito de este artículo es justamente ello, plantear en principio qué se debe entender como tercero de buena fe, y con ello determinar qué zonas grises se mantienen en la norma peruana actual. De esa forma llegar a propuestas válidas y efectivas para un instituto en ascenso que, aplicándolo bien, conseguiría alcanzar sus propósitos. En ese sentido, recurriendo a la experiencia colombiana, determinar qué es lo que requiere nuestra propia norma de extinción de dominio para que, en el tema de los terceros de buena fe, se tenga muy bien regulados los supuestos y no se deriven situaciones que perjudiquen a inocentes.
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    Los márgenes de la discrecionalidad registral en la calificación de títulos frente a la predictibilidad de los actos registrales
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Rios Guzman, Erika Milagros; Avendaño Arana, Francisco Javier
    La calificación registral es la columna vertebral del procedimiento registral cuya regla principal se encuentra contenida en el artículo 2011 de nuestro Código Civil, el cual señala, entre otros puntos, que “en el acto de la calificación registral, el registrador y el Tribunal Registral propician y facilitan las inscripciones de los títulos ingresados al Registro” (subrayado nuestro), sin embargo, la realidad nos muestra que no hay uniformidad en el enfoque que tienen los registradores en el momento de realizar la calificación de los títulos, lo cual se reduce a una problemática de previsibilidad en los administrados, pues vulnera el Principio de Predictibilidad, aprobado en la central registral (Resolución N° 234-2015-SUNARP/SN que aprueba la Directiva N° 07-2015-SUNARP/SN) al haberse advertido la incidencia de diversos enfoques discordantes de la parte registral, por lo tanto no se cumple con propiciar ni facilitar las inscripciones registrales. La mencionada Directiva N° 07-2015-SUNARP/SN tuvo como objetivo fijar un aspecto normativo que permita la integración de enfoques de los registradores públicos, con el fin de coadyuvar y facilitar las inscripciones como lo señala el artículo 31º del T.U.O del Reglamento General de los Registros Públicos, no obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º los registradores públicos tienen autonomía propia para realizar sus funciones en cuanto a los aspectos de calificar registralmente, y dentro de esa autonomía, en la que deben realizar una calificación integral, ésta es aplicada sobre la base de la interpretación, la cual muchas veces resulta deficiente o inexacta dando origen a observaciones que motivan que los administrados i) intenten subsanar la observación invocando resoluciones emitidas por el Tribunal Registral, que como bien sabemos no constituyen precedentes de observancia obligatoria; ii) interpongan recurso de apelación ante el Tribunal Registral (segunda instancia); o iii) soliciten el desistimiento total del título para volver a ingresarlo buscando que éste sea calificado por otro registrador que pudiera tener un “mejor criterio”, lo que, muchas veces deviene en el resultado esperado por el administrado
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    La expropiación indirecta en el ordenamiento jurídico peruano: un análisis a partir de la revocación
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-13) Lozano Leon, Lubitza; Cairampoma Arroyo, Vicente Alberto
    La expropiación forzosa o directa es una figura jurídica, en la que se restringe el derecho de propiedad; transfiriendo forzosamente la propiedad privada al Estado. No obstante, esta figura no alcanza a numerosas situaciones en las que también se afecta el derecho de propiedad y que tienen un efecto análogo privativo al de la expropiación forzosa. De ahí que, coge eminencia desde el Derecho Internacional de las Inversiones, la expropiación indirecta, la misma que alude a lesiones graves materializadas a través de actos emitidos por el Estado que inciden sustancialmente sobre la propiedad del inversionista. Estas situaciones análogas a la expropiación forzosa someten a un estado de desprotección a los inversionistas que no cuentan con los estándares de protección incluidos en Tratados Internacionales u otros mecanismos de protección como los Contratos Ley o Convenios de Inversión, respecto de aquellas situaciones de expropiación indirecta, provocando que no obtengan resarcimiento alguno por dichas intervenciones nacidas del Estado y materializadas en normas o actos desproporcionados. Así, partiendo de que la expropiación indirecta es una realidad irrefutable, consideramos que no debe optarse por regular expresamente la expropiación indirecta en el Perú, sino que se debe de profundizarse en la importancia de la revocación como figura jurídica de protección a los inversionistas, independientemente si estos son inversionistas extranjeros o nacionales y promover que su regulación sea especifica respecto a la indemnización por revocación. En ese sentido, el presente artículo académico da a conocer al lector un panorama acerca de en qué consiste la revocación como figura institución de derecho administrativo, bajo qué supuestos esta cubre la regulación de expropiación indirecta y ahonda en su relevancia como figura de protección para los inversionistas privados.
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    La resolución por intimación: ¿acto inscribible en el registro de predios?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-12) López Franco, Renzo André; Becerra Sosaya, Marco Antonio
    La resolución por intimación es una institución jurídica regulada en el Código Civil, y por su naturaleza, es acto inscribible en los Registros Públicos. Sin embargo, el ingreso de esta institución resulta ser problemático, al punto de que ha llegado a generar una intensa discusión en la doctrina nacional. En el reglamento de inscripciones del registro de predios, no está contemplada la regulación para el ingreso al registro del acto citado, sin embargo, en el reglamento de inscripciones de derechos mineros, si esta regulado, aunque de manera defectuosa. Desde nuestro punto de vista, la resolución por intimación debe inscribirse, no obstante, la regulación actual no nos parece la más adecuada, puesto que genera incertidumbre respecto al objeto de resolución. En ese sentido, es objetivo del presente trabajo académico realizar un análisis de la institución jurídica -resolución por intimación-, teniendo en cuenta sus aristas normativas y doctrinarias. Para después establecer alguna propuesta para su regulación más eficiente, atendiendo a la naturaleza de la citada institución. Llegando a la conclusión, finalmente, de que la figura de anotación preventiva puede servirnos para el acceso de la institución jurídica objeto del presente artículo en los registros púbicos, de una manera adecuada que favorezca a la exactitud registral
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    La Falta de Predictibilidad en la Calificación Registral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-01) Zamora Brenneisen, Verónica Andrea; Becerra Sosaya, Marco Antonio
    El derecho registral ha evolucionado de sobremanera durante los años desde su creación. En el 2019, la SUNARP ha cumplido 25 años de constante cambio para el beneficio del país, incluyendo dentro de sus procedimientos cada vez más mejoras tecnológicas y procesos simplificados. Sin embargo, aún hay aspectos que resultan bastante importantes por corregir; uno de estos es el proceso de calificación registral. La función calificadora del registro es la columna vertebral de nuestro sistema registral y, por ello, es importante que se convierta en un proceso que resulte predecible para quienes requieren acceder al Registro. El presente trabajo de investigación tiene como principal objetivo conocer con detalle los elementos que impiden que la calificación registral constituya un proceso predecible para todos aquellos que forman parte de éste. En ese sentido, partimos de una crítica al sistema actual, buscando dentro de los dispositivos legales vigentes aquellas disposiciones que tienen la finalidad de generar predictibilidad en los usuarios. Luego de ello, analizaremos la figura de la calificación sustituta en España y de la conveniencia -o no- de introducirla al Sistema Registral Peruano. Finalmente, procederemos a analizar por qué las resoluciones del Tribunal Registral y los Precedentes de Observancia Obligatoria no constituyen herramientas que generan predictibilidad en la calificación, a pesar de que éste es su objetivo.
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    La problemática del ordenamiento territorial en San Juan de Marcona: un análisis a partir del caso Shougang
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-28) González Chang, Sophia Joceline; Cairampoma Arroyo, Vicente Alberto
    El presente trabajo de investigación busca analizar la problemática de la falta de ordenamiento territorial en San Juan de Marcona, a la luz del caso Shougang. La empresa minera Shougang Hierro Perú S.A. tiene concesiones mineras vigentes, en las que ocupa gran parte del territorio urbano de esta ciudad; en virtud de ello, ha surgido una constante disputa entre la minera Shougang por el dominio de los terrenos concedidos, junto con la Municipalidad de San Juan de Marcona, ello debido principalmente a que la Municipalidad está en la búsqueda de un ordenamiento territorial que permita la distribución de los servicios públicos, con el fin de mejorar las condiciones de vida de la población. Por ello, este tema resulta relevante en tanto, la población de esta ciudad necesita realizar el ordenamiento territorial para poder acceder a los servicios básicos y esenciales, y poder contribuir con el crecimiento sostenido de la población de San Juan de Marcona. La finalidad de este trabajo será hacer un análisis del caso y con ello proponer nuevas alternativas de solución en la búsqueda de la mejora de la calidad de vida de la población de Marcona