Derecho (Dr.)
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Item La aplicación del principio de neutralidad estatal en el espacio institucional. A propósito de la discusión legislativa en un Estado constitucional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-06) Tassara Zevallos, Ornella Vanessa; Marciani Burgos, Betzabé XeniaEn la presente tesis abordo el tema de la incidencia del principio liberal de neutralidad estatal en el espacio institucional, en particular, en el escenario de las discusiones legislativas que tienen como objetivo la aprobación de propuestas normativas relacionadas a derechos fundamentales. En tal sentido, me centro en describir e interpretar la moral que subyace al liberalismo político de John Rawls y justificar porqué considero que dicha moral debe fundamentar el desarrollo de la discusión legislativa en un Estado constitucional; pero, también, en explicar la forma cómo debería llevarse a cabo la argumentación en sede parlamentaria, a fin de que las decisiones legislativas adoptadas sean manifestación de una voluntad imparcial y no autointeresada (considero que una argumentación legislativa debe estar marcada por las pretensiones de universalidad y de corrección); así como en explicar qué es lo que se puede argumentar, es decir, al tipo de razones que los parlamentarios pueden invocar para justificar la aprobación o no de una propuesta legislativa referida en su contenido al ejercicio de derechos fundamentales (en mi opinión las razones religiosas están totalmente excluidas). De un tiempo a esta parte, el Congreso peruano ha impedido la discusión de propuestas como el matrimonio igualitario, la despenalización del aborto en el supuesto de violación sexual, la regulación de técnicas de reproducción humana asistida, entre otras, que son de sumo interés para la mayoría ciudadana. En sede de las distintas comisiones técnicas de trabajo, los congresistas apelando a razones religiosas han rechazado iniciativas como las mencionadas y dispuesto su archivo definitivo, no obstante que estas solo buscan la garantía del ejercicio de la auotonomía moral y de la igualdad. Por ello, considero que resulta relevante discusiones académicas como la que propongo en esta tesis, no solo porque precisa cómo debe ser el comportamiento institucional de los funcionarios públicos, sino porque también persigue la efectiva vigencia de los derechos fundamentales en un Estado constitucional como es el nuestro.Item La indeterminación normativa en el derecho tributario peruano a través de sus casos de lagunas y antinomias(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-19) Lara Márquez, Jaime Niltong; Morales Luna, Félix FranciscoContrariamente a las perspectivas tradicionales que elaboran teorías y argumentos para sostener que el Derecho Tributario o bien no tiene lagunas jurídicas o que bien sí las tiene, nosotros hemos optado por una perspectiva distinta, que consiste en comprobar empíricamente mediante el análisis jurisprudencial, que el Tribunal Fiscal y del Tribunal Constitucional resuelven casos que inequívocamente califican como lagunas jurídicas y antinomias, aun cuando no lo digan formalmente e inclusive cuando lo nieguen expresamente, comprobando con ello que en el Derecho Tributario objetivamente existen supuestos de indeterminación normativa. Tradicionalmente se ha sostenido que en el Derecho Tributario no existen lagunas jurídicas, precisamente por ser completo a causa del principio de legalidad, reserva de ley y tipicidad, de los que se deriva una regla general excluyente o principio de cierre, que constituye derecho positivo y conforme al cual, lo no regulado no está fiscalmente gravado. Conforme a ello, cualquier caso relevante o bien tiene una regla específica que lo regula, o no la tiene. En este último caso, sería de aplicación la regla de cierre, que dispone la ausencia de gravamen. La tradicional reconstrucción del Derecho Tributario está elaborada sobre los caracteres del primigenio “Estado Legal de Derecho”, cuyas bases teóricas son las del positivismo teórico, que concebía al derecho como pleno, cerrado, autosuficiente y consistente; por ende, carente de lagunas y de antinomias. Sin embargo, desde poco antes de mediados del Siglo XX el modelo de estado ha evolucionado hacia el “Estado Constitucional de Derecho“ y sus bases teóricas también se han reformulado. Ahora se admite que la Constitución al igual que los principios tienen valor normativo. Hay control de la constitucionalidad de las leyes, lo que quiere decir que el legislador se puede equivocar. El principio de legalidad ha cedido su supremacía al principio de constitucionalidad. Se admite la incorporación de la moral al derecho, entre otros caracteres, conforme a los cuales, no hay objeción para admitir la existencia de lagunas en el Derecho Tributario, toda vez que las reglas son derrotables y los principios en conflicto se aplican por ponderación. Así por ejemplo, en la RTF 1479-10-2013 se da cuenta de un caso en el que se determinó incremento patrimonial no justificado, que constituye renta presunta, pero para el cual el sistema no contenía regla que fijara la alícuota que permita calcular el impuesto. Claramente es un caso de laguna normativa en el que no hay regla que establezca la tasa aplicable. Conforme a la reconstrucción del positivismo teórico, se debió haber resuelto que el supuesto no estaba gravado, en aplicación de la regla de cierre; sin embargo, el Tribunal Fiscal aplicando el principio nadie puede beneficiarse de su propia torpeza, resolvió disponiendo el gravamen y aplicando la escala progresiva acumulativa que está prevista para rentas de cuarta y quinta categoría