Derecho de la Empresa : Regulación de Negocios
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Item Competencia de los organismos reguladores para resolver reclamos sobre servicios no regulados económicamente(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-18) Malca Maurolagoitia, Carlos Anibal; Espinoza Espinoza, Juan AlejandroEl presente trabajo de investigación destinado a la obtención del grado académico de Magíster en DERECHO DE LA EMPRESA CON ESPECIALIDAD EN REGULACIÓN DE NEGOCIOS, tiene como justificación determinar si el ordenamiento jurídico ha estipulado de manera clara si los reclamos de los usuarios finales de servicios brindados en condiciones de competencia por las entidades prestadoras que explotan Servicios Públicos e Infraestructura de Transporte de Uso Público deben ser tramitados ante los organismos reguladores (OSIPTEL, OSINERGMIN, OSITRAN) o el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual (INDECOPI). La investigación parte de la base que la defensa de los usuarios se constituye como una de las principales bases de nuestro régimen constitucional económico, especialmente en los mercados de los servicios públicos, donde existe poder monopólico de las empresas prestadoras. En ese orden de ideas, se ha analizado la teoría económica que justifica la protección de los usuarios dentro de una economía de mercado, así como la teoría de la regulación económica que explica la intervención de los organismos reguladores en los mercados de servicios públicos, la normativa específica en cada uno de los sectores bajo la competencia administrativa de los organismos reguladores, que incluye el estudio de los reglamentos emitidos por cada uno de estos en ejercicio de función normativa, en donde se logra evidenciar la diferente interpretación que ha realizado cada organismo regulador de la función de solución de reclamos establecida en el literal f) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, finalmente, determinando que la solución más eficientes por economías de alcance es la regulada y asumida por el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte Público (OSITRAN), el cual resuelve los reclamos tanto de los mercados bajo su supervisión en los que aplica regulación económica y social.Item Alternativas para la implementación del Libro de Reclamaciones en los establecimientos comerciales abiertos al público sin recurrir al procedimiento administrativo sancionador(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-15) Álvarez Suárez, Phillip; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEl Código de Protección y Defensa del Consumidor introdujo el Libro de Reclamaciones, el cual, es concebido como un instrumento que permite a los consumidores presentar una queja o reclamo en el preciso momento en que recibe un mal servicio o un producto defectuoso, determinando como obligación que todos los proveedores con establecimientos comerciales abiertos al público deben contar con el Libro, ya sea en físico o virtual. El Indecopi, al tener como una de sus funciones la protección de los derechos de los consumidores, realiza acciones de supervisión a nivel nacional orientadas a la verificación de este cumplimiento normativo; inicia procedimientos administrativos sancionadores en aquellos casos donde comprueba que el proveedor no ha implementado esta herramienta; y posteriormente impulsa el procedimiento de ejecución coactiva donde se impuso una multa al proveedor infractor. En estas tres etapas, aproximadamente, pueden transcurrir por lo menos 2 años. En ese sentido, la implementación del Libro de Reclamaciones debe ser lo más eficiente posible a efectos que el Estado no tenga que incurrir en gastos en la tramitación de procedimientos administrativos sancionadores. Motivo por el cual, en el presente trabajo de investigación se evalúan como alternativas que la obligación de la implementación de este instrumento sea incluida como requisito para el otorgamiento de las licencias de funcionamiento, así como también que el Indecopi pueda determinar la responsabilidad objetiva por estas infracciones, de modo que pueda imponer la multa correspondiente en el preciso momento en que detecte su incumplimiento.