Investigación Jurídica
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Item "Insuficiencia de las modalidades especiales del conflicto colectivo jurídico en la legislación procesal laboral peruana"(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-09-26) Ciudad Reynaud, Adolfo Alberto; Blancas Bustamante, CarlosEl problema que motiva esta investigación es la carencia de un conjunto sistemático de modalidades especiales para procesar conflictos colectivos jurídicos cuando se afectan intereses generales de un grupo genérico o categoría de trabajadores. Ello ha implicado la práctica desaparición de las acciones colectivas de la jurisdicción laboral, y la preferencia por las acciones individuales en lugar de una solución concentrada. Para entender bien la naturaleza jurídica del conflicto colectivo se parte de la clasificación de los conflictos laborales, con la ayuda de la doctrina procesal civil y constitucional sobre el proceso colectivo en general, a la vez que se realiza un recuento de la evolución normativa del proceso de conflicto colectivo en nuestro país desde inicios del siglo pasado y su devenir por una etapa de solución administrativa hasta su desactivación a finales de 1991, para luego analizar algunas normas de la Ley Procesal del Trabajo de 1996 que restringieron la legitimación activa de los sindicatos para la defensa de derechos colectivos. El examen de casos seleccionados dan cuenta de afectaciones colectivas que se vienen resolviendo en forma individual con mayores costos para las partes y para la jurisdicción laboral. De otra parte se examina la normativa vigente, la Nueva Ley Procesal del Trabajo de 2010, sin duda de un gran avance respecto de la anterior, pero que consideramos insuficiente pues no ha podido remover todos los obstáculos que han ocasionado una resistencia de la jurisdicción laboral frente a las demandas colectivas. Finalmente, se analizan los fundamentos de las modalidades procesales básicas del conflicto colectivo jurídico y se propone cuál debería ser el objeto del proceso, los tipos de pretensiones admisibles, las características especiales de la demanda y la sentencia, la ejecución colectiva que permite evitar innumerables juicios individuales luego de la emisión de la sentencia, el carácter de cosa juzgada, la legitimación activa de los sujetos procesales y la calificación del procedimiento de urgente y preferente. Además de estas alternativas de política legislativa, se formulan posibles líneas de interpretación jurisprudencial para que en forma inmediata se pueda solucionar el problema de la inadmisibilidad de demandas colectivas por una errónea exigencia generalizada de la lista nominativa de los integrantes del grupo genérico o categoría de trabajadores, además de sus pretensiones individualizadas, lo que resulta innecesario en procesos colectivos.Item La naturaleza procesal del arbitraje(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-07-31) Quiroga León, Aníbal; Blancas Bustamante, CarlosEl arbitraje es una institución fascinante que tiene una raíz común con el proceso judicial: el conflicto. Por ello, aunque la realidad de ambos (arbitraje y proceso judicial) se produce en planos diferentes y respecto de diferentes pretensiones, siempre se proyectan hacia un fin común: dar pacífica solución a las controversias bajo un mismo esquema procesal. Esto demuestra que tienen una misma naturaleza jurídica. Esto es más claro en la actual crisis globalizada de la administración de justicia estatal. Los Alternative Dispute Resolutions (ADR’s), son presentados con un sentido equívoco como formas alternativas de solución de conflictos: una suerte de opción alterna al sistema judicial que ofrece el ordenamiento jurídico. Esto es profundamente errado pues el arbitraje no es propiamente un medio alternativo al sistema judicial para la solución de los conflictos intersubjetivos de una sociedad, sino una forma antecedente para solucionar tales conflictos y parte del abanico de instrumentos que el Derecho Procesal ofrece para ese fin antes de llegar al proceso judicial jurisdiccional. El arbitraje no nació como una alternativa a la facultad jurisdiccional del Estado Moderno de Derecho, sino como un antecedente al mismo. Es, pues, parte de la historia inicial del proceso. Es el embrión de proceso judicial jurisdiccional que ha subsistido — pese a la vigencia del proceso judicial— por muy diversas razones y finalidades, que el propio proceso judicial alienta y estimula. Habiendo sido su antecedente fáctico, hoy es una fórmula procesal artesanal remanente de marcados y propios perfiles en un ámbito específico del Derecho Procesal y su Teoría General. El arbitraje comparte la misma naturaleza jurídica del proceso judicial. Tienen una misma finalidad y repiten, en mayor o menor grado, el mismo método y esquema. Además, ambos se sirven del proceso y su teoría general para lograr su realidad y 4 finalidad. Sus diferencias, basadas en su origen y algunas particularidades, no le restan un ápice de la esencia de una común naturaleza jurídica. Palabras clave: Arbitraje, Proceso Arbitral, Árbitro, Proceso Judicial Jurisdiccional, Naturaleza Jurídica, Arbitramiento, Árbitros, Tribunal Arbitral, Ley General de Arbitraje, Debido Proceso Legal, Método pacífico de solución de controversias, formas alternativas de solución de controversias, Derecho Procesal Civil.