Derecho Administrativo

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    La aplicación supletoria de las normas de derecho privado en la resolución de laudos durante los arbitrajes en los que el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria actúo como Entidad durante el periodo del 2003 al 2019
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-02) Paucar Carbajo, Diana Alexandra; Chocano Davis, Christian César
    El presente artículo aborda la aplicación supletoria de las normas de derecho privado en la resolución de laudos durante los arbitrajes en los que el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria actúo como Entidad durante el periodo del 2003 al 2019. Para ello, la autora realizó una investigación de los mencionados laudos que se obtuvieron de la plataforma del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE. Como resultado, se identificaron cuatro casos en los que la autora considera que la decisión del laudo estuvo fundamentada en argumentos basados en las normas de derecho privado, lo cual no resultaba pertinente legalmente, debido a que pudo haber sido aplicada la normativa de contrataciones del Estado.
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    Los adicionales y reducciones de obra como potestades exorbitantes de la Administración Pública y sus efectos sobre el principio de equilibrio-económico-financiero
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-18) Carhuancho Rodríguez, Sergio Ever; Chocano Davis, Christian César
    En el presente trabajo se analizará una figura bastante frecuente en las contrataciones públicas como son los adicionales y las reducciones de las prestaciones. Estas figuras reflejan las potestades exorbitantes de las administraciones públicas que, por un lado, asegura que se cumpla con la satisfacción del interés público, pero que, por otro lado, en muchos casos puede atentar contra el principio de equilibrio económico financiero de los contratos. En ese caso, estamos ante dos frentes, en el cual no solo se debe preservar el interés general, sino también la satisfacción de los contratistas en los contratos públicos. Por lo tanto, en este trabajo se buscará resolver el principal problema de estas modificaciones unilaterales. El objetivo de este trabajo no solo buscará analizar la importancia de estas figuras legales permitidas, sino se buscará dotar de protección a los contratistas en base a las metodologías establecidas en la LCE y en su reglamento. En el presente trabajo nos referiremos principalmente a las adicionales y reducciones en las obras, vinculando diversa casuística como algunas resoluciones judiciales y laudos arbitrales. Ello con el fin de resaltar la importancia de sus figuras y los problemas que generalmente surgen en contra de los contratistas.
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    Análisis de la figura de declaración de desierto en las licitaciones públicas y concursos públicos y su aplicación en resoluciones del Tribunal de Contrataciones del Estado
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Loayza Quispe, Andrea Belen; Villegas Vega, Paul Nicolás
    El objetivo de la presente investigación es explicar con mayor detalle la declaratoria de desierto de las licitaciones públicas y concursos públicos puesto que, a nivel doctrinario, no existe un estudio que aborde dicho tema con exhaustividad. Para ello, abordaremos las principales diferencias de los procedimientos de selección, todo esto por la indebida aplicación del desierto en una resolución del Tribunal de Contrataciones del Estado. El método de investigación empleado en el desarrollo del presente ensayo es el uso de las diversas fuentes del derecho como la legislación y la doctrina. Asimismo, nos apoyamos en diversas directivas de la Dirección Técnico Normativa del OSCE que ahondan con mayor profundidad en los temas propuestos. Las principales conclusiones fueron que, el único motivo por el cual el procedimiento de una adjudicación simplificada reemplaza a un concurso público y licitación pública es por la prontitud en la cual culmina la contratación, ya que tiene menor cuantía, duración del procedimiento, etapas procedimentales, exigencias y complejidad. Asimismo, en atención a la legislación comparada, una ventaja de nuestra normativa, en lo que se refiere al desierto, es que expresamente se menciona que se deben de corregir aquellas causas que originaron que no se culmine con la contratación; por el contrario, una desventaja es que, a diferencia con las legislaciones de Chile y España, no se contrata con un postor de manera directa luego de una segunda convocatoria desierta.
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    La reestructuración del procedimiento administrativo sancionador en el marco de la normativa de las Contrataciones del Estado: Sobre el reconocimiento de las fases de instrucción y sanción
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Chinchay Yancunta, Juan José; Villegas Vega, Paul Nicolás
    En el presente trabajo se delimita la fundamentación del procedimiento administrativo sancionador a partir de la doctrina, la regulación general nacional y la regulación especial, específicamente de la normativa de las Contrataciones del Estado. A partir de ello, se hace un recuento histórico de la regulación y -sobre todo- la estructuración del procedimiento administrativo sancionador en este régimen de las Contrataciones Públicas, desde el año 1998 hasta la actualidad, observándose que durante un breve período menor a los dos (2) años (desde abril del 2017 hasta enero de 2019) se garantizó un procedimiento bajo las fases diferenciadoras de instrucción y sanción. Sobre la base de lo anterior, el autor llega a la conclusión de que el procedimiento sancionador actualmente regulado en el Reglamento de las Contrataciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo N°344-2018-EF, debe reestructurarse y retomarse a la separación de las fases de instrucción y sanción, a la luz del respeto del debido procedimiento y las garantías mínimas del que gozan los administrados frente al poder punitivo que detenta la Administración Pública, en este régimen: el Tribunal de las Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE.
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    Criterios especiales para la determinación de la Fuerza Mayor en el Sector Eléctrico
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-21) Chavez Chinchihualpa, Rodrigo Javier; Sánchez Povis, Lucio Andrés
    El presente trabajo tiene como objetivo analizar la regulación y aplicación de la fuerza mayor en el derecho administrativo, con especial énfasis en el sector eléctrico. Para ello, se utiliza el método de investigación de tipo dogmático interdisciplinario, centrándose en el estudio de doctrina y jurisprudencia de derecho civil y administrativo. Se realiza un estudio de las principales posiciones teóricas al momento de conceptualizar las instituciones del caso fortuito y la fuerza mayor, así como su regulación en el Código Civil y los criterios especiales que existen en la normativa del sector eléctrico, para su análisis y determinación. Asimismo, se estudia la casuística existente, tanto a nivel de instancias administrativas como jurisdiccionales respecto a controversias que impliquen la configuración de un evento de fuerza mayor relacionado al objeto de estudio. Las principales conclusiones a las que llegamos es que no resulta necesaria una conceptualización particular a nivel de derecho positivo aplicable al ámbito administrativo de la fuerza mayor; a su vez, resulta importante que, en aquellos casos en los que la normativa especial establezca criterios específicos, estos sean debidamente aplicados por los funcionarios administrativos; y por último, que los jueces del contencioso administrativo tienen el deber de observar dichos criterios particulares y diferenciarlos del esquema genérico del derecho civil, en aquellos casos que provengan de dichos sectores
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    Responsabilidad objetiva de las infracciones tipificadas en la Ley de Contrataciones del Estado. Análisis jurisprudencial de la aplicación del principio de culpabilidad en los procedimientos administrativo sancionadores
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-26) Zorrilla Santos, Lizbeth; Villegas Vega, Paul Nicolás
    La Ley de Contrataciones del Estado ha tipificado las infracciones cometidas bajo dicho marco normativo, mayoritariamente, como de tipo objetivo; pese a que la Ley del Procedimiento Administrativo General consideró como regla general la aplicación de la responsabilidad subjetiva, como manifestación del principio de culpabilidad, implicando ello no solo la exigencia de dolo o culpa, sino también el carácter personal de las infracciones. En la prácticca, no obstante, distintas circunstancias desafían dicha disposición, toda vez que diversas resoluciones del Tribunal de Contrataciones del Estado aluden a la “falta de diligencia” del infractor y a otros elementos del tipo objetivo para determinar la imposición de sanción; asimismo, también se evidencian algunos casos en los que no bastaría la responsabilidad objetiva para obtener un resultado justo, lo cual nos invita a repensar la actual aplicación de la responsabilidad objetiva en las infracciones tipificadas en la Ley de Contrataciones del Estado.
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    Calificación de los eventos de fuerza mayor en los contratos de concesión eléctrica
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-09) Cacñahuaray Mitma, Ruth Nadhiesda; Sánchez Povis, Lucio Andrés
    Las cláusulas de fuerza mayor - o caso fortuito - son disposiciones que se incorporan en los cuerpos contractuales y permiten a una de las partes suspender o terminar el cumplimiento de sus obligaciones cuando surgen circunstancias ajenas a su control. La institución de la fuerza mayor es propia del Código Civil, por ello, su vinculatoriedad y calificación se sustrae únicamente a las partes que suscriben el contrato. En los contratos administrativos, debido a la ausencia de un cuerpo normativo que los regule en su totalidad, se remite a lo previsto en la normativa civil, no obstante, las cláusulas que la incluyen son de particular relevancia, toda vez que en el objeto contractual de estos subyace un fin público (por ejemplo, actividades consideradas como de servicio público), razón por la cual ingresa a participar un ente ajeno a las partes, esto es, los Organismos Reguladores. Para el caso de la actividad eléctrica la facultad de calificar los eventos de fuerza mayor recae en el Organismo Regulador de la Inversión Privada en Energía y Minería – OSINERGMIN. Este regulador tiene facultades reconocidas legalmente para la calificación de los eventos de fuerza mayor en relación a determinadas actividades del sector, más no así con relación a otras. Adicionalmente, su actuación plasmada en las diversas decisiones, no ha sido uniforme. En esta línea, el presente trabajo tiene por objetivo exponer lo descrito conforme a lo previsto en la normativa sectorial, a efectos de brindar propuestas que permitan superar los problemas advertidos, desarrollando para ello en el informe la siguiente estructura: en el primer capítulo, se desarrollará el escenario de fuerza mayor en los contratos administrativos y el sector energético (electricidad); en el segundo, la calificación de la fuerza mayor que realiza el regulador, los problemas identificados y sus efectos, a fin de brindar propuestas; para así finalmente esbozar las conclusiones con los aspectos centrales.
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    Los dispute boards: ¿el salvador de las controversias en los contratos de obra?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Pozo Horna, Andrea Elizabeth; Cairampoma Arroyo, Vicente Alberto
    El presente trabajo de investigación busca analizar el nuevo mecanismo de solución de controversias conocido como Dispute Board o Junta de Resolución de Disputas (en adelante, JRD) que ha sido recogido en la actual Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. Se parte de la hipótesis que la JRD nació como un mecanismo de solución de controversias que busca cubrir las desventajas del arbitraje, dado que los que intervienen en la JRD son especialistas que conocen la controversia desde antes de su surgimiento formal, por lo que tienen mayor alcance del problema. Este tema resulta sumamente relevante de investigar en tanto se trata de un nuevo mecanismo en el cual las controversias son resueltas durante la ejecución de la obra, significando así aparentemente una prontitud en la decisión. En esta investigación, se parte del análisis del sector de la construcción y del contrato de obra pública para posteriormente analizar la experiencia de la JRD en el ámbito internacional y de cómo este mecanismo ha sido recogido en el ámbito nacional. Se concluye que pese a todos los beneficios propios de la JRD, éste resulta ser solo un mecanismo pre-arbitral, toda vez que la decisión de la Junta no tiene carácter de cosa juzgada como sí lo tiene el laudo arbitral, por lo que como está diseñada la JRD, se obtendrá una decisión susceptible de ser examinada y revisada en un arbitraje, lo que podría significar un efecto contrario al que se busca con la aplicación de la JRD.
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    El ejercicio del derecho de defensa del contratista de manera previa a la declaración de nulidad de oficio de los contratos públicos celebrados y regidos por la ley de contrataciones del estado y su reglamento, y sus efectos, en aplicación de las normas comunes del texto único ordenado de la ley de procedimiento administrativo general
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Vera Díaz, Adela Yvonne; Zegarra Valdivia, Diego Hernando
    El presente trabajo de investigación busca analizar el ejercicio del derecho de defensa del administrado cuando la Administración, por causas concretas, pretende declarar la nulidad de oficio de un acto, concretamente, de un Contrato Público. Este tema resulta sumamente relevante, debido a que permite asegurar el interés y la seguridad jurídica del contratista, dado que, cuando la Administración le corra traslado del oficio o documento donde se manifieste la intención de declarar la nulidad del acto, este podrá realizar su descargo en el plazo de cinco (5) días, para que, posterior a ello, corresponda el pronunciamiento determinado, debidamente motivado por parte de la Entidad respectiva. En este análisis se trabaja desde el ámbito de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, específicamente en cuanto a los dispuesto en su artículo 211°, y aterrizando a las Contrataciones del Estado y a su normativa especial, así como, además, a lo señalado en nuestra Constitución Política, y legislación comparada. Se concluye que el contratista puede ejercer su derecho de defensa –derecho protegido constitucionalmente-, antes de la declaración que realiza la Entidad respecto a la nulidad de oficio de un contrato público suscrito, en virtud a que dicha nulidad recae sobre la resolución mediante la cual se le adjudica la buena pro, y no a una relación contractual propiamente dicha. Por ello, es posible precisar que el contratista, antes de que la decisión de declarar la nulidad sea firme, puede presentar sus argumentos de defensa a fin de hacer preservar su derecho legítimamente obtenido, asegurar su derecho constitucional a un debido procedimiento, derecho de defensa, y debida motivación de manera antelada.
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    Autoría y responsabilidad de los integrantes del comité de selección por su actuacion
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Verástegui Valderrama, Sergio Ricardo; Zegarra Valdivia, Diego Hernando
    El presente trabajo busca determinar la naturaleza de la responsabilidad conjunta de los integrantes del comité de selección teniendo como parámetro el principio de causalidad. Se parte de la hipótesis que, contrariamente a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, no se trata de un caso de responsabilidad solidaria. Este tema adquiere particular relevancia si se considera que este género de responsabilidad implica la aplicación indiscriminada de la misma sanción, sin indagar el nivel real de participación y las circunstancias particulares de cada uno de los integrantes del comité de selección, los cuales constituyen criterios de razonabilidad exigidos por la Ley del Procedimiento Administrativo General. Para tal propósito se acoge como marco teórico los modelos de responsabilidad conjunta en Derecho Administrativo en su relación con aquellos elaborados por el Derecho Penal, según los planteamientos de Manuel Gómez Tomillo e Íñigo Sanz Rubiales y Claus Roxin. Partiendo de este supuesto, se concluye que la responsabilidad de los integrantes del comité de selección es un caso de coautoría que proviene del concierto de manifestaciones de voluntad de sus integrantes, que implican el quebrantamiento de las obligaciones que, en tal calidad, les corresponden.